Norma Legal Oficial del día 18 de julio del año 2009 (18/07/2009)


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TEXTO DE LA PÁGINA 40

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NORMAS LEGALES

El Peruano MORDAZA, sabado 18 de MORDAZA de 2009

Admiten a tramite solicitud de autorizacion de funcionamiento provisional del Proyecto de Escuela de Postgrado "Neumann Business School"
"Proyecto de Escuela de Postgrado Neumann Business School" RESOLUCION Nº 281-2009-CONAFU MORDAZA, 15 de junio de 2009 VISTOS: El Escrito recibido con fecha 06 de enero de 2009, la Resolucion Nº 165-2009-CONAFU de fecha 07 de MORDAZA de 2009, la Carta Nº 154 recibida con fecha 30 de MORDAZA de 2009, el Informe Legal Nº 207-2009-CONAFUCJ de fecha 07 de MORDAZA 2009, el Oficio Nº 455-2009CONAFU-CDAA de fecha 21 de MORDAZA de 2009, y el Acuerdo Nº 247-2009-CONAFU de la sesion del Pleno del Consejo Nacional para la Autorizacion de Funcionamiento de Universidades -CONAFU llevada a cabo el dia 26 de MORDAZA de 2009, y; CONSIDERANDO: Que, por Ley Nº 26439, se crea el Consejo Nacional para la Autorizacion de Funcionamiento de Universidades -CONAFU, como organo MORDAZA de la Asamblea Nacional de Rectores, teniendo como una de sus atribuciones: Evaluar los proyectos y solicitudes de autorizacion de funcionamiento de las nuevas universidades a nivel nacional, emitiendo resoluciones autorizando o denegando el funcionamiento provisional, en concordancia con el inciso a) del articulo 3º del Estatuto del CONAFU, aprobado por Resolucion Nº 1892006-CONAFU de fecha 13 de MORDAZA de 2006; Que, en el referido articulo 10º del Estatuto, se establece que: Son atribuciones del Pleno del Consejo Nacional para la Autorizacion de Funcionamiento de Universidades: ... k) "Autorizar o denegar las solicitudes de autorizacion provisional de funcionamiento de Escuelas de Postgrado, de acuerdo al Decreto Legislativo Nº 882; en concordancia con el articulo 1º del Reglamento para la Autorizacion de Funcionamiento de Escuelas de Postgrado no pertenecientes a Universidades, aprobado por Resolucion Nº 534-2008-CONAFU de fecha 19 de diciembre de 2008 (En adelante Reglamento), t) Cumplir las funciones que por Ley, Estatuto o Reglamentos corresponda al Pleno del CONAFU"; Que, en el articulo 5º del Reglamento, se establece: "El tramite de una solicitud para la autorizacion de funcionamiento provisional de Escuelas de Postgrado, tiene cinco (5) fases, entre ellas se encuentra: a) Admitir a tramite el Proyecto de Desarrollo de la Escuela de Postgrado ­ PDEP"; Que, en el articulo 10º del mencionado Reglamento, se establece: "El procedimiento se inicia con la MORDAZA de la solicitud de autorizacion de funcionamiento de la Escuela de Postgrado ante el CONAFU, previo pago de la tasa administrativa para la calificacion de admision a tramite de la solicitud, de acuerdo al MORDAZA vigente. La Unidad de Recepcion del CONAFU, revisara si la solicitud reune los requisitos de admisibilidad y que el expediente ha sido adecuadamente conformado, haciendo constar en el formato de "Hoja de Tramite" la existencia de cada uno de los documentos adjuntados y debidamente foliados. Si faltara algun requisito o documento, lo MORDAZA constar en el formato "Hoja de Tramite", senalando e informando al administrado que dispone de dos dias habiles (48 horas) para completar el expediente, bajo sancion de tenerse por no presentada la solicitud, procediendo a devolverse el expediente al administrado. Si el expediente se encuentra conforme la Secretaria General remitira la Parte "a)" a la Consejeria de Asuntos Academicos y la Parte "b)" a la Comision Juridica, quienes dispondran de cinco (5) dias calendario para evaluar si los requisitos formales de admisibilidad se ajustan a las normas del CONAFU. Si los informes son favorables, se iniciara el procedimiento corriendo los plazos y terminos establecidos en el presente Reglamento; si el Informe fuera desfavorable se otorgara a la Promotora el plazo de ocho (8) dias habiles para que subsane las deficiencias de admisibilidad encontradas o

