TEXTO PAGINA: 29
NORMAS LEGALES El Peruano Lima, lunes 2 de febrero de 2009 389847 Huaura, departamento de Lima, con su respectiva fi cha técnica y memoria descriptiva. • Se declare patrimonio cultural de la Nación al sitio arqueológico “Santa Elvira 2”, con coordenadas de referencia al Este: 247,824.7216 m. y al Norte: 8’771,457.3686 m. en el Datum PSAD56, con coordenadas de referencia al Este: 247,599.8111 m. y al Norte: 8’771,089.5124 m. en el Datum WGS 84, ubicado en el centro poblado de Santa Elvira, distrito de Sayán, provincia de Huaura, departamento de Lima. • Se apruebe el plano perimétrico PP-048-INC_ DREPH-DA-SDIC-2008 PSAD56, de fecha 22 de abril de 2008, a escala 1: 1500 del sitio arqueológico “Santa Elvira 2”, con un área de 37,278.55 m2 (3.7278 ha) y con un perímetro de 901.34 m. con coordenadas de referencia al Este: 247,824.7216 m. y al Norte: 8’771,457.3686 m, en el Datum de referencia PSAD56; ubicado en el centro poblado de Santa Elvira, distrito de Sayán, provincia de Huaura, departamento de Lima, con su respectiva fi cha técnica y memoria descriptiva. • Se apruebe el plano perimétrico PP-048-INC_ DREPH-DA-SDIC-2008 WGS84, de fecha 22 de abril de 2008, a escala 1: 1500 del sitio arqueológico “Santa Elvira 2”, con un área de 37,278.55 m2 (3.7278 ha) y con un perímetro de 901.34 m. con coordenadas de referencia al Este: 247,599.8111 m. y al Norte: 8’771,089.5124 m, en el Datum de referencia WGS84; ubicado en el centro poblado de Santa Elvira, distrito de Sayán, provincia de Huaura, departamento de Lima, con su respectiva fi cha técnica y memoria descriptiva. Estando a lo visado por el Director de Gestión, el Director de Arqueología y el Director de la Ofi cina de Asuntos Jurídicos; De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 28296 Ley General del Patrimonio Cultural de la Nación; Decreto Supremo Nº 017-2003-ED, que aprueba el Reglamento de Organización y Funciones del Instituto Nacional de Cultura, Resolución Suprema Nº 004-2000-ED que aprueba el Reglamento de Investigaciones Arqueológica, modifi cada por Resolución Suprema Nº 012-2006-ED; SE RESUELVE: Artículo 1°.- Declarar patrimonio cultural de la Nación a los sitios arqueológicos cuya ubicación se detalla en el siguiente cuadro: Departamento Lima Provincia Huaura Nombre del sitio arqueológico Datum PSAD56 Zona 18 Datum WGS84 Zona 18 Distrito UTM Este UTM Norte UTM Este UTM Norte Santa Elvira 1 Sayán 248038.0501 8770969.3291 247813.1410 8770601.4724 Santa Elvira 2 Sayán 247824.7216 8771457.3686 247599.8111 8771089.5124 Artículo 2°.- Aprobar los expedientes técnicos (plano de delimitación, memoria descriptiva y fi cha técnica) de los sitios arqueológicos Santa Elvira 1 y Santa Elvira 2, ubicados en el distrito de Sayán, provincia de Huaura, departamento de Lima, de acuerdo a los planos, áreas y perímetros siguientes: Nombre del Sitio Arqueológico Nº de Plano en Datum PSAD56 Nº de Plano en Datum WGS84 Área (m2) Área (ha) Perímetro (m) Santa Elvira 1 PP-044-INC_ DREPH-DA-SDIC- 2008 PSAD56 PP-044-INC_ DREPH-DA-SDIC- 2008 WGS84 17,328.73 1.7328 573.80 Santa Elvira 2 PP-048-INC_ DREPH-DA-SDIC- 2008 PSAD56 PP-048-INC_ DREPH-DA-SDIC- 2008 WGS84 37,278.55 3.7278 901.34 Artículo 3º.- Encargar a la Dirección de Defensa del Patrimonio Histórico la inscripción en Registros Públicos y en el Sistema de Información Nacional de los Bienes de Propiedad Estatal (SINABIP) la condición de patrimonio cultural de la Nación de los sitios arqueológicos mencionados en el artículo 1º y de los planos señalados en el artículo 2º de la presente resolución. Artículo 4º.