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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, sábado 6 de junio de 2009 397139 ORDENANZA DECLARA ZONAS RÍGIDAS PARA EL COMERCIO AMBULATORIO EN CALLES Y AVENIDAS DE LA CIUDAD DE HUARAL Artículo Único.- APROBAR la ampliación de las Zonas Rígidas para el comercio ambulatorio, establecidas en la Ordenanza Municipal Nº 006-2004-MPH de fecha 25 de Febrero del 2004, las 24 horas del día, a los siguientes Tramos, Pasajes, Calles y Avenidas de la ciudad de Huaral: Por el Norte: - Av. Mariscal Cáceres desde la intersección del Psje. San Juan y la Alameda los Héroes hasta la intersección con la Av. Benjamín Doig Losio y Calle Los Geranios. - Calle Los Geranios en toda su extensión hasta empalmar con la Av. Andrés Mármol Castellanos. Por el Oeste: - Av. Chancay cuadras 1, 2, 3 y 4 hasta la intersección con la Av. Argentina. - Todo el perímetro de la Plaza Centenario. Por el Sur: - Prolongación de la Av. Estación (salida sur a Lima) hasta la intersección del ingreso a la Urb. El Amauta. - Tramo comprendido de la intersección del ingreso a la Urb. El Amauta con la Prolongación Estación (salida Sur a Lima) y Camino Viejo a Jesús del Valle, doblando hacia la izquierda hasta la Esquina Sur Oeste del Mercado Modelo. - Tramo comprendido desde la Esquina Sur Oeste del Mercado Modelo hasta la Esquina Sur Este del mismo Mercado interceptando con la Prolongación Morales Bermúdez. - Prolongación Morales Bermúdez en el tramo comprendido desde la Av. Circunvalación Sur hasta la Esquina Sur Este del Mercado Modelo. Por el Este: - Tramos sin nombre comprendido desde la Av. Circunvalación Este hasta la Av. Alameda Huando. - Tramo Comprendido desde la intersección de la Calle Camal Viejo con Calle Derecha hasta la intersección de la Av. Huando con el ingreso al Mercado García Alonso por el lado Nor-Este. POR TANTO: Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase. JAIME C. URIBE OCHOA Alcalde 356574-1 PROYECTO SUPERINTENDENCIA NACIONAL DE SERVICIOS DE SANEAMIENTO Proyecto de Procedimiento para la incorporación en el Plan Maestro Optimizado de las EPS de los Proyectos Autosostenibles a ejecutarse como consecuencia de un proceso de competencia entre dos o más postores RESOLUCIÓN DE CONSEJO DIRECTIVO Nº 023-2009-SUNASS-CD Lima, 27 de mayo de 2009 VISTO: El Informe Nº 036-2009-SUNASS/110, de la Gerencia de Regulación Tarifaria, la Gerencia de Políticas y Normas y la Gerencia de Asesoría Jurídica, sobre el procedimiento para incorporar en el PMO de las Empresas Prestadoras de Servicios de Saneamiento los proyectos autosostenibles a ejecutarse como consecuencia de un proceso de competencia entre dos o más postores. CONSIDERANDO: Que, la Ley Nº 27332- Ley Marco de los Organismos Reguladores de la Inversión Privada en los Servicios Públicos- modifi cada por la Ley Nº 27631, faculta a los Organismos Reguladores a dictar en el ámbito y materia de su competencia, las normas que regulen los procedimientos a su cargo, otras de carácter general, la fi jación de tarifas de los servicios, la solución de reclamos y la imposición de medidas correctivas y sanciones, entre otras; Que, conforme lo dispone la Ley Nº 26338 – Ley General de Servicios de Saneamiento, corresponde a esta Superintendencia establecer la normatividad, los procedimientos y las fórmulas para el cálculo de las tarifas; Que, el numeral 14.5 del artículo 14º del Reglamento de la Ley Marco de Promoción de la Inversión Descentralizada, incorporado por Decreto Supremo Nº 013-2007-PCM, determinó que en caso la iniciativa privada propuesta contemple un nivel de ingresos por la prestación del servicio público que incorpore incrementos tarifarios, estos incrementos serán considerados en el esquema fi nanciero del proyecto en tanto se encuentren previamente aprobados; Que, con el informe del visto las Gerencias de Regulación Tarifaria; Políticas y Normas; y Asesoría Jurídica, señalan la necesidad de establecer el procedimiento que permita incorporar en el PMO de las Empresas Prestadoras de Servicios de Saneamiento los Proyectos Autosostenibles adjudicados como consecuencia de un proceso de competencia, garantizando de manera imparcial los intereses de los usuarios, de las EPS y de todo aquel que ejecute proyectos de inversión en la prestación del servicio de saneamiento; De conformidad con lo dispuesto por la Ley Nº 27332; el Decreto Supremo Nº 017-2001-PCM; y el Acuerdo de Consejo Directivo adoptado en la Sesión Nº 011-2009; SE RESUELVE: Artículo Primero.- Aprobar la publicación del proyecto de procedimiento para la incorporación en el Plan Maestro Optimizado de las EPS de los Proyectos Autosostenibles a ejecutarse como consecuencia de un proceso de competencia entre dos o más postores, así como su correspondiente Exposición de Motivos, en el Diario Ofi cial “El Peruano” y en la página web de la SUNASS (www.sunass.gob.pe). Artículo Segundo.- Otorgar a los interesados un plazo de quince (15) días calendario contados desde el día siguiente a la fecha de la publicación de la presente Resolución en el Diario Ofi cial El Peruano, para que presenten sus comentarios sobre el proyecto señalado en el artículo anterior, en el local de la SUNASS, ubicado