Norma Legal Oficial del día 07 de junio del año 2009 (07/06/2009)


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TEXTO DE LA PÁGINA 53

El Peruano MORDAZA, MORDAZA 7 de junio de 2009

NORMAS LEGALES

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y Rentas facultada a conceder extraordinariamente fraccionamiento por los montos insolutos de los tributos y multas administrativas generadas como consecuencia de la ejecucion de la MORDAZA de "Fiscalizacion Integral de Predios", de acuerdo al Reglamento de Pago Fraccionado vigente en el distrito, debiendo unicamente mantener el interes proveniente del propio fraccionamiento. Articulo Cuarto.- Beneficio Administrativo Los beneficios administrativos estan dirigidos a aquellos contribuyentes que cumplan con los requisitos y procedimiento establecido en el articulo MORDAZA de la presente Ordenanza y es el siguiente: 1. La condonacion del ciento por ciento (100%) de las multas administrativas que pudieran generarse a consecuencia de la comision de una infraccion administrativa detectada al momento de la inspeccion de fiscalizacion. Aquellos infractores que segun las disposiciones legales vigentes no pudieran subsanar la infraccion cometida, no obtendran ningun beneficio. Las infracciones derivadas de la falta de autorizaciones municipales para edificar (edificacion de obra nueva, regularizaciones, ampliaciones, remodelaciones o similares), no se encuentran comprendidas en el beneficio MORDAZA referido. Articulo Quinto.- Del acogimiento a la MORDAZA y a los beneficios otorgados La formalizacion de las obligaciones tributarias y administrativas, por parte del contribuyente constituye expreso reconocimiento de la infraccion y de la deuda, por lo que no podran presentarse futuras reclamaciones y/o solicitudes de devoluciones por tales conceptos. No obstante ello, en caso de presentarse estas, debera entenderse que el recurrente renuncia a los beneficios obtenidos. Articulo Sexto.- Perdida de Beneficios Los contribuyentes que se acojan a los beneficios establecidos en la presente Ordenanza, perderan los beneficios, en cualquiera de los siguientes supuestos: 1. No presentar Declaracion Jurada de Autoavaluo dentro de los plazos establecidos en el articulo MORDAZA, inciso 4) de la presente Ordenanza. En tal supuesto, esta Municipalidad determinara la deuda respectiva, en ejercicio de sus facultades de fiscalizacion previstas en el Texto Unico Ordenado del Codigo Tributario. 2. No cumplir con realizar la regularizacion administrativa que le correspondiera, por las infracciones detectadas. 3. No cancelar o fraccionar las deudas generadas, dentro del plazo establecido en el articulo MORDAZA, inciso 5). 4. Presentar recursos de reclamacion en lo tributario o de reconsideracion en lo administrativo, en contra del MORDAZA de fiscalizacion realizado. Estos contribuyentes podra acogerse al Regimen de Gradualidad de Sanciones establecido en la Ordenanza Nº 272-MDMM, en lo que corresponda Articulo Septimo.- Pagos anteriores Los montos pagados con anterioridad a la vigencia del presente beneficio no seran materia de devolucion o compensacion. DISPOSICIONES FINALES: Primera.- ENCARGUESE el cumplimiento de la presente Ordenanza a la Gerencia de Administracion Tributaria y Rentas, Gerencia de Desarrollo MORDAZA y Obras, Gerencia de Desarrollo Social y Economico, Departamento de Policia Municipal y Departamento de Informatica y Estadistica. Asimismo encarguese la difusion de la presente Ordenanza al Departamento de Imagen Institucional.

Segunda.- FACULTESE al MORDAZA a dictar las disposiciones complementarias necesarias para la correcta ejecucion de la presente Ordenanza, mediante la emision del correspondiente Decreto de Alcaldia. Tercera.- La presente ordenanza estara en vigencia desde el dia siguiente de su publicacion hasta el 30 de junio del 2010. Registrese, publiquese, comuniquese y cumplase MORDAZA MORDAZA MORDAZA OYAGUE MORDAZA 357058-1

MUNICIPALIDAD DE SAN MORDAZA DE LURIGANCHO
Modifican D.A. Nº 030 que establecio a integrantes de la Comision Tecnica Mixta del Servicio de Transporte Publico Especial de Pasajeros en Vehiculos Menores
DECRETO DE ALCALDIA Nº 011 San MORDAZA de Lurigancho, 29 de MORDAZA de 2009 EL MORDAZA DE LA MUNICIPALIDAD DE SAN MORDAZA DE LURIGANCHO CONSIDERANDO: Que, mediante Decreto de Alcaldia Nº 030 de fecha 27/10/2008 se establecio a los miembros integrantes de la Comision Tecnica Mixta del Servicio de Transporte Publico Especial de Pasajeros en Vehiculos Menores del distrito de San MORDAZA de Lurigancho, conformada mediante Ordenanza Nº 141 de fecha 22/05/2008; Que, como miembro integrante de la indicada Comision se designo, entre otros, al Mayor PNP MORDAZA MORDAZA MORDAZA como representante de la Policia Nacional del Peru, al respecto mediante Oficio Nº 43209-VII-DIRTEPOL-DIVPOLTRAN-DEPOLTRAN-UCTZE-OP (Reg. Nº 26828-P1-2009 de fecha 04/05/2009) la Jefatura de la UCT ­ MORDAZA MORDAZA Este de la Policia Nacional del Peru senala que su Comandancia ha designado al MORDAZA PNP MORDAZA MORDAZA Robelo como MORDAZA representante de la indicada institucion ante la Comision Tecnica Mixta del Servicio de Transporte Publico Especial de Pasajeros en Vehiculos Menores del distrito de San MORDAZA de Lurigancho; Que, en virtud a lo anteriormente expuesto se hace necesario dictar el acto administrativo pertinente que permita actualizar la conformacion de la Comision Tecnica Mixta del Servicio de Transporte Publico Especial de Pasajeros en Vehiculos Menores del distrito de San MORDAZA de Lurigancho; Estando a lo expuesto y lo dispuesto en el Art. 20, numeral 6) de la Ley Organica de Municipalidades, Ley Nº 27972; DECRETA: Articulo Primero.- Modificar el Decreto de Alcaldia Nº 030 de fecha 27/10/2008 que establecio a los miembros integrantes de la Comision Tecnica Mixta del Servicio de Transporte Publico Especial de Pasajeros en Vehiculos Menores del distrito de San MORDAZA de Lurigancho, conformada mediante Ordenanza Nº 141 de fecha 22/05/2008, incluyendose en la misma y como representante de la Policia Nacional del Peru al MORDAZA PNP MORDAZA MORDAZA Robelo, en sustitucion del Mayor PNP MORDAZA MORDAZA MORDAZA, segun los considerandos expuestos.

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