- Cualquier proyecto de obra nueva, caminos, carreteras, canales, denuncios mineros o agropecuarios, obras habitacionales y otros que pudiese afectar o alterar los sitios arqueológicos declarados patrimonio cultural de la Nación, deberá contar con la aprobación previa del Instituto Nacional de Cultura. Artículo 5º.- Remítase copia fedateada de la presente resolución a COFOPRI, Municipalidad Distrital y Provincial, autoridades políticas y civiles correspondientes. Regístrese, comuníquese y publíquese. JAVIER UGAZ VILLACORTA Encargado de la Dirección Nacional 307495-6 Declaran patrimonio cultural de la Nación a sitio arqueológico ubicado en el distrito de Lurigancho, provincia de Lima RESOLUCIÓN DIRECTORAL NACIONAL Nº 097/INC Lima, 21 de enero de 2009 CONSIDERANDO: Que, el Instituto Nacional de Cultura es un organismo público descentralizado del sector educación, con personería jurídica de derecho público interno; responsable de la promoción y desarrollo de las manifestaciones culturales del país y de la investigación, preservación, conservación, restauración, difusión y promoción del patrimonio cultural de la Nación; Que, el artículo VII del Título Preliminar de la Ley Nº 28296 Ley General del Patrimonio Cultural de la Nación, señala que el Instituto Nacional de Cultura está encargado de registrar, declarar y proteger el patrimonio cultural de la Nación dentro del ámbito de su competencia; Que, mediante Informe Nº 759-2008-SDIC-DA- DREPH/ INC, de fecha 19 de mayo de 2008, la Sub Dirección de Investigación y Catastro de la Dirección de Arqueología comunica sobre la elaboración de los expedientes técnicos del sitio arqueológico “Pirámide de Nievería”, y recomienda que los expedientes técnicos (fi cha técnica, memoria descriptiva y planos) elaborados en los sistemas PSAD 56 y WGS84 pasen a la Comisión Nacional Técnica de Arqueología para su evaluación y opinión. Asimismo, recomienda que el sitio arqueológico “Pirámide de Nievería” sea declarado patrimonio cultural de la Nación; Que, mediante Acuerdo Nº 0399, de fecha 12 de junio de 2008, la Comisión Nacional Técnica de Arqueología, acordó recomendar a la Dirección Nacional del Instituto Nacional de Cultura lo siguiente: - Declarar patrimonio cultural de la Nación al sitio arqueológico “Pirámide de Nievería”, con coordenada de referencia al Este: 290,550.6820 m. y al Norte: 8’674,970.6730 m, en el Datum PSAD56, con coordenada de referencia al Este: 290,326.0676 m. y al Norte: 8’674,602.8032 m, en el Datum WGS 84, ubicado en el distrito de Lurigancho, provincia de Lima, departamento de Lima. - Se apruebe el plano perimétrico PP-049-INC_ DREPH-DA-SDIC-2008 PSAD56, de fecha 29 de abril de 2008, a escala 1: 1000 del sitio arqueológico “Pirámide de Nievería”, con un área de 36,438.54 m2 (3.6438 ha), perímetro de 734.44 m, con coordenada de referencia al Este: 290,550.6820 m. y al Norte: 8’674,970.6730 m, en el Datum de referencia PSAD56; ubicado en el distrito de Lurigancho, provincia de Lima, departamento de Lima, con su respectiva fi cha técnica y memoria descriptiva. - Se apruebe el plano perimétrico PP-049-INC_ DREPH-DA-SDIC-2008 WGS84, de fecha 29 de abril de 2008, a escala 1: 1000 del sitio arqueológico “Pirámide