Norma Legal Oficial del día 20 de febrero del año 2009 (20/02/2009)


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TEXTO DE LA PÁGINA 55

El Peruano MORDAZA, viernes 20 de febrero de 2009

NORMAS LEGALES

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resulta de responsabilidad exclusiva de los funcionarios de la Municipalidad Distrital respectiva. 6. Cabe precisar que tambien es responsabilidad de los funcionarios de la Municipalidad la aplicacion estricta de las disposiciones contenidas en las ordenanzas en ratificacion, cuya fiscalizacion se encuentra a cargo de entidades competentes para ello. 7. El analisis tecnico legal realizado se baso en la documentacion presentada por la Municipalidad Distrital de San MORDAZA, teniendo dicha informacion el caracter de declaracion jurada segun lo dispuesto en el inciso b) del articulo 2 de la Ordenanza N° 607 que regula el procedimiento de ratificacion de Ordenanzas distritales para la provincia de Lima. 8. Finalmente, corresponde senalar que en la medida que la ordenanza en ratificacion se encuentra conforme con las disposiciones tecnicas y legales vigentes, el SAT, emitio opinion tecnico legal favorable en el presente caso. De acuerdo con lo opinado por el Servicio de Administracion Tributaria-SAT y por la Comision Metropolitana de Asuntos Economicos y Organizacion en el Dictamen Nº 032-2009-MML/CMAEO; ACORDO: Articulo Primero.- Ratificar la Ordenanza N° 425-MSB que fija los montos por Derecho de Emision Mecanizada del Impuesto Predial y Arbitrios Municipales en el distrito de San MORDAZA correspondiente al ejercicio 2009, dado que cumple con las disposiciones tecnicas y legales establecidos en el MORDAZA legal para su aprobacion y vigencia. Articulo Segundo.- Dejar MORDAZA que el presente Acuerdo Ratificatorio para su vigencia, se encuentra condicionada al cumplimiento de su publicacion, asi como del texto de la Ordenanza N° 425-MSB y del anexo que contienen el cuadro de la estructura de costos correspondiente, por otro su aplicacion sin la condicion MORDAZA senalada, es de exclusiva responsabilidad de los funcionarios de la Municipalidad Distrital. Asimismo, corresponde precisar que la evaluacion realizada se efectuo sobre la base de la informacion remitida por la Municipalidad, la cual tiene caracter de declaracion jurada conforme lo dispuesto en la Ordenanza Nº 607. Registrese, comuniquese y cumplase. MORDAZA MORDAZA LOSSIO MORDAZA de MORDAZA

