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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, sábado 31 de enero de 2009 389675 Artículo 6°.- Sancionar con cese temporal sin goce de remuneraciones por dos (02) meses al señor Roger Manuel GONZALES GONZALES, Despachador de Aduanas de la Ofi cina de Abastecimiento y Servicios Auxiliares de la Ofi cina General de Administración del Ministerio del Interior, por los fundamentos expresados en la parte considerativa de esta Resolución. Artículo 7°.- Remitir copia autenticada de la presente Resolución Ministerial a la Presidencia del Consejo de Ministros, Ofi cina de Personal del Ministerio del Interior, para su conocimiento y fi nes. Artículo 8°.- Notifi car con la presente Resolución a los involucrados, de conformidad con las normas legales vigentes. Regístrese, comuniíquese y publíquese. REMIGIO HERNANI MELONI Ministro del Interior 308012-2 JUSTICIA Modifican artículo 5º del Reglamento del Consejo de Supervigilancia de Fundaciones DECRETO SUPREMO Nº 002-2009-JUS EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA CONSIDERANDO: Que, el artículo 103º del Código Civil establece que el Consejo de Supervigilancia de Fundaciones es la organización administrativa encargada del control y vigilancia de las fundaciones, añadiendo que su integración y estructura se determinan en la ley de la materia; Que, el artículo 32º del Decreto Ley Nº 25993 - Ley Orgánica del Sector Justicia estableció que la integración y funciones del Consejo de Supervigilancia de Fundaciones - entre otros - será aprobado por Decreto Supremo expedido por el Sector Justicia; Que, con la fi nalidad de optimizar la gestión que realiza el Consejo de Supervigilancia de Fundaciones, es necesario efectuar modifi caciones en las normas que rigen su conformación; De conformidad con lo establecido en el inciso 8) del artículo 118º de la Constitución Política del Perú, en la Ley Nº 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo y el Decreto Ley Nº 25993, Ley Orgánica del Sector Justicia; DECRETA: Artículo 1º.- Modifi cación Modifíquese el artículo 5º del Reglamento del Consejo de Supervigilancia de Fundaciones, aprobado por Decreto Supremo Nº 03-94-JUS, en los siguientes términos: “Artículo 5º.- El Consejo de Supervigilancia de Fundaciones está integrado por: - El Ministro de Justicia o su representante, quien lo presidirá; - Un representante de la Corte Suprema; - Un representante del Fiscal de la Nación; - Un representante del Ministerio de Educación; y, - Un representante del Ministerio de Salud.” Artículo 2º.- Derogación Deróguense las disposiciones que se opongan al presente Decreto Supremo. Artículo 3º.- Refrendo El presente Decreto Supremo será refrendado por la Ministra de Justicia. Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los treinta días del mes de enero del año dos mil nueve. ALAN GARCÍA PÉREZ Presidente Constitucional de la República ROSARIO DEL PILAR FERNÁNDEZ FIGUEROA Ministra de Justicia 308035-3 Acceden a solicitud de traslado pasivo de interna del Establecimiento Penitenciario Santa Mónica, para que cumpla el resto de la condena en un establecimiento penitenciario de España RESOLUCIÓN SUPREMA Nº 024-2009-JUS Lima, 30 de enero de 2009 Visto; el Informe de la Comisión Ofi cial de Extradiciones y Traslado de Condenados Nº 115-2008/COE-TC del 6 de noviembre de 2008, sobre la solicitud de traslado pasivo de la condenada de nacionalidad española SILVIA FLORES GALLEGO; CONSIDERANDO: Que, por Resolución Consultiva de fecha 27 de junio de 2008, la Primera Sala Penal con Reos en Cárcel de la Corte Superior de Justicia de Lima, declaró procedente la solicitud de traslado pasivo para el cumplimiento del resto de la pena impuesta en el Reino de España de la condenada SILVIA FLORES GALLEGO, quien se encuentra cumpliendo sentencia en nuestro país, por la comisión del Delito contra la Salud Pública - Tráfi co Ilícito de Drogas en agravio del Estado (Expediente Nº 252-2008); Que, mediante el Informe Nº 115-2008/COE-TC del 6 de noviembre de 2008, la Comisión Ofi cial de Extradiciones y Traslado de Condenados propone acceder a la solicitud de traslado pasivo de la referida condenada; Estando a lo dispuesto por el inciso 1) del Artículo 514º del Código Procesal Penal, promulgado por el D. Leg. Nº 957, el inciso 5) del artículo 34º del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial aprobado por Decreto Supremo Nº 017-93-JUS, el Tratado entre la República Peruana y el Reino de España sobre Transferencia de Personas Sentenciadas a Penas Privativas de Libertad y Medidas de Seguridad Privativas de Libertad, así como de Menores bajo Tratamiento Especial, celebrado en Lima el 25 de febrero de 1986, aprobado por Resolución Suprema Nº 0546-86-RE de fecha 31 de octubre de 1986 y lo dispuesto en el literal “d” del artículo 28º del Decreto Supremo Nº 016-2006-JUS; En uso de la facultad conferida en el inciso 8) del artículo 118º de la Constitución Política del Perú; y, Con el voto aprobatorio del Consejo de Ministros; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Acceder a la solicitud de traslado pasivo de la condenada SILVIA FLORES GALLEGO, recluida en el Establecimiento Penitenciario Santa Mónica, para que cumpla el resto de la condena impuesta por nuestras autoridades judiciales en un establecimiento penitenciario en el Reino de España; solicitud que fuera declarada procedente por la Primera Sala Penal con Reos en Cárcel de la Corte Superior de Justicia de Lima; y disponer se realicen las diligencias necesarias en coordinación con el Poder Judicial para su entrega al Reino de España. Artículo 2º.- La presente Resolución Suprema será refrendada por los Ministros de Justicia y de Relaciones Exteriores. Regístrese, comuníquese y publíquese. ALAN GARCÍA PÉREZ Presidente Constitucional de la República ROSARIO DEL PILAR FERNÁNDEZ FIGUEROA Ministra de Justicia JOSÉ ANTONIO GARCÍA BELAÚNDE Ministro de Relaciones Exteriores 308035-10