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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, lunes 2 de febrero de 2009 389842 Declaran patrimonio cultural de la Nación a paisaje cultural arqueológico ubicado en el distrito de Pachacámac, provincia de Lima RESOLUCIÓN DIRECTORAL NACIONAL Nº 068/INC Lima, 20 de enero de 2009 VISTO, el Expediente Nº 16686, de fecha 21 de septiembre de 2007, presentado por el Sr. Javier Cáceres Chávez, presidente del centro poblado rural Guayabo; y CONSIDERANDO: Que, el Instituto Nacional de Cultura es un organismo público descentralizado del sector educación, con personería jurídica de derecho público interno; responsable de la promoción y desarrollo de las manifestaciones culturales del país y de la investigación, preservación, conservación, restauración, difusión y promoción del patrimonio cultural de la Nación; Que, el artículo VII del Título Preliminar de la Ley Nº 28296 - Ley General del Patrimonio Cultural de la Nación, señala que el Instituto Nacional de Cultura está encargado de registrar, declarar y proteger el patrimonio cultural de la Nación dentro del ámbito de su competencia; Que, mediante la carta s/n, contenida en el expediente del visto, el Sr. Javier Cáceres Chávez, presidente del centro poblado rural Guayabo, solicita se proteja un área arqueológica con pinturas rupestres; Que, mediante Informe Nº 237-2008-SDIC-DA- DREPH/ INC, de fecha 25 de febrero de 2008, la Sub Dirección de Investigación y Catastro de la Dirección de Arqueología remite la conformidad del expediente técnico correspondiente al paisaje cultural arqueológico “Quebrada Sol y Luna”, y recomienda que el mismo pase a la Comisión Nacional Técnica de Arqueología para su aprobación, y su correspondiente declaración como patrimonio cultural de la Nación al paisaje cultural arqueológico mencionado; Que, mediante Acuerdo Nº 0161, de fecha 07 de marzo de 2008, la Comisión Nacional Técnica de Arqueología, acordó recomendar a la Dirección Nacional del Instituto Nacional de Cultura lo siguiente: - Declarar patrimonio cultural de la Nación al paisaje cultural arqueológico de “Quebrada Sol y Luna”, ubicado en el distrito de Pachacámac, provincia y departamento de Lima. - Se aprueben los siguientes planos perimétricos con sus respectivas fi chas técnicas y memorias descriptivas: • Plano perimétrico PP-014-INC-DREPH/DA/SDIC- 2008-PSAD56, de fecha febrero del 2008, a escala 1/2000 del paisaje cultural arqueológico “Quebrada Sol y Luna”, cuya coordenada de referencia central es al Este: 296,947.1318 y al Norte: 8´651,755.9500 en el Datum PSAD56; con un área de 7.44 ha y un perímetro de 1163.34 m, ubicado en el distrito de Pachacámac, provincia y departamento de Lima, con su respectiva fi cha técnica y memoria descriptiva. • Plano perimétrico PP-014-INC-DREPH/DA/SDIC- 2008-WGS84, de fecha febrero del 2008, a escala 1/2000 del paisaje cultural arqueológico “Quebrada Sol y Luna”, cuya coordenada de referencia central es al Este: 296,925.9361 y al Norte: 8`651,387.6328 en el Datum WGS84; con un área de 7.44 ha y un perímetro de 1163.34 m, ubicado en el distrito de Pachacámac, provincia y departamento de Lima, con su respectiva fi cha técnica y memoria descriptiva. Estando a lo visado por el Director de Gestión, el Director de Arqueología y el Director de la Ofi cina de Asuntos Jurídicos; De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 28296 Ley General del Patrimonio Cultural de la Nación; Decreto Supremo Nº 017-2003-ED, que aprueba el Reglamento de Organización y Funciones del Instituto Nacional de Cultura, Resolución Suprema Nº 004-2000-ED que aprueba el Reglamento de Investigaciones Arqueológica, modifi cado con Resolución Suprema Nº 012-2006-ED de fecha 20 de abril de 2006; SE RESUELVE: Artículo 1°.- Declarar patrimonio cultural de la Nación al paisaje cultural arqueológico cuya ubicación se detalla en el siguiente cuadro: Departamento Lima Provincia Lima Nombre del Paisaje Cultural Arqueológico Datum PSAD56 Zona 18 Datum WGS84 Zona 18 Distrito UTM Este UTM Norte UTM Este UTM Norte Quebrada Sol y Luna Pachacámac 296947.1318 8651755.9500 296925.9361 8651387.6328 Artículo 2°.- Aprobar el expediente técnico (plano de delimitación, memoria descriptiva y fi cha técnica) del paisaje cultural arqueológico Quebrada Sol y Luna, ubicado en el distrito de Pachacámac, provincia y departamento de Lima, de acuerdo a los planos, áreas y perímetros siguientes: Nombre del Paisaje Cultural Arqueológico Nº de Plano en Datum PSAD56 Nº de Plano en Datum WGS84 Área (m2) Área (ha) Perímetro (m) Quebrada Sol y Luna PP-014-INC_ DREPH/DA/SDIC- 2008-PSAD56 PP-014-INC_ DREPH/DA/SDIC- 2008-WGS84 74,404.44 7.44 1,163.34 Artículo 3º.- Encargar a la Dirección de Defensa del Patrimonio Histórico la inscripción en Registros Públicos y en el Sistema de Información Nacional de los Bienes de Propiedad Estatal (SINABIP) la condición de patrimonio cultural de la Nación del paisaje cultural arqueológico mencionado en el Artículo 1º y de los planos señalados en el Artículo 2º de la presente Resolución. Artículo 4º.- Cualquier proyecto de obra nueva, caminos, carreteras, canales, denuncios mineros o agropecuarios, obras habitacionales y otros que pudiese afectar o alterar el paisaje cultural arqueológico declarado patrimonio cultural de la Nación, deberá contar con la aprobación previa del Instituto Nacional de Cultura. Artículo 5º.- Remítase copia fedateada de la presente resolución a COFOPRI, Municipalidad Distrital y Provincial, autoridades políticas y civiles correspondientes. Regístrese, comuníquese y publíquese. JAVIER UGAZ VILLACORTA Encargado de la Dirección Nacional 307495-1 Declaran patrimonio cultural de la Nación a zona arqueológica monumental ubicada en el Cusco RESOLUCIÓN DIRECTORAL NACIONAL Nº 069/INC Lima, 20 de enero de 2009 CONSIDERANDO: Que, el Instituto Nacional de Cultura es un Organismo Público Descentralizado del Sector Educación, con personería jurídica de derecho público interno; responsable de la promoción y desarrollo de las manifestaciones culturales del país y de la investigación, preservación,