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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, domingo 7 de junio de 2009 397196 Artículo Segundo.- Encargar el cumplimiento del presente decreto a la Gerencia Municipal y a la Gerencia de Desarrollo Económico. Regístrese, comuníquese y cúmplase. CARLOS JOSE BURGOS HORNA Alcalde 357171-1 MUNICIPALIDAD DE SANTA MARÍA DEL MAR Aprueban Reglamento de Organización y Funciones y la Estructura Orgánica de la Municipalidad ORDENANZA N° 119 EL ALCALDE DE SANTA MARÍA DEL MAR; POR CUANTO: El Concejo Municipal en Sesión Ordinaria de la fecha 30 de mayo del 2009 ha dado la siguiente ORDENANZA QUE APRUEBA EL NUEVO REGLAMENTO DE ORGANIZACIÓN Y FUNCIONES (ROF) Y LA ESTRUCTURA ORGÁNICA (ORGANIGRAMA) DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE SANTA MARÍA DEL MAR Artículo Primero.- Apruébase el nuevo Reglamento de Organización y Funciones (ROF) y la Estructura Orgánica (Organigrama) de la Municipalidad Distrital de Santa María del Mar, que forman parte integrante de la presente Ordenanza. Artículo Segundo.- Derógase las ordenanzas Nº 99 y Nº 114 así como toda disposición que se oponga a lo dispuesto en la presente Ordenanza. Artículo Tercero.- La presente Ordenanza entrará en vigencia a partir del día siguiente de su publicación en el Diario Ofi cial El Peruano. DISPOSICIÓN TRANSITORIA Única.- La Ordenanza que aprueba el nuevo Reglamento de Organización y Funciones (ROF) y la Estructura Orgánica (Organigrama) será publicada en el Diario Ofi cial El Peruano y su texto íntegro en el Portal del Estado Peruano (www.perú.gob.pe) y en el de la Municipalidad Distrital de Santa María del Mar (www. stamaríadelmar.gob.pe). POR TANTO Conforme al artículo 20º inciso 5º de la Ley Orgánica de Municipalidades, la promulgo en Santa María del Mar a los treinta días del mes de mayo de 2009 y mando que se publique y cumpla. ANGEL RAÚL ABUGATTAS NAZAL Alcalde 357118-1 Aprueban solicitud para la adjudicación directa de la propiedad de predio de dominio privado de la Municipalidad ACUERDO DE CONCEJO N° 006-2009/MSMM Santa María del Mar, 23 de febrero de 2009 EL CONCEJO DE SANTA MARIA DEL MAR Vistos, el expediente Nº 10–2009, mediante el cual la fi rma Inversiones 2055 S.A.C. solicita la adjudicación directa del predio de dominio privado de la Municipalidad inscrito en la partida 11738185 del Registro de Predios de Lima, con una superfi cie de diecisiete mil quinientos ochenta y cinco metros cuadrados y 87 decímetros cuadrados (17.585,87 m2). CONSIDERANDO: Que, por iniciativa privada de la compañía recurrente, aprobada por Acuerdo del Concejo Nº 003-2008, adoptado el 7 de marzo del 2008, la Municipalidad convocó a la Licitación Pública Especial Nº 001-2008-MSMM para el desarrollo del Complejo Residencial Santa María del Mar; Que, la citada Licitación Pública Especial fue declarada desierta por el CEPRI-SMM, por no haberse recibido ninguna oferta válida, incluida la de la fi rma autora de la iniciativa privada; Que, el artículo 77º del reglamento de la Ley General del Sistema Nacional de Bienes Estatales, Ley 29151, establece que procede la venta directa de bienes de dominio privado a favor de particulares cuando se ejecutará un proyecto de interés local, cuya viabilidad haya sido califi cada y aprobada por el Concejo Municipal; Que, al aprobar la iniciativa privada mediante el Acuerdo del Concejo Nº 003-2008, de 7 de marzo del 2008, la Municipalidad ha califi cado el proyecto como de interés local y viable, por lo que la solicitud de la fi rma recurrente es procedente; Que, la resolución de la Superintendencia Nacional de Bienes Estatales que adjudicó la propiedad del predio a la Municipalidad establece que, en el caso de transferencia de la propiedad del bien a título oneroso, el cincuenta por ciento (50%) del valor obtenido corresponde a la Municipalidad, el cuarenta por ciento (40%) al Tesoro Público y el diez por ciento (10%) a la Superintendencia Nacional de Bienes Estatales; Con base en los artículos 64º y 77º del reglamento de la Ley General del Sistema Nacional de Bienes Estatales, Ley 29151, aprobado por el Decreto Supremo 007-2008- VIVIENDA, y en ejercicio de las atribuciones que le confi ere la Ley Orgánica de Municipalidades, ha adoptado el siguiente: ACUERDO: Artículo Primero.- Aprobar la solicitud de la fi rma Inversiones 2055 S.A.C. la cual solicita para que se le adjudique directamente la propiedad del predio de dominio privado de la Municipalidad inscrito en la partida Nº 11738185, con una superfi cie de diecisiete mil quinientos ochenta y cinco metros cuadrados y 87 decímetros cuadrados (17.585,87 m2) por el precio de S/. 36,00 por metro cuadrado, lo que arroja un precio total de seis cientos treinta y tres mil noventa y un con 32/100 nuevos soles (S/. 633,091.32), que será pagado íntegramente al suscribirse la escritura pública de transferencia de la propiedad. Artículo Segundo.- La fi rma adquiriente del bien está obligada a desarrollar sobre el terreno materia de la adjudicación directa el proyecto de habilitación urbana y construcción de viviendas que consignaba en la iniciativa que presentó a la Municipalidad y que fue aprobada por el Concejo mediante Acuerdo Nº 003-2008, de 7 de marzo del 2008. Artículo Tercero.- Autorizar la distribución de los fondos que se obtengan de la adjudicación directa conforme a lo que disponen el artículo 64º del reglamento de la Ley General del Sistema Nacional de Bienes Estatales aprobado por el Decreto Supremo 007-2008- VIVIENDA. Artículo Cuarto.- Aprobar la modifi cación del presupuesto anual del ejercicio 2009 mediante un crédito suplementario por el monto que corresponde a la Municipalidad por la adjudicación directa del terreno materia de este Acuerdo.