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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, jueves 9 de julio de 2009 398805 El Ministerio de la Producción dictará mediante Resolución Ministerial las disposiciones complementarias que se requieran para el adecuado cumplimiento del presente Decreto Supremo. Artículo 5º.- Refrendo El presente Decreto Supremo será refrendado por el Presidente del Consejo de Ministros y por las Ministras de Comercio Exterior y Turismo y de la Producción. Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los ocho días del mes de julio del año dos mil nueve. ALAN GARCÍA PÉREZ Presidente Constitucional de la República YEHUDE SIMON MUNARO Presidente del Consejo de Ministros MERCEDES ARAOZ FERNÁNDEZ Ministra de Comercio Exterior y Turismo ELENA CONTERNO MARTINELLI Ministra de la Producción 370149-7 RELACIONES EXTERIORES Ratifican “Memorando de Entendi- miento sobre Lucha contra la Pobreza y el Hambre entre el Gobierno de la República Federativa del Brasil y el Gobierno de la República del Perú” DECRETO SUPREMO Nº 037-2009-RE EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA CONSIDERANDO: Que, el “Memorando de Entendimiento sobre Lucha contra la Pobreza y el Hambre entre el Gobierno de la República Federativa del Brasil y el Gobierno de la República del Perú”, suscrito el 09 de noviembre de 2006, en la ciudad de Brasilia, República Federativa del Brasil; Que, es conveniente a los intereses del Perú la ratifi cación del citado instrumento internacional; Que, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 57º y 118º inciso 11 de la Constitución Política del Perú y el artículo 2º de la Ley Nro. 26647, que facultan al Presidente de la República para celebrar y ratifi car Tratados o adherir a éstos sin el requisito de la aprobación previa del Congreso; DECRETA: Artículo 1°.- Ratifícase el “Memorando de Entendimiento sobre Lucha contra la Pobreza y el Hambre entre el Gobierno de la República Federativa del Brasil y el Gobierno de la República del Perú”, suscrito el 09 de noviembre de 2006, en la ciudad de Brasilia, República Federativa del Brasil. Artículo 2°.- Dése cuenta al Congreso de la República. Dado en la casa de Gobierno, en Lima, a los ocho días del mes de julio del año dos mil nueve. ALAN GARCÍA PÉREZ Presidente Constitucional de la República JOSÉ ANTONIO GARCÍA BELAÚNDE Ministro de Relaciones Exteriores 370149-8 Autorizan al Ministerio efectuar pago de cuotas a diversos organismos internacionales RESOLUCIÓN SUPREMA Nº 216-2009-RE Lima, 8 de julio de 2009 CONSIDERANDO: Que, es obligación del Perú cumplir con el pago de las cuotas y adeudos a los organismos internacionales, de manera que permita potenciar la capacidad de negociación en las gestiones diplomáticas y acrecentar el benefi cio de los fl ujos de cooperación y asistencia técnica internacional; Que, en el presupuesto del Ministerio de Relaciones Exteriores, se han previsto recursos para el pago de cuotas a organismos internacionales; Que, en consecuencia, es necesario autorizar el pago de cuotas a organismos internacionales de acuerdo y en función a la disponibilidad de la Caja Fiscal; De conformidad con lo establecido en el artículo 67, numeral 67.1 de la Ley Nº 28411 - Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto del Sector Público para el año Fiscal 2009, y; Estando a lo acordado; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Autorizar al Ministerio de Relaciones Exteriores a efectuar el pago de las cuotas a los organismos internacionales que se detallan a continuación, por el importe de US$ 519,000.00 (QUINIENTOS DIECINUEVE MIL Y 00/100 DÓLARES DE LOS ESTADOS UNIDOS DE AMERICA): ORGANISMO DÓLARES DE LOS ESTADOS UNIDOS DE AMÉRICA SECRETARIA GENERAL DE LA COMUNIDAD 400,000.00 ANDINA (SGCAN) Pago saldo III trimestre 2008 y pago parcial IV trimestre 2008 TRIBUNAL DE JUSTICIA DE LA COMUNIDAD 119,000.00 ANDINA (TJCAN) Pago saldo III trimestre 2008 y pago parcial IV trimestre 2008 Artículo 2º.- Los gastos que demande el cumplimiento de lo dispuesto en el artículo precedente serán con cargo a la Fuente de Financiamiento Recursos Ordinarios, Función 13, Programa 045, Subprograma 0118, Actividad 00624, Componente 2387, Meta 00565, Genérica 4 Otros Gastos Corrientes, Específi ca 42 Cuotas del Presupuesto del Ministerio de Relaciones Exteriores correspondiente al Ejercicio 2009. Articulo 3º.- La equivalencia en moneda nacional será establecida según el tipo de cambio vigente a la fecha de pago. Regístrese, comuníquese y publíquese. ALAN GARCÍA PÉREZ Presidente Constitucional de la República JOSÉ ANTONIO GARCÍA BELAÚNDE Ministro de Relaciones Exteriores 370149-21 RESOLUCIÓN SUPREMA Nº 217-2009-RE Lima, 8 de julio de 2009 CONSIDERANDO: Que, es obligación del Perú cumplir con el pago de las cuotas y adeudos a los organismos internacionales,