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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 01 DE FEBRERO DEL AÑO 2009 (01/02/2009)

CANTIDAD DE PAGINAS: 96

TEXTO PAGINA: 93

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, domingo 1 de febrero de 2009 389815 el Capítulo I que antecede, el siguiente Régimen de Incentivos por Pronto Pago: 5.1.- Descuento del 15% (quince por ciento) sobre el monto anual de los Arbitrios Municipales - 2009 a aquellos contribuyentes que cancelaran la totalidad de los cuatro trimestres hasta el último día hábil del mes de marzo del 2009 y tengan la calidad de Contribuyente Sanluisino Puntual – CSP. En caso de que el contribuyente no tuviere tal calidad, el descuento será de un 12% (doce por ciento) del monto anual de los Arbitrios Municipales - 2009. 5.2.- Descuento de 12% (doce por ciento) sobre el monto de las tres primeras cuotas trimestrales de los Arbitrios Municipales - 2009 a aquellos contribuyentes que cancelaran las mismas hasta el último día hábil del mes de marzo del 2009 y tengan la calidad de Contribuyente Sanluisino Puntual – CSP. En caso de que el contribuyente no tuviere tal calidad, el descuento será de un 9% (nueve por ciento) del monto que corresponde a tales cuotas. 5.3.- Descuento de 8% (ocho por ciento) sobre el monto de las dos primeras cuotas trimestrales de los Arbitrios Municipales 2009 a aquellos contribuyentes que cancelaran las mismas hasta el último día hábil del mes de marzo del 2009 y tengan la calidad de Contribuyente Sanluisino Puntual – CSP. En caso de que el contribuyente no tuviere tal calidad, el descuento será de un 6% (seis por ciento) del monto que corresponde a tales cuotas. Para tal efecto, considérese como Contribuyente Sanluisino Puntual – CSP, a aquel contribuyente que al 31 de Diciembre de 2008 no registra con la Municipalidad de San Luis deuda alguna que se encontrara pendiente de pago o en estado fraccionado. DISPOSICIONES FINALES Primera.- El subsidio generado por la aplicación de los benefi cios otorgado en los Artículos 1º, 2º, 3º y 4º de la presente Ordenanza será asumido por esta Municipalidad. Segunda.- La Gerencia de Planifi cación, Presupuesto e Informática deberá efectuar los ajustes presupuéstales e informáticos que correspondan según los alcances de la presente Ordenanza. Tercera.- La Gerencia de Rentas, será la encargada de ejecutar las disposiciones de la presente ordenanza. Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase. FERNANDO DURAND MEJÍA Alcalde 307557-1 MUNICIPALIDAD DE SANTA MARÍA DEL MAR Prorrogan plazo de vencimiento para acogerse al beneficio de fraccionamiento para el pago de deudas tributarias DECRETO DE ALCALDÍA Nº 001-2009-MSMM Santa María del Mar, 21 de enero de 2009 EL ALCALDE DE SANTA MARÍA DEL MAR CONSIDERANDO: Que, mediante Ordenanza Nº 111 se otorgó el benefi cio de fraccionamiento para el pago de deudas tributarias hasta el 31 de enero, facultándose al Alcalde a disponer la postergación del plazo; Que, en vista los resultados obtenidos y considerando que el objetivo es promover el cumplimiento de los contribuyentes mediante el benefi cio de fraccionamiento para el pago de deudas tributarias, es conveniente postergar el plazo de vencimiento dispuesto en el artículo segundo de la Ordenanza Nº 111, por el período de un (1) mes; Estando a las atribuciones conferidas por el artículo 42º y el numeral 6 del artículo 20º de la Ley Orgánica de Municipalidades, Ley Nº 27972; SE DECRETA: Artículo Primero.- PRORRÓGASE hasta el 28 de febrero de 2009, el término del plazo de vencimiento para acogerse al benefi cio de fraccionamiento para el pago de deudas tributarias. Artículo Segundo.- ENCÁRGASE a la Ofi cina de Administración Tributaria y a la Unidad de Informática, el cumplimiento de la presente norma en lo que fuere de su competencia y a la Gerencia Municipal, la difusión y publicación de la misma. Artículo Tercero.- El presente Decreto entrará en vigencia al día siguiente de su publicación en el Diario Ofi cial El Peruano y en el Portal Municipal: www. stamariadelmar.gob.pe. Regístrese, publíquese y cúmplase. ÁNGEL RAÚL ABUGATTAS NAZAL Alcalde 307711-1 MUNICIPALIDAD DE SURQUILLO Aprueban subdivisión de área de terreno ubicado en el distrito RESOLUCIÓN DE GERENCIA N° 063-08-GODU/MDS Surquillo, 1 de agosto del 2008 LA GERENCIA DE OBRAS Y DESARROLLO URBANO DE LA MUNICIPALIDAD DE SURQUILLO Visto, el Expediente N° 102420-07, promovido por Sra. MARIA ANTONIETA MEMENZA NOA, EMMA GREGORIA MEMENZA NOA y OSCAR ROQUE CORYMANIA LUNA; quienes solicitan la SUBDIVISIÓN del Lote Matriz, ubicado con frente a la calle Fibonacci (antes O), Mz. “J”, Lote 6, Urbanización Villa Victoria y El Porvenir, distrito de Surquillo, con el área de 160.00 m2, en dos Sublotes 6A y 6B. CONSIDERANDO: Que, los recurrentes acreditan la propiedad del Lote Matriz inscrito según código PO3194094 del Registro de Propiedad Inmueble de la Oficina Registral de Lima y Callao; planos de Ubicación y Localización (U-01), plano de Subdivisión de lote (P- 01), y memoria descriptiva de la Subdivisión de lote; y demás documentos que obran en autos; cumple con lo exigido por el TUPA; Que, en el Informe N° 010-08/SGCHU/GODU del 1-8-