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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 02 DE FEBRERO DEL AÑO 2009 (02/02/2009)

CANTIDAD DE PAGINAS: 40

TEXTO PAGINA: 28

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, lunes 2 de febrero de 2009 389846 realizada en el tramo comprendido en el distrito de Jesús María de la Av. General Felipe Salaverry, se da cuenta de las características actuales de la avenida, la misma que ha sufrido en gran parte de toda su extensión la alteración del perfi l urbano debido a la aparición de construcciones de factura moderna de hasta 18 pisos que desvirtúan las causas que dieron origen a su declaración; que la delimitación propuesta de la Av. General Felipe Salaverry, comprende las cuadras 5, 6, 7, 8, 9, 10 y 11 (entre los jirones Nazca y Domingo Millán), afectando todos los inmuebles que se encuentran con frente a la Av. General Felipe Salaverry de acuerdo al Plano AUM 01 con Código: INC-DPHCR-SDR-001-2008; Que conjuntamente con la delimitación del Ambiente Urbano Monumental de la Av. General Felipe Salaverry, la Sub Dirección de Registro de la Dirección de Patrimonio Histórico Colonial y Republicano identifi ca inmuebles de valor monumental, que revisten valores arquitectónicos e históricos y que se encuentran amparados por la Ley Nº 28296, Ley General del Patrimonio Cultural de la Nación, por lo que en aplicación al Artículo 4º de la Norma A.140 de Bienes Culturales Inmuebles del Reglamento Nacional de Edifi caciones se proponen los siguientes inmuebles de “Valor Monumental” : - Av. General Felipe Salaverry Nº 740 - Av. General Felipe Salaverry Nº 774 esquina General Santa Cruz. - Av. General Felipe Salaverry Nº 818, 820 esquina General Santa Cruz. - Av. General Felipe Salaverry Nº 912 esquina Av. 6 de Agosto Nº 651, 665. - Av. General Felipe Salaverry Nº 938. Por lo que, se acordó: APROBAR la Propuesta de delimitación del Ambiente Urbano Monumental de la Av. General Felipe Salaverry, distrito de Jesús María, provincia y departamento de Lima y DECLARAR inmuebles de “Valor Monumental” de acuerdo al Plano AUM 01 con Código: INC-DPHCR-SDR-001-2008. Estando visado por el Director de Gestión, el Director de Registro y Estudio del Patrimonio Histórico y el Director de la Ofi cina de Asuntos Jurídicos, y; De conformidad con lo dispuesto en la Ley N° 28296, Ley General del Patrimonio Cultural de la Nación; Ley N° 27580, Ley que dispone medidas de protección que debe aplicar el Instituto Nacional de Cultura para la ejecución de obras en Bienes Culturales Inmuebles; Decreto Supremo N° 011-2006-VIVIENDA, que aprueba el Reglamento Nacional de Edifi caciones, Decreto Supremo N° 017-2003-ED, que aprueba el Reglamento de Organización y Funciones del Instituto Nacional de Cultura; Decreto Supremo N° 011-2006-ED, que aprueba el Reglamento de la Ley General del Patrimonio Cultural de la Nación; Decreto Supremo N° 022-2002-ED, que aprueba el Texto Único de Procedimientos Administrativos del Instituto Nacional de Cultura, modifi cado por Decreto Supremo N° 024-2003-ED. SE RESUELVE: Artículo 1º.- APROBAR la Propuesta de delimitación del Ambiente Urbano Monumental de la Av. General Felipe Salaverry, distrito de Jesús María, provincia y departamento de Lima, de acuerdo al Plano AUM 01 con Código: INC-DPHCR-SDR-001-2008. Artículo 2º.