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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 01 DE FEBRERO DEL AÑO 2009 (01/02/2009)

CANTIDAD DE PAGINAS: 96

TEXTO PAGINA: 65

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, domingo 1 de febrero de 2009 389787 1200*20-16 Artículo 2º- Notifi car la presente Resolución a todas las partes apersonadas al procedimiento. Artículo 3º- Publicar la presente Resolución en el Diario Ofi cial “El Peruano” por una (01) vez. Con la intervención de los señores miembros de Comisión: Peter Barclay Piazza, Jorge Aguayo Luy y Eduardo Zegarra Méndez. Regístrese, comuníquese y publíquese. PETER BARCLAY PIAZZA Presidente 307802-1 Designan miembro de la Comisión de la Oficina Regional de Piura RESOLUCIÓN DE LA PRESIDENCIA DEL CONSEJO DIRECTIVO DEL INDECOPI N° 009-2009-INDECOPI/COD Lima, 30 de enero de 2009 CONSIDERANDO: Que el señor Víctor Baca Oneto ha presentado renuncia al cargo de miembro de la Comisión de la Ofi cina Regional del INDECOPI de Piura; Que la citada renuncia ha sido aceptada en sesión del Consejo Directivo del INDECOPI de fecha 28 de enero de 2008; Que resulta necesario efectuar la designación del funcionario que ejerza las funciones asignadas por Ley a dicho cargo; De conformidad con lo dispuesto en el inciso h) del párrafo 7.3º del artículo 7º del Decreto Legislativo Nº 1033; RESUELVE: Artículo Primero.- Aceptar la renuncia presentada por el señor Víctor Baca Oneto al cargo de miembro de la Comisión de la Ofi cina Regional del INDECOPI de Piura, dándosele las gracias por los servicios prestados. Artículo Segundo.- Designar al señor Álvaro Zegarra Mulánovich en el cargo de miembro de la Comisión de la Ofi cina Regional de Piura. Regístrese, comuníquese y publíquese. JAIME THORNE LEÓN Presidente del Consejo Directivo 307804-1 INSTITUTO NACIONAL DE ESTADISTICA E INFORMATICA Índice de Precios al Consumidor de Lima Metropolitana correspondiente al mes de enero de 2009 RESOLUCIÓN JEFATURAL Nº 027-2009-INEI Lima, 31 de enero del 2009 CONSIDERANDO: Que, de conformidad con el artículo 10º del Decreto Legislativo Nº 502, el Instituto Nacional de Estadística e Informática publicará en el Diario Ofi cial “El Peruano”, con carácter de Norma Legal, la variación mensual que haya experimentado el Índice de Precios al Consumidor de Lima Metropolitana; Que, asimismo la Primera Disposición Final del Decreto Legislativo Nº 510, expresa que el INEI, deberá publicar mensualmente con carácter de Norma Legal, la Variación Acumulada del Índice de Precios al Consumidor, con respecto al índice del mes de diciembre del año anterior; Que, en el mes de enero del 2002 se realizó la revisión de la metodología y de los procedimientos de cálculo del Índice de Precios al Consumidor de Lima Metropolitana, estableciéndose como período Base: Diciembre 2001=100,00; Que, por consiguiente, es necesario disponer la publicación de la Variación Mensual del Índice de Precios al Consumidor de Lima Metropolitana, correspondiente al mes de enero del 2009 y la Variación Acumulada del Índice de Precios al Consumidor con respecto al mes de diciembre del 2008, así como aprobar la publicación del Boletín Mensual que contiene la información ofi cial de precios al consumidor; En uso de las atribuciones conferidas por el artículo 6º del Decreto Legislativo Nº 604, “Ley de Organización y Funciones del Instituto Nacional de Estadística e Informática”. SE RESUELVE: Artículo 1º.- Aprobar el Índice de Precios al Consumidor de Lima Metropolitana, (Base: Diciembre 2001 = 100,00) correspondiente al mes de enero del 2009, así como su Variación Porcentual Mensual y Acumulada. AÑO 2009 NÚMERO VARIACIÓN PORCENTUAL MES ÍNDICE MENSUAL ACUMULADA ENERO 122,62 0,11 0,11 Artículo 2º.- Aprobar la publicación del Boletín Mensual de Indicadores de Precios de la Economía, correspondiente al mes de enero del 2009, documento que contiene la Información Ofi cial del Índice de Precios al Consumidor. Regístrese y comuníquese. RENÁN QUISPE LLANOS Jefe 308104-1 Índice de Precios Promedio Mensual al Por Mayor a Nivel Nacional correspondiente al mes de enero de 2009 RESOLUCIÓN JEFATURAL Nº 028-2009-INEI Lima, 31 de enero del 2009 CONSIDERANDO: Que, el Instituto Nacional de Estadística e Informática INEI, elabora el Índice de Precios Promedio Mensual al Por Mayor a Nivel Nacional, adoptando como período Base: Año 1994 = 100,00 a partir del mes de enero de 1999; Que, es necesario disponer la publicación de la Variación Mensual y Acumulada del Índice de Precios al Por Mayor a Nivel Nacional del mes de enero del 2009, y del Boletín Mensual de Indicadores de Precios de la Economía, que contiene la información ofi cial del Índice de Precios al Por Mayor; En uso de las atribuciones conferidas por el artículo 6º del Decreto Legislativo Nº 604, “Ley de Organización y Funciones del Instituto Nacional de Estadística e