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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, sábado 31 de enero de 2009 389717 PROVINCIAS MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DEL CALLAO Amplían plazos de beneficios por pago adelantado de los arbitrios municipales del Ejercicio 2009 ORDENANZA MUNICIPAL Nº 000002 Callao, 24 de enero de 2009 EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DEL CALLAO: POR CUANTO: El Concejo Municipal Provincial del Callao, en Sesión de fecha 24 de enero de 2009, aprobó la siguiente Ordenanza Municipal; CONSIDERANDO: Que, la Constitución Política del Perú en su artículo 194, establece que los gobiernos locales gozan de autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia; Que, la Constitución Política del Perú en su artículo 194, establece que los gobiernos locales gozan de autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia; Que, la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 27972, en el artículo 9 inciso 9, señala que corresponde al Concejo Municipal crear, modificar, suprimir o exonerar las contribuciones, tasas, arbitrios, licencias y derechos, conforme a ley, y en el artículo 40 señala que mediante ordenanzas se crean, modifican, suprimen o exoneran, los arbitrios, tasas, licencias, derechos y contribuciones, dentro de los límites establecidos por ley; Que, la segunda norma del Título Preliminar del Texto Único Ordenado del Código Tributario aprobado mediante Decreto Supremo Nº 135-99-EF, señala que los arbitrios son tasas que se pagan por la prestación o mantenimiento de un servicio público, y en la cuarta norma establece que los gobiernos locales pueden crear, modificar y suprimir sus contribuciones, arbitrios, derechos y licencias o exonerar de ellas, dentro de su jurisdicción y con los límites que señala la ley, mediante Ordenanza Municipal, y en el artículo 74 señala que los Gobiernos Regionales y los Gobiernos Locales pueden crear, modificar y suprimir contribuciones y tasas, o exonerar de éstas, dentro de su jurisdicción, y con los límites que señala la ley; Que, mediante Ordenanza Municipal Nº 000075 del 22 de diciembre del 2008, publicada en el Diario Oficial El Peruano el 26 de diciembre de 2008, la Municipalidad Provincial del Callao aprobó el Régimen Tributario de los arbitrios municipales en el Cercado del Callao para el ejercicio 2009; y en la Sexta Disposición Final y Transitoria, establece que los beneficios para los contribuyentes que opten por la cancelación total de los arbitrios municipales del ejercicio 2009, indicándose en dicha disposición los plazos y porcentajes de descuento a aplicarse; Que, en la sesión de la fecha se aprobó el Acuerdo de Concejo N° 000006 el mismo que cuenta como antecedentes el Informe Nº 006-2009-MPC-GGATR la Gerencia General de Administración Tributaria y Rentas y el Informe Nº 033-2009-MPC-GGAJC- SGCA, la Gerencia General de Asesoría Jurídica y Conciliación, ambos con opinión favorable a aprobar la presente Ordenanza Municipal que amplía los plazos de los beneficios por pago adelantado de los Arbitrios Municipales del ejercicio 2009; Que, estando a lo expuesto y de conformidad con lo dispuesto en la Ley Orgánica de Municipalidades N° 27972, se aprobó la siguiente: ORDENANZA MUNICIPAL QUE AMPLIA LOS PLAZOS DE LOS BENEFICIOS POR PAGO ADELANTADO DE LOS ARBITRIOS MUNICIPALES DEL EJERCICIO 2009 Artículo 1º.- Modifíquese la Sexta Disposición Final y Transitoria de la Ordenanza Municipal Nº 000075 del 22 de diciembre de 2008, por el siguiente texto: “Sexta.- Benefi cio por pago adelantado. Los contribuyentes que hasta el 14 de febrero de 2009, opten por la cancelación total de los Arbitrios Municipales del ejercicio 2009, tendrán un descuento del 8% (ocho por ciento) sobre el monto de la deuda insoluta de dicho ejercicio. En caso de producirse cancelación total entre el 16 de Febrero de 2009 y el 28 de Febrero de 2009, los contribuyentes obtendrán el 5% (cinco por ciento) de descuento sobre el monto insoluto de dicho año.” POR TANTO: Publíquese y cúmplase. FÉLIX MORENO CABALLERO Alcalde del Callao 308026-1 Aprueban Bases del Concurso “Festival Internacional de la Canción Chucuito Fiesta del Mar” DECRETO DE ALCALDÍA N° 000003 Callao, 24 de enero de 2009 EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DEL CALLAO Visto, el Acuerdo de Concejo N° 000009 del 24 de enero de 2009, el mismo que aprueba la institucionalización del “Festival Internacional de la Canción Chucuito Fiesta del Mar” y la realización del “I Festival Internacional de la Canción Chucuito Fiesta del Mar 2009”; y, CONSIDERANDO: Que, la Constitución Política del Perú, en su artículo 194, señala que los Gobiernos Locales gozan de autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia; Que, la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 27972, en el artículo 82, señala que las municipalidades, en materia de educación, cultura, deportes y recreación tienen como competencias y funciones compartidas con el Gobierno Nacional y Regional las siguientes: inciso 15, fomentar el turismo sostenible y regular los servicios destinados a ese fi n, en cooperación con las entidades competentes, asimismo, inciso 19, señala la de promover actividades culturales diversas; Que, el Acuerdo del visto en el artículo 3 autoriza al señor Alcalde a emitir las normas y dispositivos municipales necesarios para el cumplimiento de lo dispuesto en el Acuerdo, debiéndose aprobar las Bases del Concurso denominado “Festival Internacional de la Canción Chucuito Fiesta del Mar”; Por lo expuesto y estando a lo expuesto con la visación de la Gerencia General de Servicios Sociales y Culturales, Gerencia General de Asesoría Jurídica y Conciliación y en ejercicio de las facultades que confi ere al señor Alcalde el artículo 20 de la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 27972; DECRETA: Artículo 1. Apruébase las Bases del Concurso denominado “Festival Internacional de la Canción Chucuito Fiesta del Mar” cuya primera versión se llevará a cabo el día sábado 7 de marzo de 2009, en Chucuito-Callao-Perú, las mismas que forman parte del presente Decreto y que son publicadas en la dirección electrónica www.municallao@ gob.pe de la Municipalidad Provincial del Callao.