02.OCT.2008, donde se resuelve en el Articulo Primero la Aprobacion de la Regularizacion de la Habilitacion MORDAZA Ejecutada para Uso Comercial, desarrollada sobre el terreno indicado. El Expediente Nº 23940-2008 de fecha 27.NOV.2008, mediante el cual la Sub Gerencia de Planeamiento y Habilitaciones Urbanas de la Gerencia de Desarrollo MORDAZA de la Municipalidad Metropolitana de MORDAZA, remite a nuestra Corporacion la Resolucion Nº 3012008-MML-GDU-SPHU fechada el 03.NOV.2008, en la que se resuelve en el Primer Articulo Establecer la Conformidad de la Resolucion de Gerencia Nº 292-2008GDU/MC de fecha 02.OCT.2008 mediante la cual se aprobo en la Municipalidad de Comas la Regularizacion de la Habilitacion MORDAZA Ejecutada para Uso Comercial de propiedad de la ASOCIACION DE COMERCIANTES DE CHACRA CERRO, recomendandose en el Articulo MORDAZA rectificar el error material consignado en el Plano de Lotizacion L-01 respecto a los modulos viales referidos a la calzada de la pista secundaria y de la pista principal de la seccion de la Avenida MORDAZA MORDAZA, conforme a lo previsto en el Reglamento Nacional de Edificaciones. El Anexo Nº 2015-2008, conformante del Expediente N° 22400-2008, ingresado el 02.DIC.2008, presentada por la Sra. MORDAZA MORDAZA MORDAZA, en calidad de Presidente de la Asociacion de Comerciantes de Chacra Cerro, mediante el cual presenta documentacion tecnica a efectos de corregir el error material que fuera senalado en el Articulo MORDAZA de la Resolucion Nº 301-2008-MMLGDU-SPHU de fecha 03.NOV.2008; expedido por la Sub Gerencia de Planeamiento y Habilitaciones Urbanas de la Municipalidad Metropolitana de Lima. CONSIDERANDO: Que la Resolucion Nº 301-2008-MML-GDU/SPHU de fecha 03 de Noviembre del 2008; expedida por la Sub Gerencia de Planeamiento y Habilitaciones Urbanas de la Municipalidad Metropolitana de Lima; establece en su primer Articulo la Conformidad de la Resolucion de Gerencia Nº 292-2008-GDU/MC de fecha 02.OCT.2008; y en el Articulo MORDAZA Recomienda a la Municipalidad Distrital de Comas, que disponga las acciones administrativas conducentes a emitir acto administrativo subsanando el error material incurrido en el Plano de Lotizacion L-01, signado con el Nº 010-2008-CTDHU/MC, que forma parte de la Resolucion de Gerencia Nº 2922008-GDU/MC, en cuanto que resuelto el estacionamiento dentro del lote, los modulos viales referidos a la calzada de la pista secundaria y de la pista principal se adecuen cumpliendo con el modulo normativo, de conformidad con lo previsto en el Reglamento Nacional de Edificaciones ­ RNE, lo cual por tratarse de un error material, se encuentra enmarcado dentro del Articulo 201º de la Ley Nº 27444 Ley del Procedimiento Administrativo General. Que, mediante el Anexo Nº 2015-2008, ingresado en fecha 02.DIC.2008 conformante del Expediente N° 22400-2008, la Sra. MORDAZA MORDAZA MORDAZA, en calidad de Presidente de la Asociacion de Comerciantes de Chacra Cerro, ingresa a la Municipalidad de Comas documentacion Tecnica a fin de subsanar el error material incurrido en el Plano de Lotizacion expresado en el Primer considerando de la presente Resolucion. Que de acuerdo al Informe N° 253-2008-FR-SGPUCGDU/ MC de fecha 18.DIC.2008, de la Sub Gerencia de Planeamiento MORDAZA y Catastro, se precisa que revisado el Plano de Lotizacion L-01 presentado por los interesados mediante anexo Nº 2015-2008, se ha podido verificar que el mismo subsana el error material incurrido en el Plano de Lotizacion conformante de la Resolucion de Gerencia Nº 292-2008-GDU/MC de fecha 02.OCT.2008, se han adecuado los modulos viales de la Avenida MORDAZA MORDAZA, considerando lo establecido en el Articulo MORDAZA de la Ordenanza Nº 341-MML asi como lo dispuesto en el Articulo 8º del Capitulo II de la MORDAZA GH 020 del Reglamento Nacional de Edificaciones, referente al Diseno de Vias, lo cual es viable segun lo establecido en articulo 201° de la Ley 27444 Ley del Procedimiento Administrativo General. Asimismo se precisa que las aclaraciones realizadas no modifican en grado alguno el Proyecto de Habilitacion MORDAZA aprobado por la Comision Tecnica Dictaminadora de Habilitaciones Urbanas mediante Acuerdo Nº 02-2007CTDHU / MC, de la Sesion N° 05-2007 de fecha 25 de MORDAZA del 2007, que los MORDAZA de Areas y de Datos Tecnicos aprobados no han sufrido variantes que afecten el Proyecto aprobado.

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MUNICIPALIDAD DE COMAS
Ratifican resolucion que aprobo regularizacion de habilitacion MORDAZA ejecutada para uso comercial de terreno de propiedad de la Asociacion de Comerciantes de Chacra Cerro
RESOLUCION DE GERENCIA Nº 011-2009-GDU/ MC
Comas, 19 de enero de 2009 VISTO: El Expediente N° 17628-2003 de fecha 25.AGO.2003, y acumulados mediante el cual la Municipalidad Metropolitana de MORDAZA remite a nuestra Corporacion el Oficio N° 474-2003MML/DMDU-DHU de fecha 16.JUL.2003, al cual adjunta MORDAZA Certificada de la Resolucion Directoral N° 344-2003-MML-DMDU de fecha 03.JUL.2003, por la que se declaran cumplidas las Obras de Habilitacion MORDAZA del Area de terreno de propiedad de la ASOCIACION DE COMERCIANTES DE CHACRA CERRO de 3,677.00 m2. que corresponde al Lote N° 3 que formaba parte del terreno denominado Potrero El Chilcal, ubicado en el MORDAZA de Carabayllo del Distrito de Comas, Provincia y Departamento de MORDAZA, el cual corre inscrito en la Ficha N° 66087, Partida N° 42616508 del Registro de predios de la Oficina Registral de MORDAZA, de cuya evaluacion se genero la Resolucion de Gerencia Nº 292-2008-GDU/MC de fecha

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