en su defecto se expedira la resolucion que declara su inadmisibilidad"; Que, con Escrito recibido con fecha 06 de enero de 2009, los senores MORDAZA Nunez MORDAZA y MORDAZA Nunez MORDAZA, Promotores del Proyecto de Escuela de Postgrado Neumann Business School, presentan el PDI de su Proyecto de Escuela de Postgrado, para su aprobacion y autorizacion correspondiente por el CONAFU; Que, por Resolucion Nº 165-2009-CONAFU de fecha 07 de MORDAZA de 2009, se resuelve declarar inadmisible la solicitud de Autorizacion de Funcionamiento del Proyecto de Desarrollo Institucional del Proyecto de Escuela de Postgrado: "Neumann Business School", presentado por el senor MORDAZA Nunez MORDAZA, en calidad de Promotor del referido Proyecto de Escuela de Postgrado; concediendosele el plazo de 8 dias habiles para subsanar las omisiones advertidas, bajo apercibimiento de expedirse resolucion de tenerse por no presentada la solicitud de Autorizacion de Funcionamiento Provisional y archivarse el expediente en forma definitiva, en caso de incumplimiento; Que, con Carta Nº 154 recibida con fecha 30 de MORDAZA de 2009, el senor MORDAZA Nunez MORDAZA, Promotor del Proyecto de Escuela de Postgrado: "Neumann Business School", remite el levantamiento de observaciones del PDI de su Proyecto de Escuela de Postgrado, remitidas mediante Resolucion Nº 165-2009-CONAFU; Que, por Informe Legal Nº 207-2009-CONAFUCJ de fecha 07 de MORDAZA 2009, la Comision Juridica del CONAFU informa al Pleno del CONAFU sobre la Carta Nº 154 presentada por el senor MORDAZA Nunez MORDAZA, Promotor del Proyecto de Escuela de Postgrado: "Neumann Business School" donde remite el levantamiento de observaciones del PDI de su Proyecto de Escuela de Postgrado, opinando que las observaciones han sido levantadas satisfactoriamente; razon por la cual la Comision Juridica considera que la Parte "B" del PDI se encuentra apta para su admision a tramite; Que, con Oficio Nº 455-2009-CONAFU-CDAA de fecha 21 de MORDAZA de 2009, el Consejero de Asuntos Academicos, informa que la Promotora del Proyecto de Escuela de Postgrado: "Neumann Business School", ha cumplido con levantar satisfactoriamente las observaciones correspondientes a la Parte "A" cumpliendo asi con los requisitos de admisibilidad de esta parte del Proyecto de Escuela de Postgrado; Que, en el articulo 11º del Reglamento, se establece que: "Con los dictamenes favorables la Secretaria General solicitara a la Promotora el pago de la tasa administrativa para la evaluacion del Proyecto, de acuerdo al MORDAZA vigente, programando una entrevista de los promotores y miembros del Consejo Directivo propuesto con los Consejeros del CONAFU, con la finalidad de conocer, sobre su hoja de MORDAZA documentada, su vinculacion con la actividad academica, su identificacion y compromiso con el Proyecto de Desarrollo Institucional. Luego el expediente sera puesto en consideracion del Pleno del CONAFU para su admision a tramite"; Que, con fecha 25 de MORDAZA de 2009 se ha llevado a cabo la entrevista de los Promotores y Comision Organizadora propuesta del Proyecto de Escuela de Postgrado "Neumann Business School", con los miembros del Pleno del CONAFU; en cumplimiento de la MORDAZA descrita en el parrafo anterior; Que, en sesion de fecha 26 de MORDAZA de 2009, el Pleno del CONAFU por Acuerdo Nº 247-2009-CONAFU aprobo por UNANIMIDAD: Admitir a tramite la solicitud de Autorizacion de Funcionamiento Provisional del Proyecto de Escuela de Postgrado "Neumann Business School", presentado por los senores MORDAZA Nunez MORDAZA y MORDAZA Nunez MORDAZA, en nombre de la Promotora "Neumann Business School S.A.C."; con los siguientes programas de Maestrias: 1) Maestria en Ingenieria Informatica, 2) Maestria en Gestion Minera y Ambiental, 3) Maestria en Administracion de Negocios y 4) Maestria en Derecho de la Empresa; En atencion a lo expuesto en los considerandos precedentes; SE RESUELVE: Articulo Primero.- ADMITIR a tramite la solicitud de autorizacion de funcionamiento provisional del Proyecto de Escuela de Postgrado "Neumann Business School",

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