Norma Legal Oficial del día 07 de junio del año 2009 (07/06/2009)


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TEXTO DE LA PÁGINA 38

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NORMAS LEGALES

El Peruano MORDAZA, MORDAZA 7 de junio de 2009

deberes para el buen funcionamiento del gobierno local, el Regidor que toma conocimiento de la contratacion, designacion o nombramiento de un pariente MORDAZA por parte de la Municipalidad, tiene la obligacion de hacer conocer de inmediato dicha situacion ante el Concejo que integra, utilizando los medios regulares que la ley le franquea, y exigir a la administracion que ponga fin a dicha situacion; lo que evidentemente en este caso no ha sucedido, pues de autos se desprende que el Regidor MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA no ejercio una oposicion sostenida al respecto, evidenciandose que su intervencion en la sesion del 19 de octubre de 2007, se produjo dentro del debate de un tema distinto, no habiendo acreditado la MORDAZA formal y la correspondiente sustentacion de un pedido o mocion sobre la designacion de su pariente; pues de haber ejercido plenamente la funcion de fiscalizacion, habria advertido que la Declaracion Jurada sobre nepotismo de fecha 15 de agosto de 2007 suscrita por el senor MORDAZA MORDAZA MORDAZA Tamayo, cuya MORDAZA corre a fojas 74, ocultaba la verdad al declarar no tener relacion de parentesco alguno con funcionario y/o trabajador de la Municipalidad Provincial del Cusco. 14. Este ocultamiento formal del parentesco via declaracion jurada suscrita por el senor MORDAZA MORDAZA MORDAZA Tamayo, reviste mayor gravedad teniendo en cuenta que se trata de un profesional con formacion en Derecho que fue designado en el cargo de Director General de la Oficina General de Asesoria Juridica de la Municipalidad del MORDAZA y, luego, encargado de la Procuraduria Publica para la defensa judicial de los intereses de dicha Municipalidad; por lo que, no puede alegarse desconocimiento de la ley o interpretaciones distintas a la prohibicion de nepotismo, por parte de los involucrados. Este hecho reafirma la posicion de que existio plena conciencia de que se transgredia las normas. 15. Con Resolucion N° 119-2009-JNE de fecha 13 de febrero de 2009 se declaro la vacancia del cargo de MORDAZA del Concejo Provincial de MORDAZA, que ejercia don MORDAZA MORDAZA MORDAZA en virtud de la Resolucion N° 350-2008-JNE, y se convoco al Regidor MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA para que asuma la Alcaldia, por ser el siguiente regidor habil de la misma lista electoral, esto es, del partido politico "Union por el Peru"; sin embargo, dicha convocatoria no surte efecto al haberse acreditado la causal de vacancia tambien en el caso del Regidor MORDAZA MORDAZA, quien no presto juramento ni asumio el cargo de MORDAZA del Concejo Provincial de Cusco. 16. Para la entrega de credencial de MORDAZA del Concejo Provincial de MORDAZA, al producirse la vacancia del cargo, debe procederse con arreglo a lo previsto en el Articulo 24° de la Ley Organica de Municipalidades ­ Ley N° 27972, llamando a don MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, por se el siguiente Regidor de la misma lista electoral. IV. CONCLUSIONES: Por lo expuesto, este Colegiado habiendo valorado de manera conjunta los medios probatorios contenidos en autos, concluye lo siguiente: 1. Que se encuentra acreditado el vinculo de parentesco consanguineo, en MORDAZA grado, entre los senores MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA y MORDAZA MORDAZA MORDAZA Tamayo. 2. Que existio vinculo laboral entre el senor MORDAZA MORDAZA MORDAZA Tamayo y la Municipalidad Provincial de MORDAZA, desde el 13 de junio de 2007 al 3 MORDAZA de 2008. 1. Que se encuentra configurada la causal de vacancia de nepotismo, prevista en el numeral 8) del articulo 22° de la Ley Organica de Municipalidades ­ Ley N° 27972. 2. De conformidad con el Articulo 24° de la Ley N° 27972, en caso de vacancia, al MORDAZA lo reemplaza el MORDAZA MORDAZA que es el primer Regidor habil que sigue en su propia lista electoral, en este caso, don MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, del partido politico "Union por el Peru"; y, para completar el numero legal de miembros del Concejo debe convocarse al accesitario de la misma lista, correspondiendo llamar en este caso a la candidata no proclamada Itala MORDAZA Tomaiconza Tenssera.

El MORDAZA Nacional de Elecciones, en uso de sus atribuciones; RESUELVE: Articulo Primero.- Declarar FUNDADO el recurso de apelacion interpuesto por el ciudadano MORDAZA MORDAZA Kenty Blanco; y en consecuencia REVOCAR el Acuerdo de Concejo Municipal Nº 090-2008/MPC de fecha 4 de diciembre de 2008 del Concejo Provincial de MORDAZA, Departamento de Cusco; y reformandolo declarar fundada la solicitud de vacancia planteada por el apelante. Articulo Segundo.- Declarar la vacancia del cargo de MORDAZA del Concejo Provincial de MORDAZA, de don MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, por la causal contemplada en el numeral 8) del articulo 22° de la Ley Organica de Municipalidades Nº 27972; dejando sin efecto la credencial extendida por Resolucion N° 119-2009-JNE. Articulo Tercero.- Convocar a don MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA para que asuma el cargo de MORDAZA del Concejo Provincial de MORDAZA, Departamento de MORDAZA, a fin de completar el periodo de gobierno municipal 2007 - 2010, otorgandose la respectiva credencial. Articulo Cuarto.- Convocar a la ciudadana Itala MORDAZA Tomaiconza Tenssera para que asuma el cargo de Regidora del Concejo Provincial de MORDAZA, Departamento de MORDAZA, a fin de completar el periodo de gobierno municipal 2007 - 2010, otorgandose la credencial que lo acredite como tal. Registrese, comuniquese y publiquese. SS. SIVINA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA ALBERTI MORDAZA URDANIVIA MORDAZA MORDAZA Secretario General 356393-8

Confirman declaracion de vacancia del cargo de MORDAZA de la Municipalidad Provincial de Huarmey, departamento de MORDAZA
RESOLUCION N° 318-2009-JNE EXPEDIENTE N° J-006-2009 MORDAZA, 8 de MORDAZA de 2009 VISTO, en audiencia publica del 08 de MORDAZA de 2009, el recurso extraordinario presentado por el senor MORDAZA Gorki MORDAZA MORDAZA contra la Resolucion N° 093-2009JNE en el MORDAZA de vacancia al cargo de MORDAZA de la Municipalidad Provincial de Huarmey, departamento de Ancash; I. ANTECEDENTES Referencia sumaria a la resolucion de instancia Mediante Resolucion N° 093-2009-JNE, el MORDAZA Nacional de Elecciones declaro la vacancia del MORDAZA de Huarmey, don MORDAZA Gorki MORDAZA MORDAZA por haber incurrido en la causal establecida en el inciso 9 del articulo 22 de la Ley Organica de Elecciones, relativa a la infraccion de las restricciones de contratacion sobre bienes municipales contenida en el articulo 63 de la misma Ley. Los fundamentos en los que este colegiado, en mayoria, se baso para declarar la vacancia fueron los siguientes:

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