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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 13 DE JUNIO DEL AÑO 2009 (13/06/2009)

CANTIDAD DE PAGINAS: 84

TEXTO PAGINA: 17

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, sábado 13 de junio de 2009 397483 Nº SUBPARTIDA NACIONAL DESCRIPCIÓN 70 9605 00 00 00 Juegos o surtidos de viaje para el aseo personal, la costura o la limpieza del calzado o de las prendas de vestir 71 9614 00 00 00 Pipas (incluidas las cazoletas), boquillas para cigarros (puros) o cigarrillos, y sus partes. 72 9615 19 00 00 Peines, peinetas, pasadores y artículos similares, de otras materias, excepto de caucho endurecido o de plástico 73 9616 10 00 00 Pulverizadores de tocador, sus monturas y cabezas de monturas 360477-2 Autorizan viaje de funcionarios del Ministerio a Colombia para participar en la Cuarta Ronda de Negociaciones del Acuerdo Comercial entre la Unión Europea y los Países Andinos RESOLUCIÓN SUPREMA Nº 060-2009-EF Lima, 12 de junio de 2009 Visto el Memorando N° 038-2009-EF/15.01 de fecha 02 de junio de 2009, del Viceministerio de Economía del Ministerio de Economía y Finanzas, sobre autorización de viaje. CONSIDERANDO: Que, del 15 al 19 de junio de 2009, se desarrollará en la ciudad de Bogotá, República de Colombia, la Cuarta Ronda de Negociaciones del Acuerdo Comercial entre la Unión Europea y los Países Andinos, cuyo objetivo principal es el fortalecimiento de las relaciones comerciales entre ambos bloques de países; Que, mediante Facsímil Circular N° 193-2009- MINCETUR/VMCE/DNINCI, el Director Nacional de Integración y Negociaciones Comerciales Internacionales del Vice Ministerio de Comercio Exterior del Ministerio de Comercio Exterior y Turismo, solicita la participación de funcionarios del Ministerio de Economía y Finanzas, cuya presencia sea requerida por los distintos grupos de negociación; Que, en tal sentido con el Ofi cio N° 165-2009-EF/15.01 se designó a los señores José Carlos Farfán Vásquez, Asistente en Servicio Económico Financiero II, Luzmila Rosa Zegarra Valencia, Economista II y Carlos Enrique Gallardo Torres, Consultor de la Dirección General de Asuntos de Economía Internacional, Competencia e Inversión Privada, como representantes del Ministerio de Economía y Finanzas para que participen, en la mencionada ronda; Que, en consecuencia y siendo de interés para el país, es necesario autorizar dichos viajes, debiendo el Ministerio de Economía y Finanzas asumir, con cargo a su presupuesto, los gastos por concepto de pasajes, viáticos y Tarifa Unifi cada de Uso de Aeropuerto (TUUA); De conformidad con lo dispuesto en las Leyes N°s. 27619 y 29289 y en el Decreto Supremo N° 047-2002- PCM; y, Estando a lo acordado; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Autorizar, por excepción, los viajes en comisión de servicio de los señores JOSE CARLOS FARFAN VÁSQUEZ, Asistente en Servicio Económico Financiero II, LUZMILA ROSA ZEGARRA VALENCIA, Economista II y CARLOS ENRIQUE GALLARDO TORRES, Consultor de la Dirección General de Asuntos de Economía Internacional, Competencia e Inversión Privada, representantes del Ministerio de Economía y Finanzas, a la ciudad de Bogotá, República de Colombia, del 14 al 20 de junio de 2009, para los fi nes expuestos en la parte considerativa de la presente Resolución. Artículo 2º.- Los gastos que irrogue el cumplimiento de la presente Resolución, serán con cargo al Presupuesto de la Unidad Ejecutora 001 – Administración General del Pliego Ministerio de Economía y Finanzas, de acuerdo al siguiente detalle: Señor José Carlos Farfán Vásquez Pasajes : US$ 808,95 Viáticos : US$ 1 200,00 Tarifa CORPAC (TUUA) : US$ 30,25 Señora Luzmila Rosa Zegarra Valencia Pasajes : US$ 808,95 Viáticos : US$ 1 200,00 Tarifa CORPAC (TUUA) : US$ 30,25 Señor Carlos Enrique Gallardo Torres Pasajes : US$ 808,95 Viáticos : US$ 1 200,00 Tarifa CORPAC (TUUA) : US$ 30,25 Artículo 3°.- Dentro de los quince (15) días calendario siguientes de efectuado los viajes, los referidos representantes, deberán presentar ante el Titular de la Entidad un informe detallado describiendo las acciones realizadas y los resultados obtenidos durante los viajes autorizados. Artículo 4º.- La presente norma no otorga derecho a exoneración o liberación de impuestos de aduana de cualquier clase o denominación a favor de los representantes cuyos viajes se autorizan. Artículo 5º.- La presente Resolución Suprema será refrendada por el Presidente del Consejo de Ministros y por el Ministro de Economía y Finanzas. Regístrese, comuníquese y publíquese. ALAN GARCÍA PÉREZ Presidente Constitucional de la República YEHUDE SIMON MUNARO Presidente del Consejo de Ministros LUIS CARRANZA UGARTE Ministro de Economía y Finanzas 360477-12 Disponen la implementación progresiva de la Directiva Nº 002- 2009-EF/76.01 “Directiva General para la Programación y Formulación del Presupuesto del Sector Público - Enfoque por Resultados” y establecen otras disposiciones RESOLUCIÓN DIRECTORAL Nº 025-2009-EF/76.01 Lima, 10 de junio de 2009. CONSIDERANDO: Que, conforme al artículo 13º de la Ley Nº 28112, Ley Marco de la Administración Financiera del Sector Público, en concordancia con el artículo 3º de la Ley Nº 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto, la Dirección Nacional del Presupuesto Público es el órgano rector y constituye la más alta autoridad técnico-normativa del Sistema Nacional de Presupuesto, dicta normas y establece los procedimientos relacionados a su ámbito; Que, como parte de las reformas en materia de gestión presupuestaria que viene impulsando la Dirección Nacional del Presupuesto Público, mediante la Resolución Directoral Nº 022-2009-EF/76.01 se ha aprobado la Directiva Nº 002-2009-EF/76.01 “Directiva General para la Programación y Formulación del Presupuesto del Sector Público – Enfoque por Resultados”, que contiene disposiciones generales y permanentes orientadas a que las entidades de los niveles del Gobierno Nacional, Gobiernos Regionales y Gobiernos Locales, programen y formulen su presupuesto institucional en base a Productos y Resultados; Que, atendiendo que ya se ha iniciado la fase de Programación y Formulación para el año fi scal 2010,