Empresa en el ranking

NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 20 DE FEBRERO DEL AÑO 2009 (20/02/2009)

CANTIDAD DE PAGINAS: 68

TEXTO PAGINA: 59

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, viernes 20 de febrero de 2009 391265 Artículo Segundo.- REQUISITOS El recurrente presentará ante la Mesa de Partes de la Municipalidad, los siguientes documentos: 1. Solicitud dirigida al Alcalde. 2. Copia del Documento de Identidad. 3. Recibo de agua, luz y/o teléfono fi jo, en el cual se señale el domicilio dentro de la jurisdicción. Artículo Tercero.- ÓRGANO COMPETENTE Señálese como órgano competente a la Gerencia de Seguridad Ciudadana, para la constatación domiciliaria y expedición del Certifi cado Domiciliario, conforme a la naturaleza del procedimiento administrativo. La Gerencia de Seguridad Ciudadana en 48 horas, luego de la constatación correspondiente expedirá el Certifi cado Domiciliario solicitado. Artículo Cuarto.- TARIFARIO ENCARGAR a la Gerencia de Rentas la consolidación y actualización del Tarifario Municipal de Jesús María, en un plazo no mayor de 30 días calendario a partir de la publicación de la presente norma, para su aprobación mediante Decreto de Alcaldía, el mismo que contendrá el costo de los servicios no exclusivos prestados por la corporación edil. POR TANTO: Mando se publique y cumpla. ENRIQUE OCROSPOMA PELLA Alcalde 314588-1 MUNICIPALIDAD DE LOS OLIVOS Establecen fechas de vencimiento para el pago del Impuesto Predial y Arbitrios Municipales para el Ejercicio 2009 ORDENANZA Nº 308-CDLO Los Olivos, 23 de enero de 2009 EL CONCEJO MUNICIPAL DISTRITAL DE LOS OLIVOS VISTO: El Dictamen Nº 001-2009-MDLO/CEP de la Comisión de Economía y Presupuesto; y, CONSIDERANDO: Que, la Constitución Política del Perú reconoce la autonomía Política, Económica y Administrativa de los Gobiernos Locales, otorgándole potestad tributaria para crear, modifi car y suprimir contribuciones, tasas, arbitrios y derechos Municipales, o exonerar de éstos dentro de su jurisdicción con los límites que señala la Ley; Que, de conformidad con lo establecido en el Artículo 191º de la Constitución Política del Perú, el Concejo Municipal, cumple función normativa, a través de Ordenanzas, las cuales tienen como rango de Ley de conformidad con lo dispuesto en el Artículo 200 numeral 4) del mencionado cuerpo normativo; Que, es política de la Municipalidad otorgar las más amplias facilidades a los contribuyentes para que cumplan con la cancelación oportuna sea ésta al contado o fraccionada de sus obligaciones tributaras vigentes o que se encuentren pendientes de pago; Que, de acuerdo al T.U.O. de la Ley de Tributación Municipal - D.S. Nº 156-2004-EF, se determina que la fecha de vencimiento de pago anual del Impuesto Predial es hasta el 28 de Febrero de cada año, o fraccionado en cuatro cuotas trimestrales, en cuyo caso la primera cuota de pago vence el 28 de febrero del ejercicio. Así como para la presentación de la declaración jurada de autoavalúo para el ejercicio; Que, de acuerdo al Artículo Cuarto de la Ordenanza Nº 306-CDLO que aprueba el Régimen Tributario de los Arbitrios Municipales de Limpieza Pública, Parques y Jardines y Serenazgo del Distrito de Los Olivos para el ejercicio 2009, se establece que la obligación de pago de los arbitrios municipales son de periodicidad Trimestral; Estando a lo dictaminado, de conformidad con lo dispuesto con los numerales 8) y 9) del Artículo 9º de la Ley Nº 27972 – Ley Orgánica de las Municipalidades, el Concejo Municipal, por mayoría, aprobó la siguiente: ORDENANZA Nº 308-CDLO QUE ESTABLECE LAS FECHAS DE VENCIMIENTO PARA EL PAGO DEL IMPUESTO PREDIAL Y ARBITRIOS MUNICIPALES PARA EL EJERCICIO 2009 Artículo Primero.- FIJAR las FECHAS DE VENCIMIENTO DE PAGO DEL IMPUESTO PREDIAL para el EJERCICIO 2009 en las siguientes fechas de vencimiento: • PAGO AL CONTADO : 31 de Marzo • PAGO FRACCIONADO - Primera Cuota : 31 de Marzo - Segunda Cuota : 01 de Junio - Tercera Cuota : 31 de Agosto - Cuarta Cuota : 30 de Noviembre Artículo Segundo.- FIJAR como fecha de vencimiento para la presentación de la Declaración Jurada de altas, bajas o modifi caciones de la misma hasta el 31 de marzo del presente ejercicio. Artículo Tercero,- FIJAR las FECHAS DE VENCIMIENTO PARA EL PAGO DE LOS ARBITRIOS MUNICIPALES DE LIMPIEZA PÚBLICA, PARQUES y JARDINES y SERENAZGO para el ejercicio 2009, las cuales vencen: • Primera Cuota : 30 de Abril • Segunda Cuota : 30 de Junio. • Tercera Cuota : 30 de Setiembre. • Cuarta Cuota : 31 de Diciembre Artículo Cuarto.- ENCARGAR a la SUB GERENCIA DE ADMINISTRACIÓN TRIBUTARIA el cumplimiento de lo dispuesto en la presente Ordenanza, a la SUB GERENCIA DE INVESTIGACIÓN Y DESARROLLO DE TICs, su debida implementación en el sistema informático y a la OFICINA DE SECRETARÍA GENERAL su difusión. POR TANTO: Mando se registre, publique y cumpla. FELIPE B. CASTILLO ALFARO Alcalde 314867-1 Establecen incentivo de pago por la cancelación al contado o fraccionado de deudas tributarias vencidas para el Ejercicio 2009 así como por el pago de multas tributarias por la no presentación del Formato de Actualización de Datos (FAD) ORDENANZA Nº 310-CDLO Los Olivos, 23 de enero de 2009 EL CONCEJO MUNICIPAL DISTRITAL DE LOS OLIVOS VISTO: El Dictamen Nº 003-2009-MDLO/CEP de la Comisión de Economía y Presupuesto; y,