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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, sábado 13 de junio de 2009 397500 se identifi cará con código N° 33173109, para desarrollar la actividad de generación de energía eléctrica en las instalaciones de la futura Central Térmica Trujillo, con una potencia instalada de 69,3 MW, y que se ubicará en el distrito La Esperanza, provincia de Trujillo, departamento de La Libertad. Artículo 2°.- EMPRESA ELECTRICIDAD DEL PERÚ – ELECTROPERÚ S.A. deberá cumplir con la puesta en operación comercial de la Central Térmica Trujillo en el plazo previsto en el Cronograma de Ejecución de Obras. Artículo 3°.- La titular está obligada a operar cumpliendo las normas técnicas y de seguridad, preservando el medio ambiente y salvaguardando el Patrimonio Cultural de la Nación, así como al cumplimiento de las obligaciones establecidas en la Ley de Concesiones Eléctricas, su Reglamento y otras normas legales pertinentes. Artículo 4°.- La presente Resolución Ministerial, en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 67° del Reglamento de la Ley de Concesiones Eléctricas, será publicada en el Diario Ofi cial El Peruano por una sola vez y por cuenta del titular, dentro de los cinco (05) días calendario siguientes a su expedición, y entrará en vigencia a partir del día siguiente de su publicación. Regístrese, comuníquese y publíquese. PEDRO SÁNCHEZ GAMARRA Ministro de Energía y Minas 359935-1 INTERIOR Autorizan viaje de Oficiales de la Polícia Nacional del Perú a Ecuador, en comisión de servicios RESOLUCIÓN SUPREMA N° 041-2009-IN Lima, 12 de junio de 2009 VISTO, la Hoja de Estudio y Opinión N° 15-2009- DGPNP/INTERPOL-EM. del 21 de mayo de 2009, formulada por la Ofi cina Central Nacional INTERPOL - Lima, recomendando la autorización del viaje al extranjero en comisión del servicio del Capitán de la Policía Nacional del Perú Edwin Martín QUINTANA ZAPATA y del Capitán de la Policía Nacional del Perú Richard Amadeo SIFUENTES CAMPOS, a la ciudad de Quito - República de Ecuador, del 14 al 18 de junio de 2009. CONSIDERANDO: Que, mediante Resolución Suprema N° 031-2004- JUS del 16 de febrero de 2004, se resuelve acceder al pedido de Extradición Activa del procesado Víctor Marcial MOLINA TAPIA o Douglas Jefferson NARANJO TORRES, formulado por el Octavo Juzgado Penal Colectivo con Reos en Cárcel de la Corte Superior de Justicia de Arequipa, y declarado procedente por la Corte Suprema de Justicia de la República, por la comisión del delito contra la salud pública - tráfi co ilícito de drogas, en su modalidad de lavado de activos, receptación de dinero y bienes provenientes del tráfi co ilícito de drogas, en forma de organización, en agravio del Estado Peruano; y disponer su presentación por vía diplomática a la República de Ecuador, de conformidad con el Tratado de Extradición vigente, y lo estipulado por las normas legales peruanos aplicables al caso; Que, mediante Mensaje N/REFE :l-24/7292/ OCNI/2009-G1 del 20 de mayo de 2009, la Ofi cina Central Nacional INTERPOL - Quito - Ecuador, hace de conocimiento a la Ofi cina Central Nacional - INTERPOL - Lima - Perú, que el señor Economista Rafael CORREA DELGADO, Presidente Constitucional de la República del Ecuador, conforme a la facultad que le concede el artículo 17° de la Ley de Extradición, dispone al señor Ministro de Gobierno, Policía y Cultos, para que proceda con la entrega en extradición únicamente del ciudadano Peruano Víctor Marcial MOLINA TAPIA o Víctor Manuel MOLINA TAPIA o Douglas NARANJO TORRES, al Perú, para lo cual dispone al señor Comandante General de la Policía Nacional se efectivice la entrega del extraditable en mención; en ese sentido solicitan se remitan planes de desplazamiento de los funcionarios a Quito dentro de los plazos legalmente establecidos, para materializar tal entrega; Que, mediante Memorándum Múltiple N° 710-2009- DIRGEN-PNP/EMP-OAE del 3 de junio de 2009, el General de Policía Director General de la Policía Nacional del Perú, aprueba y dispone la formulación del proyecto de Resolución Suprema de viaje al exterior en comisión