Norma Legal Oficial del día 07 de junio del año 2009 (07/06/2009)


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TEXTO DE LA PÁGINA 52

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NORMAS LEGALES

El Peruano MORDAZA, MORDAZA 7 de junio de 2009

MUNICIPALIDAD DE MORDAZA MORDAZA
Establecen normas para conceder Beneficios Tributarios y Administrativos a contribuyentes que se acojan al Programa de Fiscalizacion Integral de Predios
ORDENANZA Nº 406-MDMM MORDAZA MORDAZA 29 de MORDAZA del 2009 PROYECTO DE ORDENANZA QUE CONCEDE BENEFICIOS TRIBUTARIOS Y ADMINISTRATIVOS A LOS CONTRIBUYENTES QUE SE ACOJAN AL PROGRAMA DE FISCALIZACION INTEGRAL DE PREDIOS IMPLEMENTADO POR LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE MORDAZA MORDAZA EL MORDAZA DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE MORDAZA DEL MAR. POR CUANTO: El Concejo Municipal Distrital de MORDAZA MORDAZA, en Sesion Ordinaria Nº 10 de la fecha, y; CONSIDERANDO: Que, el articulo 194º de la Constitucion Politica del Peru, modificada por Ley de Reforma Constitucional Nº 27680, establece que las Municipalidades Provinciales y Distritales son los organos de Gobierno Local que gozan de autonomia politica y administrativa en los asuntos de su competencia; Que, el inciso 3.3 del Art. 79º de la Ley Nº 27972 - Ley Organica de Municipalidades, establece que es funcion especifica exclusiva de las municipalidades distritales, elaborar y mantener el catastro Distrital;. Que, la MORDAZA IV del TUO del Codigo Tributario aprobado mediante D.S. Nº 135-99-EF establece que los Gobiernos Locales, mediante ordenanza, pueden crear, modificar y suprimir sus contribuciones, arbitrios, derechos y licencias o exonerar de ellos, dentro de su jurisdiccion y con los limites que senala la Ley. Asimismo, el articulo 41º del Texto Unico Ordenado del Codigo Tributario aprobado mediante DS Nº 135-99-EF, establece que la deuda tributaria solo podra ser condonada por MORDAZA expresa con rango de Ley. Excepcionalmente los Gobiernos Locales podran condonar con caracter general, el interes moratorio y las sanciones respecto de los tributos que administran; Que, mediante Informe Nº 243-2009/GATR-MDMM, la Gerencia de Administracion Tributaria y Rentas propone conceder los beneficios tributarios y administrativos establecidos en la presente Ordenanza, en el MORDAZA de la implementacion del programa de "Fiscalizacion Integral de Predios"; Que, el Informe legal Nº 0833-2009-GAJ-MDMM de la Gerencia de Asesoria Juridica establece que la presente Ordenanza cuenta con el debido sustento legal en virtud de la normatividad MORDAZA senalada; De conformidad con lo dispuesto en el numeral 8 del articulo 9º de la Ley Nº 27972 ­ Ley Organica de Municipalidades, el Concejo Municipal aprobo por UNANIMIDAD y con dispensa del tramite de lectura y aprobacion del Acta, la siguiente; ORDENANZA Articulo Primero.- Objeto La presente ordenanza tiene por objeto normar el otorgamiento de los beneficios tributarios y administrativos que se otorgaran a los contribuyentes de esta jurisdiccion que se acojan al programa denominado

"Fiscalizacion Integral de Predios", implementado por esta Municipalidad. Articulo Segundo.- Requisitos y Procedimientos Los contribuyentes que deseen acogerse a los beneficios otorgados en la presente Ordenanza, como parte del programa senalado en el articulo anterior, deberan tener en cuenta lo siguiente: 1. Los contribuyentes deberan permitir la inspeccion a sus predios con el objeto de que la municipalidad recopile la informacion catastral respectiva. Dicha inspeccion sera realizada por esta Corporacion Municipal de oficio o a pedido del contribuyente. 2. La solicitud de inspeccion del contribuyente a su predio, debera presentarse a partir de la entrada en vigencia de la presente Ordenanza. Una vez recepcionada la solicitud, las inspecciones realizadas en el MORDAZA del programa de fiscalizacion MORDAZA citado, se realizaran progresivamente hasta el 30 de junio del 2010 de acuerdo al cronograma que elabore la Gerencia de Administracion Tributaria y Rentas. 3. Los contribuyentes deberan suscribir las fichas de fiscalizacion elaboradas por esta Municipalidad como producto de la inspeccion efectuada en el inmueble respectivo, en senal de conformidad con la informacion que en MORDAZA se consigna. 4. Asimismo, deberan presentar en la plataforma de atencion al contribuyente de esta Municipalidad, la MORDAZA de la Ficha de Fiscalizacion con los formatos correspondientes a la Declaracion Jurada de Autoavaluo, llenados conforme a los datos verificados en la inspeccion realizada debidamente firmada por el contribuyente o su representante acreditado; hasta el ultimo dia habil del mes siguiente de realizada la inspeccion de su predio. En el caso de predios en donde se realicen actividades comerciales o de servicios, ademas de lo anterior, sera necesario que se regularice su situacion legal de ser el caso, de acuerdo a las normas pertinentes dictadas sobre funcionamiento de establecimientos comerciales y de servicios (por ejemplo, deberan obtener la respetiva licencia de funcionamiento de carecer de ella) 5. Finalmente, los contribuyentes deberan cancelar o fraccionar el tributo omitido y/o la multa administrativa generada, debiendo hacerlo dentro de los (10) dias habiles siguientes, contados a partir del dia siguiente de la MORDAZA de la Declaracion Jurada de Autoavaluo o del inicio del tramite de regularizacion administrativa que correspondiera en cada caso. Articulo Tercero.- Beneficios Tributarios Esta municipalidad otorgara los siguientes beneficios tributarios a aquellos contribuyentes que cumplan con los requisitos y el procedimiento establecido en el articulo segundo: 1. Condonacion del cien por ciento (100%) de las multas tributarias en el caso de contribuyentes omisos y subvaluadores. 2. Condonacion del cien por ciento (100%) de los reajustes e intereses moratorios, correspondientes a los adeudos que por Impuesto Predial y/o Arbitrios Municipales se pudieran generar (diferencias). La deuda liquidada con aplicacion de los beneficios de condonacion MORDAZA mencionados, no esta sujeta al Regimen de Gradualidad de Sanciones aprobado por Ordenanza Nº 272-MDMM (2006), dispositivo que permanecera vigente y aplicable en todos los demas casos, no acogidos a la presente ordenanza. Inmediatamente despues de la MORDAZA y registro de la Declaracion Jurada de Autoavaluo que contenga la informacion detectada durante la fiscalizacion del predio, la Gerencia de Administracion Tributaria y Rentas procedera a la emision de los valores tributarios que correspondan (Resoluciones de Determinacion y Multa Tributaria), los cuales seran notificados por la administracion al contribuyente. En el caso que el contribuyente opte por la forma de pago fraccionado, los intereses moratorios son condonados, quedando la Gerencia de Administracion Tributaria

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