Norma Legal Oficial del día 09 de julio del año 2009 (09/07/2009)


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TEXTO DE LA PÁGINA 12

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NORMAS LEGALES

El Peruano MORDAZA, jueves 9 de MORDAZA de 2009

AGRICULTURA
Aprueban tabla de aplicacion de cofinanciamiento al pago de la prima de seguros para la MORDAZA agosto 2009 - MORDAZA 2010
RESOLUCION MINISTERIAL Nº 0513-2009-AG MORDAZA, 8 de MORDAZA de 2009 VISTOS: La Nota Nº 003-2009-AG-SEGMA de fecha 24 de junio de 2009, emitida por Secretaria General, el Oficio Nº 0012009-CD-FCSA de fecha 25 de junio de 2009 y el Informe Tecnico del Presidente del Consejo Directivo del Fondo de Garantia para el MORDAZA y el Seguro Agropecuario; y, CONSIDERANDO: Que con fecha 21 de diciembre de 2006 se promulgo la Ley Nº 28939, Ley que aprueba el Credito Suplementario y Transferencia de Partidas en el Presupuesto del Sector Publico para el Ano Fiscal 2006, disponiendo en su articulo 4º la creacion del Fondo de Garantia para el Campo; Que, con fecha 01 de MORDAZA de 2007 se publico la Ley Nº 28995, Ley que amplia la finalidad del Fondo de Garantia para el MORDAZA, asimismo dispone entre otros, la modificacion de su denominacion a Fondo de Garantia para el MORDAZA y del Seguro Agropecuario. Que, posteriormente, mediante Ley Nº 29148, se establecio la implementacion y el funcionamiento del Fondo de Garantia de MORDAZA y del Seguro Agropecuario; y mediante Decreto Supremo Nº 019-2008-AG se aprobo el Reglamento Operativo del Fideicomiso para el Seguro Agropecuario, precisando en su articulo 8º que "los productos elegibles, tipos de seguros cubiertos y porcentajes de cofinanciamiento que se aplicaran con relacion al importe de la prima seran aprobados mediante Resolucion Ministerial, con opinion favorable del Consejo Directivo"; Que en ese sentido, mediante Oficio Nº 001-2009-CDFCSA el Presidente del Consejo Directivo del Fondo de Garantia para el MORDAZA y el Seguro Agropecuario, solicita la aprobacion de la tabla de aplicacion de cofinanciamiento al pago de la prima de seguros para la MORDAZA agosto 2009 ­ MORDAZA 2010, senalando que la misma, ha sido aprobada por el Consejo Directivo del Fondo de Garantia para el MORDAZA y el Seguro Agropecuario, mediante acta Nº 011 de fecha 19 de Junio del 2009; Que, en el MORDAZA de lo indicado en el considerando precedente, el Director General de la Direccion General de Competitividad Agraria, mediante el Informe Nº 0012009-AG-DGCA, recomienda que es procedente aprobar la tabla de aplicacion de cofinanciamiento al pago de la prima de seguros para la MORDAZA agosto 2009 ­ MORDAZA 2010 y su respectivo resumen; De conformidad con lo dispuesto en el Decreto Legislativo Nº 997, que aprueba la Ley de Organizacion y Funciones del Ministerio de Agricultura, el Decreto Supremo Nº 031-2008-AG, que aprueba el Reglamento de Organizacion y Funciones de Ministerio de Agricultura y lo dispuesto en el Decreto Supremo Nº 019-2008-PCM que aprueba el Reglamento Operativo del Fideicomiso para el Seguro Agropecuario. SE RESUELVE: Articulo 1º.- Aprobacion Aprobar la tabla de aplicacion de cofinanciamiento al pago de la prima de seguros para la MORDAZA agosto 2009 ­ MORDAZA 2010. Articulo 2º.- Aprobacion La tabla de aplicacion de cofinanciamiento al pago de la prima de seguros para la MORDAZA agosto 2009 ­ MORDAZA

2010 y su respectivo resumen, se publicaran en el MORDAZA Web del Ministerio de Agricultura (www.minag.gob.pe) Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Ministro de Agricultura 370146-1

Establecen requisitos zoosanitarios especificos de cumplimiento obligatorio en la importacion de Peptonas derivados de bovinos y/o porcinos, de origen y procedencia Alemania
RESOLUCION DIRECTORAL Nº 036-2009-AG-SENASA-DSA La MORDAZA, 1 de MORDAZA de 2009 VISTO: El Informe Nº 478-2009-AG-SENASA-SCA-DSA el cual recomienda se publiquen los requisitos zoosanitarios para la importacion de Peptonas derivados de bovinos y/o porcinos, siendo su origen y procedencia Alemania; y, CONSIDERANDO: Que, el articulo 12º del Decreto Legislativo Nº 1059 Decreto Legislativo que aprueba la Ley General de Sanidad Agraria, expresa que el ingreso al MORDAZA, como importacion, MORDAZA internacional o cualquier otro regimen aduanero de plantas y productos vegetales, animales y productos de origen animal, insumos agrarios, organismos beneficos, materiales de empaque, embalaje y acondicionamiento, cualquier otro material capaz de introducir o propagar plagas y enfermedades, asi como los medios utilizados para transportarlos, se sujetaran a las disposiciones que establezca en el ambito de su competencia el Servicio Nacional de Sanidad Agraria ­ SENASA; Que, asi tambien el articulo 9º de la referida MORDAZA establece que el Servicio Nacional de Sanidad Agraria ­ SENASA dictara las medidas fito y zoosanitarias para la prevencion, el control o la erradicacion de plagas y enfermedades. Dichas medidas seran de cumplimiento obligatorio por parte de los propietarios u ocupantes, bajo cualquier titulo, del predio o establecimiento respectivo, y de los propietarios o transportistas que se trate; Que, el articulo 12º del Reglamento de la Ley General de Sanidad Agraria, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 018-2008-AG, establece que los requisitos fito y zoosanitarios se publican en el Diario Oficial El Peruano; Que, el articulo 28º del Decreto Supremo Nº0082005-AG ­ Reglamento de Organizacion y Funciones del Servicio Nacional de Sanidad Agraria establece que la Direccion de Sanidad Animal tiene entre sus funciones el establecer, conducir y coordinar un sistema de control y supervision zoosanitaria tanto al comercio nacional como internacional de productos y subproductos pecuarios; Que, el Informe Nº 478-2009-AG-SENASA-SCA-DSA recomienda que se publiquen los requisitos zoosanitarios para la importacion de Peptonas derivados de bovinos y/o porcinos, siendo su origen y procedencia Alemania; De conformidad con lo dispuesto en el Decreto Legislativo Nº 1059, el Decreto Supremo Nº 018-2008-AG y el Decreto Supremo Nº 008-2005-AG; y con la visacion del Director General de Asesoria Juridica; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Establecer los requisitos zoosanitarios especificos de cumplimiento obligatorio en la importacion de Peptonas derivados de bovinos y/o porcinos, teniendo como origen y procedencia Alemania, de acuerdo al Anexo que forma parte integrante de la presente Resolucion.

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