Norma Legal Oficial del día 04 de febrero del año 2009 (04/02/2009)


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TEXTO DE LA PÁGINA 37

El Peruano MORDAZA, miercoles 4 de febrero de 2009

NORMAS LEGALES

390207

ORGANISMOS REGULADORES ORGANISMO SUPERVISOR DE LA INVERSION EN ENERGIA Y MINERIA
FE DE ERRATAS RESOLUCION DE CONSEJO DIRECTIVO ORGANISMO SUPERVISOR DE LA INVERSION EN ENERGIA Y MINERIA OSINERGMIN N° 019-2009-OS/CD
Mediante Oficio N° 0125-2009-GART, el Organismo Supervisor de la Inversion en Energia y Mineria solicita se publique Fe de Erratas de la Resolucion OSINERGMIN N° 019-2009-OS/CD, publicada en nuestra edicion del dia 28 de enero de 2009. - En el Articulo 1° DICE: b) (...) horarios considerados. (...) En caso la energia despachada sea insuficiente para cubrir la energia de la demanda de sus contratos y de los retiros (...) (...) PB E
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Vistos, el Informe N° 001-2009/ANSC-OAF-RRHH, validado por la Oficina de Administracion y Finanzas, el Memorandum N°004-2009-ANSC-OPP de la Oficina de Planeamiento y Presupuesto, asi como el Memorando N° 002-2009-ANSC/OAJ de la Oficina de Asesoria Juridica; CONSIDERANDO: Que, mediante Decreto Legislativo Nº 1023, se creo la Autoridad Nacional del Servicio Civil, como Organismo Tecnico Especializado, rector del Sistema Administrativo de Gestion de Recursos Humanos; Que, por Decreto Supremo Nº 062-2008-PCM publicado el 31 de agosto de 2008, se aprobo el Reglamento de Organizacion y Funciones (ROF), de la Autoridad Nacional del Servicio Civil; Que, mediante Resolucion Suprema Nº 236-2008PCM del 8 de octubre de 2008, se aprobo el Cuadro para Asignacion de Personal (CAP), de la Autoridad Nacional del Servicio Civil; Que, mediante la Ley Nº 29289 se ha aprobado el Presupuesto del Sector Publico, correspondiente al ano fiscal 2009; Que, mediante la Resolucion de Gerencia General Nº 007-2008-ANSC-GG se aprobo el Presupuesto Institucional de Apertura correspondiente al ano fiscal 2009 del Pliego 023 Autoridad Nacional del Servicio Civil; Que, de conformidad con el numeral 6.8 del articulo 6º de la Directiva Nº 001-82-INAP-DNP, Directiva para la formulacion del Presupuesto Analitico de Personal (PAP) en las entidades del Sector Publico, aprobada por Resolucion Jefatural Nº 019-82-INAP/DIGESNAP de fecha 08 de febrero de 1982, el Presupuesto Analitico de Personal es aprobado por el Titular del Pliego Presupuestal o por el funcionario a quien se delegue en forma expresa esta competencia; Que el articulo 9º del Decreto Legislativo Nº 1023, concordado con el articulo 11º del Reglamento de Organizacion y Funciones aprobado mediante Decreto Supremo Nº 062-2008-PCM establece que el Gerente General ejerce la titularidad del Pliego; Con la visacion de las Oficinas de Planeamiento y Presupuesto, Administracion y Finanzas y Asesoria Juridica; De conformidad con el Decreto Legislativo Nº 1023 y el Decreto Supremo Nº 062-2008-PCM que aprueba el Reglamento de Organizacion y Funciones de la Autoridad Nacional del Servicio Civil; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Aprobar el Presupuesto Analitico de Personal ­ PAP ­ de la Autoridad Nacional del Servicio Civil correspondiente al ano 2009, el mismo que se encuentra contenido en el Anexo que forma parte integrante de la presente Resolucion. Articulo 2º.- Remitir MORDAZA de la presente Resolucion a la Direccion Nacional de Presupuesto Publico del Ministerio de Economia y Finanzas. Articulo 3°.- La presente Resolucion sera publicada en el Diario Oficial El Peruano, sin perjuicio que la misma y sus anexos se publiquen en el MORDAZA Institucional de la Autoridad Nacional del Servicio Civil. Registrese, comuniquese, publiquese y archivese. MORDAZA CEDAMANOS MORDAZA Gerente General Autoridad Nacional del Servicio Civil

CMgi,q

= Precio en MORDAZA establecido por OSINERGMIN en la MORDAZA de inyeccion = Magnitud de la Energia inyectada por la unidad "i" en el periodo "q", que se determino de acuerdo al numeral 6.1del presente informe. = Costo marginal en la MORDAZA de inyeccion "i" en el periodo "q"

DEBE DECIR: b) (...) horarios considerados hasta cubrir sus retiros sin contrato. (...) En caso la energia despachada sea insuficiente para cubrir la energia de los retiros (...) (...) = Precio en MORDAZA establecido por OSINERGMIN en la MORDAZA de RETIROS sin contrato Eqi = Magnitud de la Energia asignada a la unidad "i" en el periodo "q", que se determino de acuerdo al numeral 6.1 del presente informe. CMgi,q = Costo marginal en la MORDAZA de retiros sin contrato en el periodo "q" 309225-1 PB

ORGANISMOS TECNICOS ESPECIALIZADOS AUTORIDAD NACIONAL DEL SERVICIO CIVIL
Aprueban Presupuesto Analitico de Personal de la Autoridad Nacional del Servicio Civil correspondiente al ano 2009
RESOLUCION DE GERENCIA GENERAL Nº 007-2009-ANSC-GG MORDAZA, 30 de enero de 2009

309265-1

INSTITUTO MORDAZA DEL PERU
Exoneran de MORDAZA de seleccion la contratacion de MORDAZA PERU S.A. para la realizacion de servicio de diqueo del Buque Cientifico de Investigacion "Jose MORDAZA Balandra"
RESOLUCION DIRECTORAL Nº DE-031-2009
Callao, 27 de enero de 2009

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