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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 09 DE JUNIO DEL AÑO 2009 (09/06/2009)

CANTIDAD DE PAGINAS: 40

TEXTO PAGINA: 33

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, martes 9 de junio de 2009 397251 de noventa (90) días calendarios, por los fundamentos expuestos; Que, mediante el Informe Nº 0761-2009-MDI-GAR/ UL de fecha 22MAY2009, la Unidad de Logística refi ere que mediante Informe Nº 0001-2009-MDI-CE del Comité Especial de Licitación Pública Nº 00001-2009-MDI- CE se solicita la Nulidad del proceso de selección, por las razones ahí expuestas, Nulidad que fue declarada mediante la Resolución de Alcaldía Nº 278-2009-MDI, en consecuencia la nueva convocatoria del proceso de selección se estaría programando previa determinación del producto por parte del Comité de Administración del Vaso de Leche, recomendado se realicen las gestiones pertinentes para que se declare en Situación de Desabastecimiento al programa del Vaso de Leche de la Municipalidad Distrital de Independencia por el plazo de noventa (90) días calendarios; exonerándose del proceso de selección por un monto de S/. 885,682.72, de acuerdo con lo previsto en el artículo 20º y 22º de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del estado, aprobado por el D.L. Nº 1017, para la contratación de los siguientes insumos alimenticios: PRODUCTO CANTIDAD MONTO POR PRECIO UNITARIO COSTO TOTAL S/. LECHE EVAPORADA ENTERA (410 gr.) 298,558 latas S/. 2.12 632,942.96 HOJUELA DE QUINUA 49,948.57 KGS. S/. 5.06 252,739.76 Que, mediante Informe Nº 0184-2009-UAL/MDI de fecha 22MAY2009, la Unidad de Asesorìa Legal luego de un amplio análisis de los hechos, Opina que el Concejo Municipal declare en Situación de Desabastecimiento Inminente el Suministro de Insumos Alimenticios para el Programa del Vaso de Leche de la Municipalidad Distrital de Independencia, por el lapso de noventa (90) días calendarios; debiendo asimismo aprobar la exoneración del proceso de selección por un monto de S/. 885,682.72 para la contratación del abastecimiento de los siguientes insumos alimenticios: a) 298,558 latas de leche evaporada entera de 410 gr. A razón de S/. 2.12 por lata, haciendo un total de S/. 632,942.96; b) 49,948.57 kilos de hojuela de cereales con soya precocidos con vitaminas y minerales en envases de 440 gr. A razón de S/. 5.06 por kilo, haciendo un total de S/. 252,739.76; montos establecidos en el Informe Nº 0761- 2009-MDI-GAR/UL señalado en el párrafo precedente; debiendo además en el acuerdo exoneratorio, de conformidad con lo previsto en el segundo párrafo del artículo 22º de la Ley de Contrataciones del Estado y el último párrafo del artículo 129º del Reglamento de la Ley de Contrataciones, el Concejo Municipal disponer el inicio de las acciones que correspondan de conformidad con lo previsto en el artículo 46º de la referida ley, a efectos que se deslinde las responsabilidades administrativas, civiles y/o penales de los funcionarios o servidores involucrados toda vez que la aprobación de la exoneración en virtud de la causal de desabastecimiento, no constituye dispensa, exención o liberación de las responsabilidades de los funcionarios y/o servidores de la Entidad, cuya conducta hubiese originado la presencia o confi guración de dicha causal; constituyendo agravante si dicha situación fue generada por dolo o culpa inexcusable; Con el Voto a favor de cuatro (04) regidores presentes (Castañeda, Azaña, García y Torres Gutarra), cuatro (04) votos en contra (Torres Valle, Bazán, Vilca y Espíritu) ninguna abstención y con el Voto Dirimente A favor del Sr. Alcalde, en aplicación a lo dispuesto por el artículo 9° de la Ley Orgánica de Municipalidades – Ley Nº 27972, en concordancia con el Reglamento Interno de Concejo (RIC), con cargo a redacción y con la dispensa del trámite de lectura y aprobación del Acta. SE ACUERDA: Artículo Primero.- APROBAR la Declaración en Situación de Desabastecimiento Inminente, el Suministro de Insumos Alimenticios para el Programa del Vaso de Leche de la Municipalidad Distrital de Independencia, por el plazo de noventa (90) días calendarios, por los fundamentos expuestos. Artículo Segundo.- ENCARGAR a la Unidad de Logística a fi n que ejecute el proceso de selección por exoneración para la Adquisición de Insumos Alimenticios para el Programa del Vaso de Leche de la Municipalidad Distrital de Independencia mediante acciones inmediatas, de acuerdo a lo dispuesto por la Ley de Contrataciones del Estado y el Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, de acuerdo al monto siguiente: PRODUCTO CANTIDAD MONTO POR PRECIO UNITARIO COSTO TOTAL S/. LECHE EVAPORADA ENTERA (410 gr.) 298,558 latas S/. 2.12 632,942.96 HOJUELA DE QUINUA 49,948.57 KGS. S/. 5.06 252,739.76 Ascendiendo el valor total de ambos productos a la suma de S/. 885,682.72. Con cargo a la Fuente de Financiamiento 00 Recursos ordinarios. Artículo Tercero.- RECOMENDAR a la Gerencia Municipal disponer las acciones pertinentes orientadas a determinar las responsabilidades derivadas de la situación de desabastecimiento inminente, conforme a Ley. Artículo Cuarto.- ENCARGAR a la Gerencia de Secretaría General, la publicación del presente Acuerdo en el diario Ofi cial “El Peruano” dentro de los diez (10) días hábiles de adoptado el presente Acuerdo, así como remitir a la Contraloría General de la República y la organismo Supervisor de las Contrataciones del Estado - OSCE, copia del Acuerdo y de los Informes que dieron origen al presente documento, dentro del plazo de Ley y a la Unidad de Logística su publicación en el Sistema Electrónico de Adquisiciones y Contrataciones del Estado - SEACE, conforme a ley. Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase. LOVELL YOMOND VARGAS Alcalde 357852-1 MUNICIPALIDAD DE LA VICTORIA Incorporan fraccionamiento especial en el D.A. Nº 003-2009-ALC/MLV que aprobó el Reglamento de Fraccionamiento de Deudas Tributarias y No Tributarias DECRETO DE ALCALDÍA Nº 006-2009-ALC/MLV La Victoria, 3 de junio de 2009 EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DE LA VICTORIA POR CUANTO: VISTOS; el Memorándum Nº 238-2009/MLV-GR de fecha 2 de junio de 2009 emitido por la Gerencia de Rentas, el Informe Nº 189-09-GAJ-MDLV de la fecha emitido por la Gerencia de Asesoría Jurídica; y, CONSIDERANDO: Que, el artículo 194º de la Constitución Política del Perú, modifi cado por la Ley Nº 28607 – Ley de Reforma Constitucional – en concordancia con el artículo II del Título Preliminar de la Ley Nº 27972 – Ley Orgánica de