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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, domingo 14 de junio de 2009 397588 el mencionado plazo si no hubiera el pronunciamiento de la entidad correspondiente, las solicitudes se darán por aprobadas. Las inscripciones de origen temático se realizarán en la Subgerencia de Participación Vecinal y Registro de Organizaciones Sociales. En caso de observancia o tacha, la organización o ciudadano podrá interponer recurso de Reconsideración o Apelación por denegatoria de inscripción, sin costo alguno, de conformidad con lo dispuesto por la Ley Nº 27444 - Ley General del Procedimiento Administrativo y, demás normas legales vigentes al respecto. Artículo 18º.- INSCRIPCION VIRTUAL La Gerencia de Participación Vecinal establecerá un proceso de inscripción virtual por el cual la ciudadanía y las organizaciones sociales podrán acceder a la inscripción para la formulación de los Presupuestos Participativos anuales. El sistema recogerá los requisitos y disposiciones establecidos en la presente Ordenanza. La Subgerencia de Participación Vecinal y Registro de Organizaciones Sociales estará a cargo de dicho proceso. Artículo 19º .- INSCRIPCIONES ANTERIORES Para un adecuado proceso de inscripción todas aquellas organizaciones sociales ya inscritas en procesos anteriores, solo presentarán una carta confi rmando su participación en el proceso a desarrollarse y adjuntar el acta de elección del representante de la organización o la ratifi cación del representante ya inscrito. TÍTULO V PROCEDIMIENTO VIRTUAL PARA LA FORMULACIÓN DEL PRESUPUESTO PARTICIPATIVO Artículo 20º.- PROCEDIMIENTO VIRTUAL Con la presente Ordenanza se crea y establece el procedimiento virtual para la mejora del proceso de formulación y aprobación del Presupuesto Participativo. El procedimiento virtual comprende la inscripción y registro de Agentes Participantes y la constitución del Banco de Proyectos para la presentación y registro de fi chas de proyectos; así como la presentación de los resultados del proceso de formulación del Presupuesto Participativo. Artículo 21º .- RESPONSABILIDADES El procedimiento virtual constará de dos partes, teniendo responsabilidades defi nidas y responsables para su funcionamiento. a) Procedimiento de inscripción y registro de Agentes Participantes a cargo de la Gerencia de Participación Vecinal. b) Procedimiento de presentación y registro de fi chas de proyectos y presentación de resultados del proceso de formulación a cargo de la Gerencia de Planifi cación y Presupuesto. Ambos procedimientos responden y recogen los requisitos y disposiciones aprobadas en la presente Ordenanza. Las Gerencias dispondrán las resoluciones y disposiciones internas así como el personal necesario para su cumplimiento. TÍTULO VI PROCEDIMIENTO DE APROBACIÓN DEL PRESUPUESTO PARTICIPATIVO Artículo 22º.- ACUERDO DE LOS TALLERES Los productos resultantes del proceso de formulación del Presupuesto Participativo descritos en el Artículo 14º son recogidos por el Equipo Técnico para ser incluidos en el Proyecto del Presupuesto Participativo del distrito del año siguiente, y se presenta ante la Asamblea de Agentes Participantes para la defi nición y suscripción del acuerdo correspondiente. Artículo 23º.- APROBACIÓN ANTE EL CCLD 1.- El Acta de Acuerdos y Compromisos y el Documento Final del Proceso del Presupuesto Participativo es remitido al Alcalde para su presentación al Consejo de Coordinación Local Distrital. 2.- El Alcalde Distrital lo presenta al Consejo de Coordinación Local Distrital para su aprobación correspondiente. El Equipo Técnico deberá presentar un informe en caso exista observaciones al documento fi nal presentado. Artículo 24º.- APROBACIÓN ANTE EL CONCEJO MUNICIPAL Terminada la fase de coordinación y concertación; el proyecto del presupuesto participativo es puesto por el Alcalde a consideración del Concejo Municipal para su conocimiento, revisión y aprobación. TÍTULO VII COMPOSICIÓN DEL COMITÉ DE VIGILANCIA Artículo 25º.- ELECCIÓN DEL COMITÉ DE VIGILANCIA La Asamblea de Agentes Participantes de manera autónoma, eligen de entre sus representantes a los miembros del Comité de Vigilancia del Presupuesto Participativo, en cumplimiento del Artículo 10º del Reglamento de la Ley Marco del Presupuesto Participativo. Artículo 26º.- NÚMERO DE MIEMBROS DEL COMITÉ DE VIGILANCIA El número de miembros del Comité de Vigilancia será de 07 agentes participantes debidamente inscritos para el proceso del Presupuesto Participativo, conformado de la siguiente manera: 03 Representantes de Organizaciones Sociales de Base Territoriales. 04 Representantes de Organizaciones Sociales de Base No Territoriales, incluyendo a 01 representante de los no organizados, si los hubiera. Se nombrará a un(01) representante de las Organizaciones Sociales de Base Territorial y 1 representante de Organizaciones Sociales de Base No Territorial como suplentes en caso de vacancia o renuncia formal de algún integrante elegido, de acuerdo al Reglamento del Comité de Vigilancia. Artículo 27º.- REGLAMENTO Y ELECCIÓN DEL COMITÉ DE VIGILANCIA El Reglamento de Elecciones de los miembros del Comité de Vigilancia, se aprobará en el Primer Taller Distrital del Presupuesto Participativo por los Agentes Participantes. Y se procederá a elegir a los miembros del citado Comité en la Segunda Sesión del Primer Taller Distrital , estando establecida la fecha en el cronograma correspondiente. Artículo 28º.- CONFORMACIÓN INTERNA El Comité de Vigilancia está facultado para establecer su organización interna y funcionamiento en concordancia con el Artículo 10º del Reglamento de la Ley Marco del Presupuesto Participativo, debiendo contar con un libro de actas aperturado por Notario Público. TÍTULO VIII RENDICIÓN DE CUENTAS Artículo 29º.- PROGRAMACIÓN Y CONVOCATORIA La Rendición de Cuentas es convocada por el Gobierno Local, para este evento, se cita a los agentes participantes, proporcionándoles la información escrita correspondiente, con la debida anticipación. Artículo 30º.- CONTENIDO El Alcalde dará a conocer a los Agentes Participantes el cumplimiento de los acuerdos tomados en el proceso Participativo del año anterior y de los avances en el presente ejercicio; detallando cada uno de los proyectos priorizados y considerados en el Programa de Inversiones del año correspondiente. Asimismo, es momento propicio para que el Alcalde, informe sobre los resultados de la Gestión y del