TEXTO PAGINA: 60
NORMAS LEGALES El Peruano Lima, sábado 31 de enero de 2009 389710 y privado, de las sociedades regionales y locales y la cooperación técnica internacional; dichas herramientas de inversión se elaboran y ejecutan en función a Planes de Desarrollo y Programas de Inversiones debidamente concertados, con sujeción a las normas técnicas del Sistema Nacional de Inversión Pública; Que, la Ley Nº 27972 Ley Orgánica de Municipalidades en su Artículo 53º establece que las Municipalidades se rigen por sus Presupuestos Participativos anuales, los cuales se formulan, aprueban y ejecutan en concordancia con los planes de desarrollo concertados de su jurisdicción; Que, con Memorándum Nº 049-2009- GPP-MSS la Gerencia de Planeamiento y Presupuesto que adjunta el Informe Técnico del Proceso de Presupuesto Participativo 2010 de la Municipalidad de Santiago de Surco; Estando a los Informes Nºs. 029 y 70-2009-GAJ -MSS de la Gerencia de Asesoría Jurídica, el Memorando Nº 179-2009-SG-MSS de Secretaria General, el Informe Nº 008-2009-CCLD-MSS de la Secretaria Técnica del Consejo de Coordinación Local Distrital, el Acuerdo Nº 002-2009-CCLD-MSS del Consejo de Coordinación Local Distrital de la Municipalidad de Santiago de Surco, el Memorándum Nº 52-2009-GM-MSS de la Gerencia Municipal. El Memorándum Nº 049-2009-GPP-MSS de la Gerencia de Planeamiento y Presupuesto, que Adjunta el Informe Técnico de Proceso de Presupuesto Participativo 2010 y de conformidad a lo establecido en los artículos 9º, 39º y 40º de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Muni cipalidades, con dispensa del trámite de lectura y aprobación del Acta, el Concejo Municipal aprobó por UNANIMIDAD la siguiente: ORDENANZA QUE DISPONE Y REGLAMENTA EL PROCESO DE PRESUPUESTO PARTICIPATIVO PARA EL AÑO FISCAL 2010 TÍTULO I OBJETIVO Y FINES Artículo 1º.- La presente Ordenanza regula el proceso de formulación del Presupuesto Participativo 2010 del Distrito de Santiago de Surco, así como reglamenta la participación de la Sociedad Civil. Artículo 2º.- La fi nalidad de la presente Ordenanza es la de generar las condiciones para promover un proceso técnico, participativo y concertado con los diferentes actores sociales del distrito, para planifi car identifi car y priorizar los proyectos de inversión pública a incorporarse por la vía participativa al presupuesto institucional del Año Fiscal 2010. Artículo 3º.- Para efectos de la presente norma se entenderá que el proceso de formulación del Presupuesto Participativo para el año fi scal 2010, estará orientado metodológicamente por las normas vigentes de la materia. Artículo 4º.- Para efectos de la aplicación de esta norma, la Gerencia de Planeamiento y Presupuesto es responsable de la conducción y coordinación técnica del proceso, dentro del plazo establecido por las normas de la materia. TÍTULO II CONSIDERACIONES GENERALES Artículo 5º.- El presente Reglamento regula el proceso de formulación del Presupuesto Participativo 2010 (PP2010) del Distrito de Santiago de Surco, el mismo que es promovido en forma concertada por la Municipalidad Distrital, con el propósito de acordar el adecuado uso de los recursos y medios mediante la formulación concertada y priorizada de proyectos de inversión pública . Artículo 6º.- La presente Ordenanza tiene el siguiente Marco legal: Ƈ Constitución Política del Perú Ƈ Ley Nº 27783, Ley de Bases de la Descentralización. Ƈ Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades. Ƈ Ley Nº 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto. Ƈ Ley Nº 28056, Ley Marco del Presupuesto Participativo. Ƈ Ley Nº 27293, Ley del Sistema Nacional de Inversión Pública. Ƈ D.S. 171-2003-EF, Reglamento de la Ley Marco del Presupuesto Participativo. Ƈ Instructivo Nº 002-2008-EF/76.01, Instructivo para el Proceso del Presupuesto Participativo, aprobado mediante la Resolución Directoral Nº 021-2008-EF/76.01. Ƈ Comunicado Nº 026-2008-EF/76.01. Ƈ Ordenanza Nº 154-MSS y sus modifi catorias. Ƈ Ordenanza Nº 184-MSS. Ƈ Ordenanza Nº 245-MSS. Artículo 7º.- El proceso de formulación del PP2010 se llevará a cabo bajo los principios de concertación, participación, transparencia, equidad, inclusión, atención a la población vulnerable y sostenibilidad. Artículo 8º.- El Monto asignado al proceso de Presupuesto Participativo para el Año Fiscal 2010 asciende a la suma de S/. 4’980,000.00, (cuatro millones novecientos ochenta mil y 00/100 nuevos soles). TÍTULO III DE LAS INSTANCIAS DE ORGANIZACIÓN Artículo 9º.- El Alcalde y los miembros del Consejo de Coordinación Local Distrital convocan a participar en el Proceso de Presupuesto Participativo. Artículo 10º.- El Consejo de Coordinación Local Distrital es un órgano de coordinación y concertación de la Municipalidad de Santiago de Surco. Está integrado por el Alcalde, quien lo Preside, pudiendo delegar tal función en el Teniente Alcalde y los Regidores y por los Representantes de las Organizaciones Sociales de Base, Juntas Vecinales y cualquier otra forma de Organización de nivel distrital. Artículo 11º.- El Equipo Técnico Municipal, tiene la misión de brindar soporte técnico, preparación de información, capacitación, desarrollo de talleres participativos, la evaluación técnica y presupuestal de las propuestas y la consolidación de resultados del Presupuesto Participativo 2010. Artículo 12º.- El Equipo Técnico Municipal está integrado por: a) Gerente de Planeamiento y Presupuesto, quien lo preside. b) Gerente de Participación Vecinal. c) Gerente de Desarrollo Urbano. d) Gerente de Obras Públicas. e) Subgerente de Planeamiento y Estadística. f) Subgerente de Presupuesto. g) Un representante de la Sociedad Civil, el cual es elegido al inicio de los Talleres. Asimismo, para efectos de la formulación del Presupuesto Participativo 2010, se convocará a las Gerencias de Seguridad Ciudadana, Servicios a la Ciudad y Medio Ambiente, Imagen Institucional, de Desarrollo Humano y Proyección Social y Gerencia de Educación, las cuales deberán participar en las actividades de este proceso. Artículo 13º.- El Comité de Vigilancia del Presupuesto Participativo 2010 (CV2010), es elegido por los agentes participantes como parte del Taller de Formalización de Acuerdos, será conformado por los agentes participantes que representan a la sociedad civil y debe ser reconocido formalmente por el Concejo Municipal. El Comité de Vigilancia del Presupuesto Participativo 2010 está compuesto por 04 miembros titulares y 02 suplentes. El cargo en este comité es incompatible con la función de representante ante el Consejo de Coordinación Local Distrital (CCLD). El Comité de Vigilancia y Control tendrá vigencia hasta la culminación de los proyectos priorizados y ejecutados correspondientes al ejercicio fi scal para el que fueron elegidos. Su trabajo es ad- honorem, por tanto no recibirán retribución pecuniaria alguna. Artículo 14º.- Son funciones y atribuciones del Comité de Vigilancia y Control del Presupuesto Participativo 2010 las siguientes: a) Vigilar el cumplimiento de los acuerdos del proceso del Presupuesto Participativo en la aprobación y ejecución del Presupuesto Institucional, verifi cando que contengan