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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 01 DE FEBRERO DEL AÑO 2009 (01/02/2009)

CANTIDAD DE PAGINAS: 96

TEXTO PAGINA: 76

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, domingo 1 de febrero de 2009 389798 Presidente del Consejo Regional 307556-1 Designan integrantes del Comité Electoral a cargo del proceso eleccionario de los representantes de la sociedad civil ante el Consejo de Coordinación Regional para el período 2009 - 2010 ACUERDO DE CONSEJO REGIONAL Nº 011-2009-GR.CAJ-CR Cajamarca, 22 de enero de 2009 El Consejo Regional del Gobierno Regional Cajamarca, en su Sesión Extraordinaria de fecha 21 de enero del año 2009; VISTO Y DEBATIDO el Ofi cio Nº 041-2009-GR.CAJ-PR/GRPPAT-SGPLCTI, remitido por el Presidente del Gobierno Regional Cajamarca, Econ. Jesús Coronel Salirrosas, referente a convocar a elecciones de los representantes de la Sociedad Civil ante el Consejo de Coordinación Regional - CCR del Gobierno Regional de Cajamarca para el período 2009-2010; con el voto unánime del Pleno, dispensa del Dictamen correspondiente, y; CONSIDERANDO: Que, mediante Ordenanza Regional Nº 004-2008- GRCAJ-CR, se aprueba el Reglamento Interno del Consejo Regional del Gobierno Regional Cajamarca, en el artículo 47° in fi ne, referido a los Dictámenes, establece que “se exceptúa de dictamen aquellos Acuerdos de Consejo Regional cuyos efectos son intuito persona (permisos debidamente justifi cados por los Consejeros Regionales de asistir a las Sesiones de Consejo Regional) o que estén referidos a saludos que se realizan a otras instituciones o pedidos que por su propia naturaleza y complejidad no ameriten informes técnicos, quedando a criterio de la Mesa Directiva determinarlo”; Que, mediante Ofi cio Nº 041-2009-GR.CAJ-PR/ GRPPAT-SGPLCTI, de fecha 20 de enero del año 2009, el Presidente del Gobierno Regional Cajamarca, Econ. Jesús Coronel Salirrosas, comunica al Consejero Delegado, Ing. Wilson Flores Castillo, que el actual Consejo de Coordinación Regional culmina sus funciones hasta el 28 de febrero del año en curso por lo que es necesario dar cumplimiento a lo que establece la ley Nº 28013, Ley que modifi ca la Ley Orgánica de los Gobiernos Regionales Nº 27867, que fi ja un plazo para la instalación de los Consejos de Coordinación Regional - CCR, es en mérito a esta norma que solicita al Pleno del Consejo Regional se la conformación del Comité Electoral respectivo, que tendrá a su cargo el proceso eleccionario del CCR para el período 2009 — 2010; Que, la Ley Nº 28013 que modifi ca la Quinta disposición transitoria, complementaria y fi nal de la Ley Orgánica de Gobiernos Regionales Nº 27867 prescribe: “Dentro de los primeros sesenta días naturales del año correspondiente se realizará la elección de los representantes de la Sociedad Civil y la instalación de los Consejos de Coordinación Regional”; Que, con el fi n de dar cumplimiento a lo establecido en la Ley Nº 28013, sobre la elección de los representantes de la Sociedad Civil y la instalación del Consejo de Coordinación Regional, los actuales cesarán en sus funciones antes de cumplidos dos años calendario; Que, el Gobierno Regional de Cajamarca debe tener constituido sus órganos estructurados de acuerdo a Ley. Estando a las atribuciones conferidas por la Ley de Reforma Constitucional Nº 27680; Ley de Bases Descentralizadas Nº 27783; Ley Orgánica de los Gobiernos Regionales Nº 27867, modifi cada por las Leyes Nºs. 27902, 28013, 28961, 28968 y 29053; Reglamento Interno del Consejo del Gobierno Regional de Cajamarca, aprobado por Ordenanza Regional Nº 004-2008-GR.CAJ- CR; el Pleno del Consejo Regional acordó: Primero.- DESIGNAR como integrantes del Comité Electoral, que tendrá a su cargo el proceso eleccionario de los representantes de la Sociedad Civil ante el Consejo de Coordinación Regional del Gobierno Regional de Cajamarca, para el período 2009-2010, a los Consejeros Regionales: - Ing. Wilson Nicolás Flores Castillo PRESIDENTE - Ing. Domitilo Vásquez Suárez SECRETARIO - Sr. José Desiderio Mendoza Zafra VOCAL Segundo.- ENCARGAR al Órgano Ejecutivo del Gobierno Regional Cajamarca disponga las acciones necesarias para dar cumplimiento al presente acuerdo. POR TANTO: Mando se registre, publique y cumpla. WILSON NICÓLAS FLORES CASTILLO Consejero Delegado Presidente del Consejo Regional 307556-2 GOBIERNO REGIONAL DE LAMBAYEQUE Crean el Consejo Regional de Trabajo y Promoción del Empleo del Gobierno Regional de Lambayeque ORDENANZA REGIONAL Nº 031-2008-GR.LAMB./CR Chiclayo, 15 de diciembre de 2008 LA PRESIDENTA (E) DEL GOBIERNO REGIONAL DE LAMBAYEQUE; POR CUANTO: El Consejo Regional del Gobierno Regional de Lambayeque en su Sesión Extraordinaria de fecha 12 de diciembre de 2008, ha aprobado la Ordenanza Regional siguiente: CONSIDERANDO: Que, la Ley Nº 27680, Ley de Reforma Constitucional del Capítulo XIV del Título IV sobre Descentralización en su Artículo 191º, establece que los Gobiernos Regionales tienen autonomía política económica y administrativa en los asuntos de su competencia. Que, la Ley Nº 27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales en su Artículo 10º expresa las competencias exclusivas y compartidas de los Gobiernos Regionales que les asigna la Constitución, y la Ley de Bases de la Descentralización. Que, es competencia compartida la participación ciudadana alentando la concertación entre los interese públicos y privados. Que, el Artículo 48º de la Ley Nº 27867, Ley Orgánica de los Gobiernos Regionales establece las funciones específi cas del Gobierno Regional en materia de trabajo y Promoción del Empleo, pequeña y micro empresa, expresando en su inciso d), lo siguiente: “. Promover el diálogo y la concertación, las organizaciones representativas de los trabajadores, empleadores y sectores de la sociedad vinculados, en materia de trabajo, promoción del empleo, formación profesional y fomento de la micro y pequeña empresa”. Que, mediante la Ley Nº 27711, Ley Orgánica del