- DECLARAR inmuebles de “Valor Monumental” a los indicados en el Plano AUM 01 con Código: INC-DPHCR-SDR-001-2008 y que se detallan a continuación: - Av. General Felipe Salaverry Nº 740. - Av. General Felipe Salaverry Nº 774 esquina General Santa Cruz. - Av. General Felipe Salaverry Nº 818, 820 esquina General Santa Cruz. - Av. General Felipe Salaverry Nº 912 esquina Av. 6 de Agosto Nº 651, 665. - Av. General Felipe Salaverry Nº 938. Artículo 3º.- Notifíquese la presente Resolución Directoral Nacional a la Municipalidad Distrital de Jesús María, para su conocimiento y acciones respectivas. Regístrese, comuníquese y publíquese. JAVIER UGAZ VILLACORTA Encargado de la Dirección Nacional 307495-5 Declaran patrimonio cultural de la Nación a sitios arqueológicos ubicados en la provincia de Huaura RESOLUCIÓN DIRECTORAL NACIONAL Nº 096/INC Lima, 21 de enero de 2009 CONSIDERANDO: Que, el Instituto Nacional de Cultura es un Organismo Público Descentralizado del Sector Educación, con personería jurídica de derecho público interno; responsable de la promoción y desarrollo de las manifestaciones culturales del país y de la investigación, preservación, conservación, restauración, difusión y promoción del patrimonio cultural de la Nación; Que, el artículo VII del Título Preliminar de la Ley Nº 28296 - Ley General del Patrimonio Cultural de la Nación, señala que el Instituto Nacional de Cultura está encargado de registrar, declarar y proteger el patrimonio cultural de la Nación dentro del ámbito de su competencia; Que, mediante Informe Nº 647-2008-SDIC-DA- DREPH/INC, de fecha 24 de abril de 2008, la Sub Dirección de Investigación y Catastro de la Dirección de Arqueología recomienda que los expedientes técnicos (fi cha técnica, memoria descriptiva y planos perimétricos) elaborados en los sistemas PSAD 56 y WGS84 pasen a la Comisión Nacional Técnica de Arqueología para su aprobación, asimismo recomienda que los sitios arqueológicos “Santa Elvira 1” y “Santa Elvira 2”, ubicados en el centro poblado de Santa Elvira, distrito de Sayán, provincia de Huaura, departamento de Lima, sean declarados patrimonio cultural de la Nación; Que, mediante Acuerdo Nº 0293, de fecha 25 de abril de 2008, la Comisión Nacional Técnica de Arqueología acordó recomendar a la Dirección Nacional del Instituto Nacional de Cultura lo siguiente: • Se declare patrimonio cultural de la Nación al sitio arqueológico “Santa Elvira 1”, con coordenadas de referencia al Este: 248,038.0501 m. y al Norte: 8’770,969.3291 m, en el Datum PSAD56, con coordenadas de referencia al Este: 247,813.1410 m. y al Norte: 8’770,601.4724 m, en el Datum WGS 84, ubicado en el centro poblado de Santa Elvira, distrito de Sayán, provincia de Huaura, departamento de Lima. • Se apruebe el plano perimétrico PP-044-INC_ DREPH-DA-SDIC-2008 PSAD56, de fecha 22 de abril de 2008, a escala 1: 1000 del sitio arqueológico “Santa Elvira 1”, con un área de 17,328.73 m2 (1.7328 ha), perímetro de 573.80 m, con coordenadas de referencia al Este: 248,038.0501 m. y al Norte: 8’770,969.3291 m, en el Datum de referencia PSAD56; ubicado en el centro poblado de Santa Elvira, distrito de Sayán, provincia de Huaura, departamento de Lima, con su respectiva fi cha técnica y memoria descriptiva. • Se apruebe el plano perimétrico PP-044-INC_ DREPH-DA-SDIC-2008 WGS84, de fecha 22 de abril de 2008, a escala 1: 1000 del sitio arqueológico “Santa Elvira 1”, con un área de 17,328.73 m2 (1.7328 ha), perímetro de 573.80 m, con coordenadas de referencia al Este: 247,813.1410 m. y al Norte: 8’770,601.4724 m, en el Datum de referencia WGS84; ubicado en el centro poblado de Santa Elvira, distrito de Sayán, provincia de