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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 01 DE FEBRERO DEL AÑO 2009 (01/02/2009)

CANTIDAD DE PAGINAS: 96

TEXTO PAGINA: 90

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, domingo 1 de febrero de 2009 389812 de Presupuesto y al Artículo 20º Numeral 16) de la Ley 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, Que la Ley Orgánica de Municipalidades Ley No. 27972 establece que las Municipalidades establece en su Artículo 9º. Inciso 16) corresponde al Concejo Municipal entre otras atribuciones, Aprobar el presupuesto anual y sus modifi caciones dentro de los plazos señalados por Ley, bajo responsabilidad: En cumplimiento de las atribuciones conferidas por los Artículos 9º. Inciso 16) y 41º. de la Ley Nº. 27972 Ley Orgánica de Municipalidades, con la votación UNÁNIME del Cuerpo de Regidores y con la dispensa del trámite de la lectura y aprobación del acta; ACUERDA: Artículo Primero.- APROBAR el Presupuesto Institucional de Apertura del Año Fiscal 2009 de la Municipalidad Distrital de Breña, el mismo que asciende a la suma de S/ .20,507,195 (Veinte Millones Quinientos siete Mil Ciento Noventa y cinco con 00/100 Nuevos Soles) equilibrado en ingresos y gastos, para el período comprendido entre el 01 de Enero y el 31 de Diciembre del 2009, incluidas las transferencias del Programa del Vaso de Leche-PVL. Artículo Segundo.- APROBAR los porcentajes de aplicación del Fondo de Compensación Municipal –FONCOMUN para Gastos Corrientes e Inversiones para el Año Fiscal 2009 de la siguiente forma: GASTOS CORRIENTES 90% INVERSIONES 10% Artículo Tercero: FACULTAR al Señor Alcalde para que promulgue el Presupuesto de Ingresos y Gastos del Pliego Presupuestario: Municipalidad Distrital de Breña y en el plazo establecido por la normatividad vigente, disponga su remisión a la Municipalidad Metropolitana de Lima para su consolidación. Artículo Cuarto: ENCARGAR a la Gerencia de Administración y Finanzas la publicación en el Diario Ofi cial El Peruano bajo responsabilidad. Artículo Quinto: ENCARGAR a la Secretaria General notifi car el presente Acuerdo a la Gerencia Municipal, Gerencia de Planifi cación y Presupuesto, Gerencia de Administración y Finanzas y a la Municipalidad metropolitana de Lima para su conocimiento y fi nes. Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase. JOSE ANTONIO GORDILLO ABAD Alcalde 304532-1 MUNICIPALIDAD DE JESUS MARIA Prorrogan fecha de vencimiento para el pago de arbitrios correspondiente al mes de enero de 2009, así como vigencia de la Ordenanza Nº 287-MJM DECRETO DE ALCALDÍA N° 002-2009-MDJM Jesús María, 30 de enero del 2009 EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE JESÚS MARIA; VISTO, el Memorándum Nº 095-2009-GR; y, CONSIDERANDO: Que, mediante Ordenanza N° 282-MDJM se reguló el régimen tributario de los Arbitrios Municipales para el año 2009; Que, para la aplicación de los benefi cios de descuento por pronto pago, el tope máximo de incremento por casa habitación y los descuentos de pensionistas, que la norma acotada regula, se ha establecido como requisitos, la observación de una conducta de pago puntual, así como la inexistencia de deudas tributarias pendientes de pago por ejercicios anteriores; Que, a este efecto y con el objetivo de favorecer a un mayor universo de contribuyentes, es necesario fl exibilizar el marco dentro del cual se regulariza el pago de los adeudos tributarios vencidos, por lo que resulta necesario ampliar la vigencia de la Ordenanza Nº 287-MDJM, que aprueba benefi cios para la regularización y sinceramiento de deudas tributarias y administrativas, cuyo vencimiento fuera ampliado al 31 de Enero de 2009, mediante Decreto de Alcaldía Nº 025-2008-MDJM; Que, el Artículo 5 de la Ordenanza Nº 287-MDJM, facultó al Alcalde para prorrogar los plazos previstos en la misma, así como para dictar las medidas complementarias para su adecuada aplicación; Estando a las atribuciones conferidas por el Artículo 42 y el numeral 6 del Artículo 20 de la Ley N° 27972 - Orgánica de Municipalidades; SE DECRETA: Artículo Primero.- Prorróguese hasta el 27 de febrero del 2009, la fecha de vencimiento para el pago de los Arbitrios Municipales correspondiente al mes de enero del 2009, así como la vigencia de la Ordenanza Nº 287-MJM Artículo Segundo.- Encargar a la Gerencia de Rentas y a la Sub Gerencia de Informática, el cumplimiento de la presente norma en lo que fuere de su competencia y a la Gerencia de Comunicaciones, la difusión y publicación de la misma. Artículo Tercero.- El presente Decreto entrará en vigencia al día siguiente de su publicación en el diario ofi cial El Peruano. Regístrese, publíquese y cúmplase. ENRIQUE OCROSPOMA PELLA Alcalde 307886-1 MUNICIPALIDAD DE LURIGANCHO CHOSICA Aprueban planeamiento integral de módulos viales de terreno constituido por predio rústico (Se publica la presente resolución a solicitud de la Municipalidad de Lurigancho - Chosica, mediante Ofi cio Nº 003-09-SG, recibido el 30 de enero de 2009) RESOLUCIÓN DE GERENCIA MUNICIPAL Nº 438/07-MDLCH Chosica, 17 de abril de 2007 Visto el Expediente Nº 2246-06 del 4 de abril del 2006, organizado por la Asociación de Propietarios del Sector Areas Libres de Lotización Los Tulipanes de la Primer Parcela de Carapongo por el que solicitan aprobación del Planeamiento Vial Urbano de la parcela rústica ubicada en Carapongo, para uso de vivienda de densidad baja RIS, desarrollado sobre el sector de la Lotización Los Tulipanes de área 23,969.34 m2, distrito de Lurigancho, provincia y departamento de Lima. CONSIDERANDO: