Norma Legal Oficial del día 09 de julio del año 2009 (09/07/2009)


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TEXTO DE LA PÁGINA 24

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NORMAS LEGALES

El Peruano MORDAZA, jueves 9 de MORDAZA de 2009

2008-ED, en los siguientes extremos que a continuacion se detallan: a) Numeral 7.4 Matricula de Estudiantes, el mismo que quedara redactado de la siguiente manera: La matricula de los egresados del PRONAMA se realizara directamente en el primer grado del ciclo intermedio donde se desarrollara una etapa de nivelacion y repaso, para recuperar y mejorar las competencias adquiridas por los alfabetizados, debiendo contar con la MORDAZA de la MORDAZA de egresado. Si no tuviera la MORDAZA, la matricula procede, quedando pendiente la entrega de la misma. Los participantes que no hayan egresado del PRONAMA y no cuenten con los certificados de estudios que acrediten el grado alcanzado pueden ser matriculados previa prueba de ubicacion, de acuerdo a las normas vigentes. Se matriculara ademas, en el ciclo intermedio de la EBA, a los participantes con educacion basica incompleta que requieran concluir el nivel equivalente a la educacion primaria. b) Numeral 7.5 El MORDAZA de aprendizaje, el mismo que quedara redactado de la siguiente manera: En cada grado del ciclo intermedio, en el MORDAZA del MORDAZA de continuidad educativa de la EBA, los estudiantes se reuniran con el facilitador con una frecuencia de tres a cinco dias a la semana. En el primer grado del ciclo intermedio que consta de 90 sesiones, cada sesion tendra una duracion de tres horas pedagogicas haciendo un promedio de 10 horas pedagogicas a la semana y 300 horas pedagogicas en total; adicionalmente se consideraran 48 horas pedagogicas, constituyendose en etapa de nivelacion y repaso, la misma que se llevara a cabo al inicio del primer grado del ciclo intermedio, previo al desarrollo de las sesiones correspondientes al primer grado del ciclo intermedio. Los facilitadores programaran dos horas semanales "adicionales", para la asesoria. La asesoria sera un espacio para asegurar que todos los estudiantes adquieran los aprendizajes planificados y/o desarrollen actividades de interes. c) El punto C. 3) Del Director del CEBA y/o Supervisores de los CACE, del acapite D del numeral 8, el mismo que quedara redactado de la siguiente manera: · Los Directores de los CEBA y/o Supervisores Generales, estudiantes y/o facilitadores deberan supervisar y apoyar la asignacion del material educativo a los estudiantes y CACE, segun el listado de distribucion aprobado por la Direccion Regional de Educacion y/o Unidad de Gestion Educativa Local para el ambito de su jurisdiccion y de acuerdo al formato Nº 001 del Anexo C. · Convocar a los estudiantes y/o facilitadores a fin de hacerles entrega del material educativo segun les corresponda y capacitarlos sobre su seguridad, mantenimiento conservacion y uso. · Los Directores de CEBA y/o Supervisores deben intervenir, en la conservacion, mantenimiento, seguridad, etc. del material educativo entregados de acuerdo con la presente Directiva. · Los Directores de CEBA y/o Supervisores de los CACE deben tener en cuenta que para una mayor y mejor conservacion del material educativo entregados, estos no deben ser utilizados en actividades diferentes a los objetivos del PRONAMA. · Los Directores de CEBA y/o Supervisores Generales, estudiantes y/o facilitadores deben intervenir en la conservacion, mantenimiento, seguridad, etc., del material educativo entregados de acuerdo con la presente Directiva, y no podran ser utilizados en actividades diferentes a los objetivos del PRONAMA.

· El pago de propinas a los Supervisores Generales de continuidad educativa sera en diez (10) desembolsos de S/. 300.00 ( trescientos y 00/100 nuevos soles) cada uno, durante el tiempo en el que se desarrollen las funciones asignadas por PRONAMA. d) El acapite F. MORDAZA DE SELECCION DE FACILITADORES Y SUPERVISORES, Y PAGO DE PROPINAS, del numeral 8, el mismo que quedara redactado de la siguiente manera: La responsabilidad del MORDAZA de seleccion de facilitadores y supervisores de cada distrito recae en un comite." Este comite se encargara de evaluar a los postulantes de acuerdo a criterios y perfiles que se presentan en el anexo B. El comite esta conformado por el Director del CEBA, quien lo presidira, un representante del gobierno local y el sectorista del PRONAMA. El procedimiento de seleccion de facilitadores y supervisores consta de las siguientes etapas: convocatoria, preseleccion, capacitacion y seleccion. El diseno y la normatividad del MORDAZA es responsabilidad del PRONAMA. El Comite debera regirse por la normatividad emitida por el PRONAMA. La capacitacion estara a cargo de un comite de capacitacion distrital conformada por sectoristas, director de CEBA y especialista EBA de la UGEL. Los facilitadores recibiran propinas por los siguientes montos: 1. S/. 550.00 (quinientos cincuenta y 00/100 nuevos soles) al termino de la etapa de nivelacion y repaso, que implica haberse realizado las lecturas de reforzamiento, La MORDAZA de MORDAZA segun San MORDAZA, Tradiciones Peruanas, entre otros, mas las sesiones del 1 al 12 del tomo I y la prueba de evaluacion. 2. S/. 550.00 (quinientos cincuenta y 00/100 nuevos soles) al termino de la sesion 25 que implica el Tomo II de las sesiones correspondientes hasta la sesion Nº 25 mas la prueba de evaluacion. 3. S/. 550.00 (quinientos cincuenta y 00/100 nuevos soles) al termino de la sesion 50 que implica el Tomo II de las sesiones correspondientes hasta la sesion 50 mas la prueba de evaluacion. 4. S/. 550.00 (quinientos cincuenta y 00/100 nuevos soles) al termino de la Sesion Nº 75, que considera haber realizado el Tomo III en sus sesiones correspondientes hasta la sesion 75 y la prueba de evaluacion. 5. S/.1,050.00 (un mil cincuenta y 00/100 nuevos soles) al termino de la Sesion 90, la Evaluacion Final y la entrega de la documentacion sustentatoria del Circulo de Aprendizaje de Continuidad Educativa (CACE). En total, S/. 3,250.00 (tres mil doscientos cincuenta y 00/100 nuevos soles), por concepto de propina. Los Supervisores de los Circulos de Aprendizaje de Continuidad Educativa (CACE) recibiran pagos de propinas a razon de diez (10) desembolsos de S/. 800.00 (ochocientos y 00/100 nuevos soles), durante el tiempo en que se desarrollen las funciones asignadas por PRONAMA." Articulo 2º.- Encarguese a la Direccion Tecnica Ejecutiva del Programa Nacional de Movilizacion por la Alfabetizacion ­ PRONAMA, la difusion y adecuada implementacion de las normas modificadas por el articulo precedente. Articulo 3º.- La presente Resolucion, sera publicada en el MORDAZA Electronico del Ministerio de Educacion (www. minedu.gob.pe), en la misma fecha de la publicacion oficial, bajo responsabilidad. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA Ministro de Educacion 369730-1

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