del servicio del Capitán de la Policía Nacional del Perú Edwin Martín QUINTANA ZAPATA y del Capitán de la Policía Nacional del Perú Richard Amadeo SIFUENTES CAMPOS, a la ciudad de Quito - República de Ecuador, del 14 al 18 de junio de 2009, a fi n de que ejecuten la Extradición Activa del procesado Víctor Marcial MOLINA TAPIA o Douglas Jefferson NARANJO TORRES, solicitado por el Octavo Juzgado Penal Colectivo con Reos en Cárcel de la Corte Superior de Justicia de Arequipa, y declarado procedente por la Corte Suprema de Justicia de la República, por la comisión del delito contra la salud pública - tráfi co ilícito de drogas, en su modalidad de lavado de activos, receptación de dinero y bienes provenientes del tráfi co ilícito de drogas, en forma de organización, en agravio del Estado Peruano; Que, los gastos por concepto de viáticos para el personal policial serán sufragados por el Estado Peruano, con cargo a la Unidad Ejecutora 002-Dirección de Economía y Finanzas de la Policía Nacional del Perú, del Pliego 007, Ministerio del Interior y los gastos correspondientes a pasajes e impuestos de viaje para el personal policial y el extraditable, serán asumidos por el Poder Judicial; Que, mediante Ofi cio N° 1031-2009-DIRECFIN-PNP- EM/UNIPRE. del 5 de junio de 2009, la Dirección de Economía y Finanzas de la Policía Nacional del Perú, remite el Informe N° 193-2009-DIRECFIN-PNP-DIVADM-DEPADM del 5 de junio de 2009, sobre el Proyecto de Liquidación por Comisión de Servicio en el Extranjero del 14 al 18 de junio de 2009; asimismo la Unidad de Presupuesto de la Dirección de Economía y Finanzas de la Policía Nacional del Perú, hace conocer que se ha formulado la Certifi cación de Crédito Presupuestario N° 436-2009-DIRECFIN-PNP- EM/UNIPRE del 5 de junio de 2009, estableciendo que efectuado los cálculos, se atenderá lo solicitado con la Específi ca del Gasto 2.3.21.1.2 Viáticos y Asignaciones, Fuente de Financiamiento Recursos Ordinarios por la suma ascendente a US$ 2,000.00 (Dos Mil con 00/100 Dólares Americanos), por comisión del servicio a la ciudad de Quito - República de Ecuador, del Capitán de la Policía Nacional del Perú Edwin Martín QUINTANA ZAPATA y del Capitán de la Policía Nacional del Perú Richard Amadeo SIFUENTES CAMPOS, a fi n de dar cumplimiento a lo dispuesto por la autoridad judicial antes mencionada; Que, mediante Ofi cio N° 318-2009-MP-FN de fecha 26 de mayo de 2009, la Fiscal de la Nación, autoridad central en materia de Cooperación Judicial Internacional, solicita a la Ministra del Interior, la adopción de las medidas que correspondan para la autorización del viaje a la ciudad de Quito - República de Ecuador, del personal policial que se encargará de ejecutar la Extradición del procesado Víctor Marcial MOLINA TAPIA o Douglas Jefferson NARANJO TORRES, solicitado por el Octavo Juzgado Penal Colectivo con Reos en Cárcel de la Corte Superior de Justicia de Arequipa, y declarado procedente por la Corte Suprema de Justicia de la República, por la comisión del delito contra la salud pública - tráfi co ilícito de drogas, en su modalidad de lavado de activos, receptación de dinero y bienes provenientes del tráfi co ilícito de drogas, en forma de organización, en agravio del Estado Peruano; Que, el artículo 2° del Decreto Supremo N° 047- 2002-PCM, mediante el cual se aprueba las Normas Reglamentarias sobre autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos, establece que la Resolución de Autorización de viajes al exterior de la República estrictamente necesarios, será debidamente sustentada en el interés nacional o en el interés específi co de la Institución, y deberá indicar expresamente el motivo del viaje, el número de días de duración del viaje, el monto de los gastos de desplazamiento, viáticos y el impuesto por Tarifa Única de Uso de Aeropuerto; Que, el inciso 9.3 del artículo 9° de la Ley del Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2009, referido a las medidas en materia de bienes y servicios prohibe los viajes al exterior de servidores o funcionarios públicos y representantes del Estado con cargo a recursos públicos,