Empresa en el ranking

NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 01 DE FEBRERO DEL AÑO 2009 (01/02/2009)

CANTIDAD DE PAGINAS: 96

TEXTO PAGINA: 84

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, domingo 1 de febrero de 2009 389806 sentencia judicial en calidad de cosa juzgada que les reconozca el derecho a percibir la bonifi cación establecida en el Decreto de Urgencia Nº 037-94, conforme se demuestra en el detalle en el Anexo Nº 01; así como a ocho (08) servidores de la UGEL Lambayeque que se les determinó los adeudos al 31 DIC. 07, con un exceso total de S/. 183 039,50 según el Anexo Nº 02 que forman parte de la presente resolución; Que, por Resolución Ejecutiva Regional Nº 274-2008- GR.LAMB/PR, de fecha 21 JUL. 2008, se aprobó el monto pendiente de pago al 31 de diciembre de 2007 a favor de los servidores activos o cesantes del Pliego del Gobierno Regional Lambayeque, a quienes el órgano jurisdiccional ha reconocido el derecho a percibir la Bonifi cación a que se refi ere el Decreto de Urgencia Nº 37-94, teniendo en cuenta que los días 21 y 22 de octubre del año en curso, se habría pagado el 22% aproximadamente del monto adeudado; Que, con la Resolución Ejecutiva Regional Nº 321- 2008-GR.LAMB/PR, de fecha 05 SET. 2008 se modifi ca la R.E.R. Nº 274-2008-GR.LAMB/PR, remitida al MEF, con el Ofi cio Nº 620-2008-GR.LAMB/PR, del 05 SET. 2008, la misma que con Ofi cio Nº 118-2008-EF/43.91 de fecha 30 SET 2008, fue devuelta a esta Sede Regional; Que, con Ofi cio Nº 127-2008-EF/43.91 del 16 OCT. 2008, el Ministerio de Economía y Finanzas, hace conocer a la Ofi cina Regional de Control Institucional, que la Unidad Transitoria de Pago efectuará el abono a los benefi ciarios contenidos en la R.E.R. Nº 274-2008-GR.LAMB/PR, la cual fue recepcionada por dicho Ministerio dentro del plazo establecido en el D.S. Nº 058-2008-EF; Que, el numeral 5.2 del Art. 5º del Decreto Supremo Nº 058-2008-EF establece que (...) si se detecta la determinación indebida de la deuda, el Pliego será el responsable de efectuar la recuperación del pago realizado (...); Que, es necesario entonces expedir el acto administrativo resolutivo con el cual se autorice al Procurador Público Regional encargado de los Asuntos Judiciales del Gobierno Regional, ejercer las acciones a que hubiere lugar; En cumplimiento del Artículo 78 de la Ley Orgánica de los Gobiernos Regionales Nº 27867, Decreto Ley Nº 17537 Ley de Representación y Defensa del Estado en Juicio, Artículo 11º del DS. Nº 002-2003-JUS “Reglamento de la Representación y Defensa de los Derechos e Intereses del Estado a nivel del Gobierno Regional” la cual estipula para iniciar cualquier proceso en nombre y representación del Gobierno Regional, el Procurador Público Regional deberá contar con autorización por Resolución Ejecutiva Regional, con acuerdo de los Gerentes Regionales. Similar exigencia se requiere para desistirse, allanarse, conciliar o transigir; Que, por Acuerdo del Directorio de Gerentes del Gobierno Regional, en Sesión realizada el día 03 de noviembre de 2008, se acordó autorizar al Procurador Público Regional, el inicio de las acciones legales correspondientes, a fi n de recuperar los pagos indebidos a setenta y ocho (78) personas que ha detectado la Ofi cina Regional de Control Institucional de esta Sede Regional; Con la visación de la Gerencia Regional de Planeamiento, Presupuesto y Acondicionamiento Territorial, la Gerencia Regional de Infraestructura, la Gerencia Regional de Desarrollo Social, la Gerencia Regional de Desarrollo Económico, la Gerencia Regional de Recursos Naturales y Gestión del Medio Ambiente, la Ofi cina Regional de Asesoría Jurídica y la conformidad de Gerencia General Regional; SE RESUELVE: Artículo Primero.