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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 06 DE JUNIO DEL AÑO 2009 (06/06/2009)

CANTIDAD DE PAGINAS: 64

TEXTO PAGINA: 59

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, sábado 6 de junio de 2009 397137 de Presupuesto Institucional a la Dirección Nacional de Presupuesto Público en el plazo establecido en la Directiva de Programación, Formulación y Aprobación del Presupuesto de los Gobiernos Locales aprobada por el Ministerio de Economía y Finanzas. CAPÍTULO IV COMITÉ DE VIGILANCIA Y CONTROL Artículo 19º.- Elección del Comité de Vigilancia y Control.- El Comité de Vigilancia y Control del Presupuesto Participativo 2010 es elegido por y entre los agentes participantes de la sociedad civil. Éste se conforma una vez concluido el Tercer Taller a que se alude en el artículo 15º y finaliza su labor en Diciembre del año siguiente. El número mínimo de personas que integran los Comités de Vigilancia y Control es de cuatro (4) miembros titulares y dos (2) suplentes. La elección del Comité de Vigilancia y Control se formaliza por Resolución de Alcaldía. El Comité designado conforme al párrafo anterior y vigente para el presente año y el año 2010, coexiste con aquel que fuera designado en el año 2008 y que culmina sus funciones en Diciembre de 2009. Artículo 20º.- Funciones del Comité de Vigilancia y Control.- El Comité de Vigilancia y Control del Presupuesto Participativo 2010 ejerce las acciones de vigilancia en el cumplimiento de los acuerdos y la evaluación periódica de los avances en la ejecución de los proyectos del presupuesto participativo. Desarrolla las acciones descritas en el Instructivo citado en el artículo 3º y está obligado a recibir la información para el cumplimiento de sus funciones conforme al precitado Instructivo. DISPOSICIONES FINALES Primera.- La Gerencia Municipal impartirá las directivas necesarias a las dependencias administrativas competentes para garantizar una amplia difusión a la comunidad del inicio y desarrollo del proceso participativo, brindará facilidades a los participantes en el proceso que aseguren el acceso a la información y proporcionará todo el apoyo logístico y de recursos humanos que requiera el Equipo Técnico para el cumplimiento de sus funciones. Segunda.- Para los efectos de la inscripción de las organizaciones de jóvenes, y en tanto se constituya el Registro de Organizaciones de Jóvenes en el RUOS, la Gerencia de Desarrollo Social y de Juventudes abrirá un registro provisional para la acreditación de dichas organizaciones, generadas de Concejos Municipales Escolares u otras formas de organización juvenil. La Gerencia determinará mediante directiva los requisitos para la inscripción de estas organizaciones, encontrándose ellas exceptuadas de lo previsto en los artículos 5º y 6º de la presente Ordenanza, para su participación en el proceso, a través de dos delegados quienes asumirán los roles de delegado titular y alterno, respectivamente. Tercera,- El Alcalde de la Municipalidad Distrital de Surquillo esta autorizado a fi rmar convenios con las instituciones públicas y privadas correspondientes de acuerdo a Ley, que permitan garantizar la legalidad y Transparencia del proceso materia de esta Ordenanza, así como contar con el personal Profesional especializado y técnico que se requiera para desarrollar el Proceso del Presupuesto Participativo 2010. Cuarta.- Las situaciones técnicas no previstas en la presente Ordenanza referidas al desarrollo de los Talleres de Trabajo serán resueltas por el Equipo Técnico, dentro del marco legal previsto el artículo 3º de la presente Ordenanza. Quinta.- Forma parte integrante de la presente Ordenanza, el Anexo que contiene el cronograma del proceso del presupuesto participativo del año 2010, estando facultado el Alcalde a modifi carlo, a propuesta del equipo técnico, mediante Decreto de Alcaldía. POR TANTO: Mando se publique y cumpla. GUSTAVO SIERRA ORTIZ Alcalde Anexo – Ordenanza Cronograma del Proceso del Presupuesto Participativo 2010 Convocatoria: 29 de Mayo de 2009 Inscripción de Agentes Participantes: Del 30 de Mayo al 13 de Junio de 2009 Primer Taller: Taller de Capacitación y de Rendición de Cuentas: 16 de Junio de 2009 Segundo Taller: Taller de Trabajo de Diagnóstico Temático y Territorial y Validación del Plan Integral de Desarrollo Concertado del Distrito 19 de Junio de 2009 Tercer Taller: Taller de Defi nición de Criterios y Priorización de Proyectos 26 de Junio de 2009 Formalización de Acuerdos del Proceso del Presupuesto Participativo 26 de Junio de 2009 Presentación del Documento del Proceso Participativo para el Año Fiscal 2010 20 de Julio de 2009 Concertación de Presupuesto Participativo por el CCLD 23 de Julio de 2009 356531-1 MUNICIPALIDAD DE VILLA MARÍA DEL TRIUNFO Aprueban Reglamento del Presupuesto Participativo 2010 ORDENANZA Nº 085/MVMT Villa María del Triunfo, 28 de mayo de 2009 EL CONCEJO DISTRITAL DE VILLA MARÍA DEL TRIUNFO APROBAR EL REGLAMENTO DEL PROCESO DE ELABORACIÓN DEL PRESUPUESTO PARTICIPATIVO PARA EL EJERCICIO 2010 EN EL DISTRITO DE VILLA MARÍA DEL TRIUNFO Artículo Primero.- APROBAR el Reglamento del Presupuesto Participativo 2010 el cual consta de 7 Títulos, 28 artículos, 3 Disposiciones Transitorias y Complementarias, una Disposición Derogatoria y un Anexo. Artículo Segundo.- ENCARGAR a la Gerencia de Planeamiento y Presupuesto, a la Subgerencia de Participación Vecinal y a la Gerencia de Lucha contra la Pobreza, Cooperación Técnica y Agencias de Desarrollo, la ejecución de la presente Ordenanza. Artículo Tercero.- PUBLICAR el texto del integro del Reglamento de Presupuesto Participativo 2010, la propuesta de Proyectos de carácter Distrital a presentarse en los talleres y los integrantes del Equipo Técnico del Presupuesto Participativo 2010, en la página web institucional www.munivmt.gob.pe, en los paneles informativos de la Municipalidad y en las Agencias Municipales. Regístrese, publíquese, comuníquese y ejecútese. JUAN JOSÉ CASTILLO ANGELES Alcalde 357093-1