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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 09 DE JULIO DEL AÑO 2009 (09/07/2009)

CANTIDAD DE PAGINAS: 52

TEXTO PAGINA: 15

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, jueves 9 de julio de 2009 398793 Que, de conformidad con la Ley Nº 27619 - Ley que Regula la Autorización de Viajes al Exterior de Servidores y Funcionarios Públicos, Ley Nº 29075 - Ley que Establece la Naturaleza Jurídica, Función, Competencias y Estructura Orgánica Básica del Ministerio de Defensa, Ley Nº 29289 - Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2009, Decreto Supremo Nº 047-2002- PCM de fecha 5 de junio de 2002 y Cuarta Disposición Final del Reglamento de Viajes al Exterior del Personal Militar y Civil del Sector Defensa, aprobado con Decreto Supremo Nº 002-2004-DE/SG de fecha 26 de enero de 2004, modifi cado con Decreto Supremo Nº 008-2004 - DE/SG y Nº 028-2006-DE/SG de fechas 30 de junio de 2004 y 13 de diciembre de 2006, respectivamente; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Autorizar el viaje al exterior en comisión de servicio del Coronel EP Edgar Fortunato ORTEGA TORRES, identifi cado con CIP Nº 110526400 y DNI Nº 09455328, para que participe en el Ejercicio de Ayuda en Caso de Desastres que se llevará a cabo en la ciudad de Santiago de Chile - Chile, en el período del 19 al 24 de julio de 2009. Artículo 2º.- El Ministerio de Defensa – Ejército de Perú, efectuará los pagos que correspondan de acuerdo a las disposiciones vigentes: Pasajes: Lima – Santiago (Chile) – Lima (Tarifa clase económica) US$. 625.72 x 1 persona US$ 625.72 Viáticos y asignaciones: US$ 200.00 x 06 días x 01 ofi cial superior US$ 1,200.00 Tarifa única de uso de aeropuerto: US$. 31.00 x 1 persona US$ 31.00 ------------------ TOTAL US$ 1,856.72 Artículo 3º.- El referido ofi cial, queda obligado a dar cumplimiento a lo indicado en los Artículos 6º y 10º del Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM del 05 de junio del 2002 y en la Cuarta Disposición Final del Reglamento de Viajes al Exterior del Personal Militar y Civil del Sector Defensa, aprobado con Decreto Supremo Nº 002-2004 – DE/SG de fecha 26 de enero de 2004 y sus modifi catorias. Artículo 4º.- El Ministro de Defensa queda facultado para variar la fecha de inicio y término de la autorización a que se refi ere el Artículo 1º, sin exceder el total de días autorizados. Artículo 5º.- La presente resolución suprema, no dará derecho a exoneración ni liberación de impuestos aduaneros de ninguna clase o denominación. Artículo 6º.- La presente resolución suprema será refrendada por el Presidente del Consejo de Ministros y por el Ministro de Defensa. Regístrese, comuníquese y publíquese ALAN GARCÍA PÉREZ Presidente Constitucional de la República YEHUDE SIMON MUNARO Presidente del Consejo de Ministros ANTERO FLORES ARÁOZ E. Ministro de Defensa 370149-17 Autorizan viaje de personal militar del Ejército a Brasil, en comisión de servicios RESOLUCIÓN SUPREMA Nº 245-2009-DE/EP/S.1.a/1-1 Lima, 8 de julio de 2009 Visto, la hoja de recomendación Nº 036/U-3.c.6.b, del 19 de mayo de 2009, de la Dirección General de Educación y Doctrina del Ejército; CONSIDERANDO: Que, con el documento del visto el comando del Ejército designó a dos (2) cadetes de la Escuela Militar de Chorrillos, para que participen como invitados en el programa de intercambio de cadetes del Ejército 2009 en la Academia Militar “Aghulas Negras” del Ejército de Brasil; Que, es conveniente para los intereses Institucionales autorizar el viaje al exterior en comisión de servicio, para que participen en el programa de intercambio de cadetes del Ejército, en la Academia Militar “Aghulas Negras” del Ejército de Brasil, en el período comprendido del 13 al 17 de julio de 2009, por cuanto las experiencias a adquirirse, redundarán en el fortalecimiento de los vínculos de intercambio profesional, amistad y camaradería con dicha Nación, dentro del ámbito de competencia del Ejército del Perú; Que, los gastos de pasajeros aéreos (ida y vuelta) y la tarifa única de uso de aeropuerto, serán sufragados con el presupuesto del Ministerio de Defensa, Ejército del Perú, Año Fiscal - 2009 y los gastos de alimentación y hospedaje serán asumidos por la República de Brasil; Que, el viaje antes citado se encuentra considerado en el plan anual de viajes priorizados del Sector Defensa AF-2009, Rubro 5.- Medidas de Confi anza Mutua, Item 41, documento que fue aprobado mediante Resolución Suprema Nº 028-2009-DE/SG, del 19 de enero de 2009; Que, de conformidad con la Ley Nº 27619 - Ley que regula la autorización de viajes al exterior de Servidores y Funcionarios Públicos, Ley Nº 29075 - Ley que establece la Naturaleza Jurídica; Función, Competencias y Estructura Orgánica Básica del Ministerio de Defensa, Ley Nº 29289 - Ley de Presupuesto del Sector Público para el año Fiscal 2009, Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM, de fecha 5 de junio del 2002 y Cuarta Disposición Final del Reglamento de Viajes al Exterior del Personal Militar y Civil del Sector Defensa, aprobado con Decreto Supremo Nº 002-2004- DE/SG de fecha 26 de enero de 2004, modifi cado con Decreto Supremo Nº 008-2004-DE/SG de fecha 30 de junio del 2004; y, Estando a lo recomendado por el señor General de Ejército Comandante General del Ejército y a lo acordado por el señor Ministro de Defensa; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Autorizar el viaje al exterior en comisión de servicio, al Cad EP Luís Jesús ORTEGA NIETO y Cad EP Alan Jesús SALOME HINOSTROZA, para que participen como invitados en el programa de intercambio de cadetes del Ejército 2009 en la Academia Militar “Aghulas Negras” de la República de Brasil, en el período comprendido del 13 al 17 de julio de 2009. Artículo 2º.- El Ministerio de Defensa - Ejército de Perú, efectuará los pagos que corresponde de acuerdo al siguiente concepto: AÑO FISCAL 2009 - Pasaje Aéreo: Lima - Río de Janeiro - Lima (Clase económica) US$ 1,239.00 x 2 personas $ 2,478.00 - Tarifa Única de Uso de Aeropuerto: US$ 31.00 x 2 personas $ 62.00 _____________ TOTAL $ 2,540.00 Artículo 3º.- El Personal Militar autorizado deberá dar cumplimiento a lo dispuesto en el artículo 10º del Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM de fecha 5 de junio de 2002 y a la Cuarta Disposición Final del Reglamento de Viajes al Exterior del Personal Militar y Civil del Sector Defensa, aprobado con el Decreto Supremo Nº 002-2004-DE/SG de fecha 26 de enero de 2004, modifi cado con Decreto