- AUTORÍCESE al Procurador Público Regional encargado de los Asuntos Judiciales del Gobierno Regional Lambayeque, Dr. Feliciano Vásquez Molocho, para que en nombre y representación del Gobierno Regional Lambayeque, ejerza las acciones legales correspondientes, por los pagos indebidos efectuados a setenta y ocho (78) personas, incluidas en la R.E.R.Nº 274-2008-GR.LAMB/PR, de conformidad con los fundamentos expuestos en la parte considerativa de la presente resolución. Artículo Segundo.- REMÍTANSE los antecedentes del caso, a la Procuraduría Pública Regional encargada de los asuntos judiciales del Gobierno Regional Lambayeque, para los fi nes pertinentes; además de publicarse en el Diario Ofi cial El Peruano y Portal Electrónico del Gobierno Regional Lambayeque. Regístrese, comuníquese y publíquese. NERY SALDARRIAGA DE KROLL Presidente Regional (e) 307859-1 Delegan en el funcionario a cargo de la Gerencia General Regional facultades y atribuciones de caracter presupuestal RESOLUCIÓN EJECUTIVA REGIONAL N° 008 -2009-GR.LAMB/PR Chiclayo, 12 de enero de 2009 CONSIDERANDO: Que, el artículo 1º de la Ley 28411, Ley General del Sistema Nacional de presupuesto, establece los principios, así como los procedimientos que regulan el Sistema Nacional de Presupuesto a que se refi ere el artículo 11º de la Ley Nº 28112, Ley Marco de la Administración Financiera del Sector Público, en concordancia con los artículos 77º y 78º de la Constitución Política del Perú; Que, mediante Ley Nº 29289, se aprobó el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2009, estableciendo normas que rigen el proceso presupuestario para los organismos del sector público durante el ejercicio presupuestal 2009; Que, conforme al artículo 7º de la Ley 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto, el titular de la Entidad puede delegar sus funciones en materia presupuestal, siendo en este caso responsable solidario con el delegado; Que, el numeral 2) del artículo 40º de la Ley 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto, prevée que las modifi caciones presupuestarias en el nivel Funcional Programático son aprobadas mediante resolución del Titular, a propuesta de la Ofi cina de Presupuesto o la que haga sus veces en la Entidad, pudiendo el Titular delegar dicha facultad mediante disposición expresa, la misma que debe ser publicada en el Diario Ofi cial El Peruano; Que, el numeral 1) del artículo 6º de la Directiva Nº 015-2007-EF/76.01, establece que el calendario de compromisos y sus ampliaciones, incluyendo sus anexos, es aprobado mediante Resolución del Titular del Pliego o a quien este delegue, a propuesta de la Ofi cina de Presupuesto o la que haga sus veces en el Pliego; Que, con la fi nalidad de facilitar la gestión presupuestal y el cumplimiento de los objetivos y metas institucionales, es necesario delegar en el Gerente General Regional determinadas funciones asignadas al Titular del Pliego en materia presupuestal; Estando a lo propuesto por la Gerencia Regional de Planeamiento, Presupuesto y Acondicionamiento Territorial mediante Informe N° 002-2009-GR.LAMB/ GRPP; con la visación de la Ofi cina Regional de Asesoría Jurídica; y en uso de las atribuciones conferidas por la Ley N° 27867, Ley Orgánica de los Gobiernos Regionales y su modifi catoria, Ley 27902; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Delegar en el funcionario a cargo de la Gerencia General Regional del Pliego 452 Gobierno Regional del Departamento de Lambayeque, para el ejercicio fi scal 2009, las siguientes facultades y atribuciones de carácter presupuestal: 1. Aprobar las modifi caciones Presupuestarias en el