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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, sábado 6 de junio de 2009 397136 todos los demás aspectos de relevancia e interés para la población surquillana 8.7. El equipo técnico concluye sus funciones a la fi nalización del proceso participativo conforme a la presente Ordenanza. Artículo 9º.- Inicio del proceso.- El Proceso del Presupuesto Participativo del año 2010 se iniciará con la convocatoria que efectúa el Alcalde, en su calidad de Presidente del Consejo de Coordinación Local Distrital, con la publicación de la presente Ordenanza en el Diario Ofi cial El Peruano, así como del cronograma del proceso del presupuesto participativo cuyo Anexo se adjunta y que contiene el desarrollo de los talleres que se describen en la presente Ordenanza. Artículo 10º.- Actuación previa de las organizaciones inscritas con sus representados.- Previo al inicio de los Talleres descritos en la presente Ordenanza, las organizaciones inscritas en el Registro descrito en el artículo 4º deberán reunirse con los ciudadanos a los que representan, con el propósito de determinar sus propios problemas y potencialidades y, de ser el caso, señalar su interés de participar en la solución de determinados problemas y/o aprovechamiento de determinadas potencialidades mediante el aporte concreto de recursos fi nancieros, físicos o humanos. Para el desarrollo del proceso participativo, la Municipalidad de Surquillo asume que los delegados acreditados de las organizaciones inscritas en el Registro recogen de sus representados aquellos aspectos descritos en el párrafo anterior. Artículo 11º.- Instalación del Proceso del Presupuesto Participativo 2010 y participación del Consejo de Coordinación Local Distrital.- Corresponde al Consejo de Coordinación Local Distrital de Surquillo instalar el proceso del presupuesto participativo 2010 en el Primer Taller de Capacitación. El Alcalde declara al Consejo de Coordinación Local Distrital en sesión permanente hasta la fecha en que se formalicen los acuerdos del proceso conforme al artículo 16º de la presente Ordenanza, encargándose al Presidente del Equipo Técnico el desarrollo de los talleres. Todos los miembros del Consejo participan en todo el proceso como miembros plenos, gozando de las prerrogativas que les concede la Ley Orgánica de Municipalidades, encontrándose habilitados para participar en los talleres descritos en la presente Ordenanza. Artículo 12º.- Atribuciones de los Agentes Participantes.- Los agentes participantes inscritos en el Registro a que alude el artículo 4º de la presente Ordenanza tienen derecho a voz y voto en las discusiones y toma de decisiones en el proceso del presupuesto participativo y conforme a los mecanismos que determine el equipo técnico. Artículo 13º.- Primer Taller: Capacitación de los Agentes Participantes y Rendición de Cuentas del Proceso del Presupuesto Participativo 2010- Como primera etapa del proceso, el Equipo Técnico, conforme al cronograma aprobado, se encargará de desarrollar un Taller de Capacitación para los agentes participantes relacionado con los aspectos normativos y técnicos propios del proceso participativo del año 2010. Para ello deberá aplicar una estrategia de información, difusión y capacitación sobre presupuesto participativo. Seguidamente, el Equipo Técnico rendirá cuentas respecto al cumplimiento de los acuerdos y compromisos asumidos en el proceso participativo del año 2009, dando cuenta del impacto de la inversión realizada en el desarrollo local y el grado de avance en la implementación del Plan de Desarrollo Concertado y el nivel de cumplimiento de los compromisos asumidos por cada uno de los actores públicos y privados participantes del proceso. El Equipo Técnico entregará a los agentes participantes la información correspondiente a la rendición de cuentas de los resultados del proceso participativo del año 2008, así como la sustentación de los cambios efectuadas y modifi caciones presupuestarias originadas por variaciones en las acciones priorizadas en el proceso. Artículo 14º.- Segundo Taller: Taller de Trabajo de Diagnóstico Temático y Territorial y Validación del Plan Integral de Desarrollo Concertado del Distrito.- El Taller de Trabajo de Diagnóstico Temático y Territorial se desarrollará en las fechas descritas en el cronograma aprobado; el Equipo Técnico podrá agrupar a los agentes participantes estableciendo subtalleres en función a los criterios temáticos que señalan las disposiciones citadas en el artículo 3º y que sean acordes a la realidad de la jurisdicción Distrital. En este taller, al determinarse y establecerse un diagnóstico distrital, los agentes participantes procederán a revisar, validar o modifi car la visión de desarrollo contenida en el Plan Integral de Desarrollo Concertado del Distrito y la determinación de los ejes estratégicos o temáticos contenidos en él. Sobre dicha base, los agentes participantes proponen desarrollar acciones o propuestas de inversión en cada uno de los ejes estratégicos, analizándose las mismas a efectos de ser priorizadas para defi nir su viabilidad técnica. Corresponde al Equipo Técnico efectuar la evaluación técnica y fi nanciera de las propuestas o proyectos resultantes de este Taller, defi niendo su viabilidad dentro del marco normativo del Sistema Nacional de Inversión Pública –SNIP-. Artículo 15º.- Tercer Taller: Taller de Defi nición de Criterios y Priorización de Proyectos.- En este Taller, el Presidente del Equipo Técnico informará a los agentes participantes respecto de los recursos con los que se dispone para la priorización de los proyectos presentados, una vez deducidas las obligaciones fi jas e ineludibles. Con dicha información, los Agentes Participantes discutirán y defi nirán los criterios para la priorización de los proyectos de inversión con estudio de viabilidad, para establecer un orden de prelación, considerando la distribución temática y territorial de los recursos que previamente haya sido determinada por el Equipo Técnico, para su proposición al Consejo de Coordinación Local Distrital. Al término del Taller, se elabora y suscribe un Acta de Acuerdos y Compromisos del Proceso del Presupuesto Participativo 2010 la cual es fi rmada por los agentes participantes y el equipo técnico. Artículo 16º.- Documento del Proceso Participativo para el Año Fiscal 2010.- El Equipo Técnico recibirá los acuerdos adoptados por los agentes participantes en el Taller de Defi nición de Criterios y Priorización de Proyectos procediendo a su revisión y adecuación técnica y fi nanciera conforme a las disposiciones técnicas y administrativas pertinentes, elaborando el Documento del Proceso Participativo para el año 2010, conforme a las pautas descritas en el Instructivo citado en el artículo 3º, para su remisión al Alcalde quien, de encontrarlo conforme, lo remitirá al Consejo de Coordinación Local Distrital para su discusión y concertación mediante Acuerdo. Artículo 17º.- Concertación del Presupuesto Participativo por el Consejo de Coordinación Local Distrital.- El Alcalde convoca al Consejo de Coordinación Local Distrital conforme al Reglamento aprobado por Ordenanza Nº 109/MDS para la revisión de los proyectos priorizados y la concertación de los mismos para su incorporación en el Presupuesto Institucional de Apertura de la Municipalidad de Surquillo correspondiente al Ejercicio 2010, remitiendo el Acuerdo respectivo al Concejo Municipal para su conocimiento y pronunciamiento. Artículo 18º.- Remisión de Acuerdo a la Dirección Nacional de Presupuesto Público.- Corresponde a la Gerencia de Planeamiento y Presupuesto remitir el Acuerdo del Consejo de Coordinación Local Distrital de Surquillo, conjuntamente con el Acta de Acuerdos y Compromisos del Proceso Participativo, el Documento del Proceso Participativo para el Año Fiscal 2010 y el Proyecto