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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 09 DE JUNIO DEL AÑO 2009 (09/06/2009)

CANTIDAD DE PAGINAS: 40

TEXTO PAGINA: 31

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, martes 9 de junio de 2009 397249 a lo expuesto resulta necesario modificar en lo que respecta al servicio prestado en exclusividad Nº 34 del TUPA de la Municipalidad Distrital de Cieneguilla aprobado mediante Ordenanza Nº 067-2008-MDC, ratificado mediante Acuerdo de Concejo Nº 404 de la Municipalidad Metropolitana de Lima; Que, de conformidad con el artículo 9º inciso 9 de la Ley Nº 27972 - Ley Orgánica de Municipalidades, los gobiernos locales administran sus bienes y rentas, correspondiendo al concejo municipal crear, modificar, suprimir o exonerar de contribuciones, tasas, arbitrios, licencias y derechos, conforme a ley, esto es mediante ordenanza conforme a lo dispuesto en el artículo 40º de la Ley Nº 27972. Que, la Gerencia de Asesoría Jurídica mediante Informe Nº 112-2009-GAJ-MDC, ha emitido opinión favorable sobre la modificación del TUPA y sobre el beneficio de reducción del costo para la obtención de la constancia de posesión. Por lo que estando a lo expuesto y en uso de las facultades conferidas en el Artículo 9º inciso 8 de la Ley Orgánica de Municipalidades – Ley Nº 27972, y con el voto UNANIME de los señores Regidores y con dispensa del trámite de aprobación del Acta, se aprobó la siguiente: ORDENANZA QUE MODIFICA EL TUPA DE LA MUNICIPALIDAD DE CIENEGUILLA Y ESTABLECE EL BENEFICIO DE EXONERACIÓN PARCIAL TEMPORAL DEL COSTO PARA LA OBTENCIÓN DE LA CONSTANCIA DE POSESIÓN Artículo 1º.- DE LA MODIFICACÍÓN Modifíquese “el servicio prestado en exclusividad Nº 34” del Texto Único de Procedimientos Administrativos - TUPA de la Municipalidad Distrital de Cieneguilla aprobado mediante Ordenanza Nº 067-2008-MDC, ratifi cado mediante Acuerdo de Concejo Nº 404 de la Municipalidad Metropolitana de Lima, el mismo que quedará redactado como aparece en el anexo I que forma parte integrante de la presente ordenanza. Artículo 2º.- OBJETIVO DEL BENEFICIO DE REDUCCIÓN DEL COSTO Establézcase en el Distrito de Cieneguilla, el beneficio de reducción del costo de la tasa asignada para la obtención del Constancia de Posesión y de esta manera promover el proceso de formalización de la propiedad informal, el acceso al suelo para uso de vivienda de interés social orientado a los sectores de menores recursos económicos y dotarse posteriormente de los servicios básicos de agua, desagüe y electricidad. Artículo 3º.- REGIMEN DEL BENEFICIO Exonérese parcialmente el 64.03% (S/.35.60 Nuevos Soles) del costo de la tasa (S/. 55.60 Nuevos Soles) establecida en el TUPA vigente por la expedición de Constancia de Posesión. En consecuencia, establézcase temporalmente como pago único la cantidad de S/. 20.00 (Veinte con 00/100 Nuevos Soles). Artículo 4º.- DE LA VIGENCIA El benefi cio establecido entrará en vigencia a partir del día siguiente de la publicación de la presente Ordenanza hasta el 31 de Noviembre del 2009; a cuyo término la administración procederá a cobrar el integro del costo de la tasa fi jada en el TUPA de la Municipalidad. Artículo 5º.- DE LAS FACULTADES Facultar al Sr. Alcalde para que mediante Decreto de Alcaldía, dicte las disposiciones complementarias necesarias para lograr la adecuada aplicación y/o prórroga de la presente Ordenanza. Artículo 6º.- DE LA PUBLICACIÓN La presente Ordenanza se publicará en el Diario Ofi cial El Peruano, en el Portal Institucional de la Municipalidad Distrital de Cieneguilla (www.municieneguilla.gob.pe), en el Portal de Servicios al Ciudadano y Empresas – PSCE (www.serviciosalciudadano.gob.pe); en éstos últimos el íntegro del TUPA. POR TANTO Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase. MANUEL SCHWARTZ R. Alcalde 357808-1 Declaran prioritario para el distrito las acciones conjuntas de la Semana de Vacunación en las Américas 2009 ACUERDO DE CONCEJO Nº 009-2009-MDC Cieneguilla, 8 de mayo del 2009 EL CONCEJO MUNICIPAL DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE CIENEGUILLA VISTO: En Sesión Ordinaria de Concejo el Ofi cio Nº 1296-2009-DG/DEPS Nº 353-DISA IV LE, remitido por el Director General de la Dirección de Salud IV Lima Este del Ministerio de Salud, en la cual hace de conocimiento que del 25 de abril al 31 de mayo del 2009 se llevará a cabo la Jornada de Vacunación en las Américas 2009. CONSIDERANDO: Que, conforme al sector salud actualmente el distrito de Cieneguilla presenta una alta densidad poblacional lo que representa un riesgo al no estar vacunado, por lo que es importante fortalecer acciones conjuntas para garantizar el éxito de la Campaña de Vacunación referida en este distrito; Que, el artículo 80º de la Ley Nº 27972 – Ley Orgánica de Municipalidades, establece que las Municipalidades tienen funciones específi cas exclusivas y compartidas en materia de saneamiento, salubridad y salud, asimismo, el artículo 82º, del mismo cuerpo legal en su inciso 13 establece que es función de las municipalidades de manera compartida con el Gobierno Nacional promover una cultura de la prevención mediante la educación para la preservación del medio ambiente, y por ende la salud; Que, de conformidad a lo normado por el inciso 2.5 del artículo 84º de la Ley Nº 27972 – Ley Orgánica de Municipalidades, es función específi ca exclusiva de desarrollo social, y de protección y apoyo a la población en riesgo; Sometido a debate y la respectiva votación, el pleno del Concejo Municipal, de conformidad con lo dispuesto por los artículos 39º y 41º de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, por UNANIMIDAD; ACUERDA: Artículo Primero.- DECLARAR PRIORITARIO, para el Distrito de Cieneguilla, las acciones conjuntas de la SEMANA DE VACUNACIÓN EN LAS AMÉRICAS 2009, en coordinación con la Red de Salud de la DISA IV Lima Este – Ministerio de Salud. Artículo Segundo.- ENCARGAR a la Gerencia Municipal y a la Gerencia de Desarrollo Humano y Participación Vecinal el cumplimiento del presente Acuerdo de Concejo. Regístrese, comuníquese y cúmplase. MANUEL SCHWARTZ R. Alcalde 357808-2