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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 09 DE JUNIO DEL AÑO 2009 (09/06/2009)

CANTIDAD DE PAGINAS: 40

TEXTO PAGINA: 26

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, martes 9 de junio de 2009 397244 derivados de quejas o investigaciones y decidan dictar el auto que abre el procedimiento disciplinario deberán motivarlo debidamente, observando los requisitos legales pertinentes y de modo especial los aspectos siguientes: 1. Cargos atribuidos por el quejoso o por quien pone en conocimiento del órgano contralor las presuntas conductas disfuncionales. 2. Descripción por el magistrado contralor de las conductas disfuncionales atribuidas, en relación a cada uno de los cargos determinados. 3. Subsunción de cada conducta disfuncional al supuesto normativo especifi co que da lugar al procedimiento disciplinario, tanto en lo considerativo como en lo resolutivo. Artículo Cuarto.- OBLIGATORIEDAD La presente resolución es de cumplimiento obligatorio en sede contralora bajo responsabilidad. Artículo Quinto.- Hacer de conocimiento la presente Resolución al señor Presidente del Poder Judicial, Consejo de Ejecutivo del Poder Judicial, Magistrados de la Ofi cina de Control de la Magistratura y Jefes de las ODECMAs a nivel nacional. Publíquese, comuníquese, cúmplase. ELCIRA VÁSQUEZ CORTEZ Vocal de la Corte Suprema de Justicia de la República Jefe de la Ofi cina de Control de la Magistratura 357719-1 CORTES SUPERIORES DE JUSTICIA Disponen la entrega directa por parte del Centro de Distribución General de escritos y documentos al Especialista correspondiente de los Juzgados Penales de la Corte Superior de Justicia del Callao CONSEJO EJECUTIVO DISTRITAL DE LA CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA DEL CALLAO RESOLUCIÓN ADMINISTRATIVA Nº 020-2009-CED-CSJC/PJ Callao, 3 de junio de 2009 VISTO; y, CONSIDERANDO: Que, el Consejo Ejecutivo Distrital de esta Corte Superior de Justicia, mediante Resolución Administrativa Nº 018-2009-CE-CSJC, dispuso la Reestructuración de Procesos Operativos respecto a la recepción de escritos y otros documentos presentados al Centro de Distribución General – CDG (Mesa de Partes Automatizada) hasta su entrega al Especialista de los Juzgados Civiles, de Familia y Laborales, sin el paso previo por el Centro de Distribución Modular; Que, luego de la revisión de todos los procesos operativos que se realizan en los distintos órganos jurisdiccionales se ha advertido que los escritos y otros documentos presentados al Centro de Distribución General (Mesa de Partes Automatizada), son enviados previamente al Centro de Distribución Modular del área Penal antes de su entrega al Especialista correspondiente, hecho que causa retardo en la tramitación de los procesos penales que requieren de celeridad por ventilarse derechos fundamentales como la libertad individual de la persona humana; Que, a fi n de lograr un servicio efi ciente y efi caz a nivel integral, también debe ser reestructurado dicho proceso operativo eliminando el paso previo por el Centro de Distribución Modular, tanto más si se tiene en cuenta que en cuanto a la entrega de cédulas de notifi cación y devolución de los cargos de notifi cación que se realizan en dichos Juzgados, no existe el paso previo por el Centro de Distribución Modular, por lo que nada justifi ca la permanencia de dicho proceso operativo sólo en cuanto a la entrega de escritos y otros documentos del Centro de Distribución General al especialista; por lo que el Consejo Ejecutivo Distrital, en Sesión de la fecha, acordó complementar la Resolución Administrativa Nº 018-2009- CE-CSJC, a fi n de que se incluya a los Juzgados Penales (Reos Libres) en la Reestructuración de los Procesos Operativos; eliminando el paso previo por el Centro de Distribución Modular, en cuanto a la entrega de escritos y otros documentos al Especialista; por lo que debe ofi cializarse dicho acuerdo; Por estos fundamentos, y estando a las facultades conferidas por el artículo 96º del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial, el Consejo Ejecutivo Distrital: RESUELVE: Artículo Primero.- DISPONER que a partir de la fecha, el Centro de Distribución General – CDG (Mesa de Partes Automatizada) entregará directamente al Especialista correspondiente de los Juzgados Penales de la Corte Superior de Justicia del Callao, los escritos y todo tipo de documentos, sin el paso previo por el Centro de Distribución Modular. Artículo Segundo.- PONGASE la presente Resolución en conocimiento del Presidente del Poder Judicial, Presidente del Consejo Ejecutivo del Poder Judicial, Ofi cina de Control de la Magistratura, Ofi cina Desconcentrada de Control de la Magistratura, Ofi cina de Administración Distrital, de los señores Magistrados de esta Corte Superior de Justicia, de los señores Administradores de los Centros Modulares, del Administrador del Centro de Distribución General y de la Ofi cina Distrital de Imagen Institucional. Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase. S.S. CESAR HINOSTROZA PARIACHI PEDRO G. CUETO CHUMAN OSWALDO ANCHANTE ANDRADE VICTOR J. ARBULU MARTINEZ JORGE A. GUIZADO SALCEDO 357742-1 Establecen la conformación de la Oficina Desconcentrada de Control de la Magistratura del Callao CONSEJO EJECUTIVO DISTRITAL DE LA CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA DEL CALLAO RESOLUCIÓN ADMINISTRATIVA Nº 021-2009-CED-CSJC/PJ Callao, 3 de junio de 2009 VISTO; La Resolución Administrativa de Jefatura Nº 080-2009-J-OCMA/PJ, de la Ofi cina de Control de la Magistratura del Poder Judicial, de fecha veintinueve de mayo del año en curso, publicada en el Diario Ofi cial “El Peruano” con fecha primero de junio de 2009; y la propuesta de la Jefatura de la Ofi cina Desconcentrada de Control de la Magistratura, y; CONSIDERANDO: Que, el artículo 1º, apartado segundo, de la Resolución de Jefatura Nº 080-2009-J-OCMA/PJ, dispone que el