Norma Legal Oficial del día 01 de febrero del año 2009 (01/02/2009)


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TEXTO DE LA PÁGINA 83

El Peruano MORDAZA, MORDAZA 1 de febrero de 2009

NORMAS LEGALES

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DE LA DISTANCIA, para que cumplan con presentar ante la Comision el descargo de acuerdo a lo establecido en el Art. 169 del D.S. Nro. 005-90-PCM. Articulo 7°.- NOTIFICAR la presente Resolucion conforme a Ley, a la Gerencia General Regional del Gobierno Regional MORDAZA, Oficina Regional de Control Institucional y, procesados. Registrese, comuniquese y archivese. NERY MORDAZA DE KROLL Presidente Regional (e) 307874-1

Autorizan a procurador iniciar acciones legales para la recuperacion de area de terreno
RESOLUCION EJECUTIVA REGIONAL Nº 442-2008-GR.LAMB/PR Chiclayo, 3 de diciembre de 2008 VISTO: El Acta de Recepcion y Entrega de fecha junio de 1983, Oficio Nº 016-08-DIE10982CHALV, Oficio Nº 5942008-G.LAMB/PPR, y; CONSIDERANDO: Que, de acuerdo al Acta de Recepcion y Entrega de fecha junio de 1983, la Cooperativa Agraria de Trabajadores San MORDAZA Ltda. Nº 177 -Chacupe ­ Chiclayo, realizo la donacion aproximadamente de 3.8 has, de terreno adicional a favor de la Escuela Fiscal Nº 10982-Chacupe; Que, en la Ficha Nº28596 del Registro de la Propiedad Inmueble, con fecha 22.10.97 se efectuo la Independizacion del inmueble con un area de 5.00 Has, situado en el Predio Chacupe, a favor de don MORDAZA MORDAZA MORDAZA PLASCENCIA y de su esposa MORDAZA MORDAZA QUESQUEN MORDAZA, por haberlo adjudicado la Cooperativa Agraria de Trabajadores San MORDAZA Ltda. Nº 177; Que, segun Partida Registral Nº 11036978 -SUNARP Chiclayo, del 09-09-2005 se rectifico, el area del Predio inscrito en dicha partida de 5.0000 Has a 5.4394 Has., a nombre de los propietarios MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA y QUESQUEN MORDAZA GLADYS; Que, a fin de determinar el area ocupada en forma precaria por el senor MORDAZA MORDAZA Plascencia, la DRE MORDAZA, a traves del Area de Patrimonio y Saneamiento Legal, verifico in situ que existe una area invadida de 1.6 Has, de terreno que pertenece al Estado, Ministerio de Educacion ­ Direccion Regional de Educacion MORDAZA, conforme a lo senalado en el Oficio Nº 034-2007-DRE/OGA/ABAST/PTR, del 04-12-07; a pesar de que dicha area pertenece a la I.E. Nº 10982 quien viene cancelando el pago por declaracion jurada de autovaluo del Area donada de 3.8 Hectareas, en forma puntual; Que, mediante OFICIO Nº 016- DIE10982CHALV, de fecha 08 de MORDAZA de 2008, el senor MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, Director de la I.E. Nº 10892Chacupe Alto, Distrito La MORDAZA, comunica al Procurador Publico Regional, que la citada institucion educativa de propiedad del Ministerio de Educacion, esta usurpada desde hace varios anos por el supuesto propietario senor MORDAZA MORDAZA MORDAZA PLASCENCIA; Que, mediante Oficio Nº 594-2008-G.LAMB/PPR, de fecha 30 de octubre de 2008, el Dr. MORDAZA MORDAZA MORDAZA, Procurador Publico Regional, ha solicitado se MORDAZA el acuerdo del Directorio de Gerentes, a fin de que se le autorice el inicio de las acciones judiciales en defensa de una parte de dicho predio de propiedad del Estado -Ministerio de Educacion; Que, conforme al Acuerdo del Directorio de Gerentes,

de fecha 03 de noviembre de 2008, se aprobo emitir la correspondiente Resolucion Autoritativa a favor del Procurador Publico Regional; Que, en cumplimiento del articulo 78 de la Ley Organica de los Gobiernos Regionales Nº27867, Decreto Ley N°17537 Ley de Representacion y Defensa del Estado en Juicio, Articulo 11º del Decreto Supremo Nº002-2003JUS "Reglamento de la Representacion y Defensa de los Derechos e Intereses del Estado a nivel del Gobierno Regional" la cual estipula para iniciar cualquier MORDAZA en nombre y representacion del Gobierno Regional, el Procurador Publico Regional debera contar con autorizacion por Resolucion Ejecutiva Regional, con acuerdo de los Gerentes Regionales; similar exigencia se requiere para desistirse, allanarse, conciliar o transigir; en consecuencia, es necesario autorizar al Procurador Publico Regional a cargo de los Asuntos Judiciales del Gobierno Regional, Dr. MORDAZA MORDAZA MORDAZA, designado con Resolucion Ejecutiva Regional Nº2622003-GR.LAMB/PR, el inicio de las acciones judiciales correspondientes; Con la visacion de la Gerencia Regional de Planeamiento, Presupuesto y Acondicionamiento Territorial, la Gerencia Regional de Infraestructura, la Gerencia Regional de Desarrollo Social, la Gerencia Regional de Desarrollo Economico, la Gerencia Regional de Recursos Naturales y Gestion del Medio Ambiente, la Oficina Regional de Asesoria Juridica y la conformidad de Gerencia General Regional; y. SE RESUELVE: Articulo Primero.- AUTORIZAR al Procurador Publico Regional a cargo de los Asuntos Judiciales del Gobierno Regional MORDAZA, Dr. MORDAZA MORDAZA MORDAZA, el inicio de las acciones legales, tendientes a la recuperacion del area de terreno de 1.6 Hectareas pertenecientes a la I.E. Nº 10982 ­ Chacupe, ubicado en el Distrito La MORDAZA ­ Chiclayo, por encontrarse ocupado ilegalmente por el senor MORDAZA MORDAZA MORDAZA PLASCENCIA. Articulo Segundo.- REMITIR los antecedentes del caso al indicado Procurador Publico Regional a cargo de los asuntos judiciales del Gobierno Regional MORDAZA, para los fines a que se contrae la presente Resolucion, ademas de publicarse en el Diario Oficial El Peruano y MORDAZA Electronico del Gobierno Regional Lambayeque. Registrese, comuniquese y publiquese. NERY MORDAZA DE KROLL Presidente Regional (e) 307861-1

Autorizan a procurador iniciar acciones legales contra presuntos responsables por pagos indebidos
RESOLUCION EJECUTIVA REGIONAL Nº 447-2008-GR.LAMB/PR Chiclayo, 9 de diciembre de 2008 VISTO: El Oficio Nº 333-2008-GR.LAMB/ORCI, de fecha 24 de octubre de 2008, con Expediente Administrativo Nº 597468, el Oficio Nº 042-2008-GR.LAMB/DIGR, del 04 de noviembre de 2008, y, CONSIDERANDO: Que, mediante Oficio Nº 333-2008-GR.LAMB/ORCI, del 24-10-08 la Oficina Regional de Control Institucional, ha determinado que en la R.E.R. Nº 274-2008-GR.LAMB/PR se incorporaron indebidamente a setenta (70) servidores Activos y Cesantes del Sector Educacion con una deuda total al 31. DIC. 07 de S/. 1 000 812,39 al carecer de una

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