Norma Legal Oficial del día 24 de diciembre del año 2009 (24/12/2009)


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TEXTO DE LA PÁGINA 20

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NORMAS LEGALES

El Peruano MORDAZA, jueves 24 de diciembre de 2009

por el Programa Nacional de Apoyo Directo a los Mas Pobres - JUNTOS, adscrito al Pliego 001 Presidencia del Consejo de Ministros, por lo que es necesario autorizar una transferencia de partidas, hasta por la suma de OCHO MILLONES QUINIENTOS MIL Y 00/100 NUEVOS SOLES (S/. 8 500 000,00); De conformidad con el articulo 45° de la Ley Nº 28411 - Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto; DECRETA: Articulo 1º.- Objeto Autorizase una Transferencia de Partidas en el Presupuesto del Sector Publico para el Ano Fiscal 2009, hasta por la suma de OCHO MILLONES QUINIENTOS MIL Y 00/100 NUEVOS SOLES (S/. 8 500 000,00) para ser destinada a financiar las acciones del Programa Nacional de Apoyo Directo a los Mas Pobres ­ JUNTOS, de acuerdo al siguiente detalle: DE LA: SECCION PRIMERA PLIEGO UNIDAD EJECUTORA FUNCION En Nuevos Soles

las correspondientes "Notas para Modificacion Presupuestaria" que se requieran, como consecuencia de lo dispuesto en la presente norma. Articulo 3°.- Limitacion al uso de los recursos La transferencia de recursos a que hace referencia el presente Decreto Supremo no podra ser destinada, bajo responsabilidad, a fines distintos para los cuales son transferidos. Articulo 4°.- Refrendo El presente Decreto Supremo sera refrendado por la Ministra de Economia y Finanzas. Dado en la MORDAZA de Gobierno, en MORDAZA, a los veintitres dias del mes de diciembre del ano dos mil nueve. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA ARAOZ MORDAZA Ministra de Economia y Finanzas 439476-10

: Gobierno Central 009 : Ministerio de Economia y Finanzas 001 : Administracion General 03 : Planeamiento, Gestion y Reserva de Contingencia PROGRAMA FUNCIONAL 008 : Reserva de Contingencia SUBPROGRAMA FUNCIONAL 0014 : Reserva de Contingencia ACTIVIDAD 000010 : Administracion del MORDAZA Presupuestario del Sector Publico FUENTE DE FINANCIAMIENTO 1 : Recursos Ordinarios GASTOS CORRIENTES 2.0 Reserva de Contingencia TOTAL EGRESOS A LA: SECCION PRIMERA PLIEGO 8 500 000,00 ------------------8 500 000,00 ========== En Nuevos Soles

Aprueban modificacion de la operacion de endeudamiento externo con el FIDA
DECRETO SUPREMO N° 306-2009-EF EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA CONSIDERANDO: Que, mediante el Articulo 1º del Decreto Supremo N° 152-2008-EF, se aprobo la operacion de endeudamiento externo entre la Republica del Peru y el Fondo Internacional de Desarrollo MORDAZA ­ FIDA, hasta por DEG 9 300 000,00 (NUEVE MILLONES TRESCIENTOS MIL Y 00/100 DERECHOS ESPECIALES DE GIRO), destinada a financiar el proyecto "Fortalecimiento de los Activos, Mercados y Politicas para el Desarrollo Rural de la MORDAZA Norte"; Que, en el MORDAZA parrafo de dicho Articulo se dispuso que la cancelacion de dicha operacion de endeudamiento externo se efectuara mediante cuotas semestrales, consecutivas y en lo posible iguales, pagaderas el 15 de marzo y el 15 de setiembre de cada ano, venciendo la primera cuota a los sesenta y seis (66) meses de la fecha de entrada en MORDAZA del contrato de prestamo y la MORDAZA cuota el 15 de setiembre de 2025; Que, con fecha 23 de febrero de 2009 se suscribio el respectivo Contrato de Prestamo, segun el cual el prestamo seria cancelado en las condiciones financieras senaladas en el Decreto Supremo Nº 152-2008-EF; Que, posteriormente, el FIDA comunico al Ministerio de Economia y Finanzas que el monto del prestamo seria hasta DEG 9 050 000,00 (NUEVE MILLONES CINCUENTA MIL Y 00/100 DERECHOS ESPECIALES DE GIRO), y que el plazo del reembolso de la citada operacion de endeudamiento externo se computara a partir de la fecha de entrada en MORDAZA del Contrato de Prestamo; Que, en tal sentido, se requiere modificar el Articulo 1º del Decreto Supremo Nº 152-2008-EF, a efectos de modificar el monto y el plazo de reembolso de la citada operacion de endeudamiento externo; Que, de conformidad con lo establecido en el numeral 21.1 del Articulo 21º de la Ley Nº 28563, Ley General del Sistema Nacional de Endeudamiento, y sus modificatorias, las modificaciones de las operaciones de endeudamiento acordadas por el Gobierno Nacional, se aprueban mediante decreto supremo, con el MORDAZA aprobatorio del Consejo de Ministros, refrendado por el Ministro de Economia y Finanzas y por el Ministro del sector correspondiente; Que, sobre el particular han opinado favorablemente la Direccion Nacional del Endeudamiento Publico y la Oficina General de Asesoria Juridica del Ministerio de Economia y Finanzas; De conformidad con lo dispuesto por la Ley N° 29158, Ley Organica del Poder Ejecutivo, y su modificatoria; la Ley N° 28563, y sus modificatorias; y,

: Gobierno Central 001 : Presidencia del Consejo de Ministros UNIDAD EJECUTORA 010 : Programa Nacional de Apoyo Directo a los Mas Pobres JUNTOS FUNCION 23 : Proteccion Social PROGRAMA FUNCIONAL 051 : Asistencia Social SUBPROGRAMA FUNCIONAL 0115 : Proteccion de Poblaciones en Riesgo ACTIVIDAD 057378 : Mejorar la Alimentacion y Nutricion del MORDAZA Mayor a 36 Meses FUENTE DE FINANCIAMIENTO 1 : Recursos Ordinarios GASTOS CORRIENTES 2.5 Otros Gastos TOTAL EGRESOS 8 500 000,00 ------------------8 500 000,00 ===========

Articulo 2°.- Procedimiento para la aprobacion institucional 2.1. El Titular del Pliego habilitado en la presente transferencia de partidas, aprueba mediante Resolucion, la desagregacion de los recursos autorizados en el articulo 1º de la presente MORDAZA, a nivel funcional programatico, dentro de los cinco (5) dias calendario de la vigencia del presente dispositivo legal. MORDAZA de la Resolucion sera remitida dentro de los cinco (5) dias de aprobada a los organismos senalados en el numeral 23.2 del articulo 23º de la Ley Nº 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto. 2.2. La Oficina de Presupuesto o la que haga sus veces en el Pliego involucrado, solicitara a la Direccion Nacional del Presupuesto Publico las codificaciones que se requieran como consecuencia de la incorporacion de nuevos Componentes, Finalidades de Metas y Unidades de Medida. 2.3. La Oficina de Presupuesto del Pliego involucrado instruira a la Oficina correspondiente para que elabore

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