Norma Legal Oficial del día 16 de junio del año 2009 (16/06/2009)


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TEXTO DE LA PÁGINA 18

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NORMAS LEGALES

El Peruano MORDAZA, martes 16 de junio de 2009

Defensa del Ministerio de Relaciones Exteriores, solicita se expida la autorizacion para el ingreso de personal militar de la Republica de Bolivia sin MORDAZA de guerra; Que, en el mes de junio se ha programado realizar la "XVII Ronda de Conversaciones entre los altos Mandos Militares de Bolivia y Peru; Que, el articulo 5° de la Ley N° 27856, modificado por Ley Nº 28899, establece que "el ingreso de personal militar extranjero sin MORDAZA de MORDAZA para realizar actividades relacionadas a las medidas de fomento de la confianza, actividades de asistencia civica, de planeamiento de futuros ejercicios militares, academicas, de instruccion o entrenamiento con personal de las Fuerzas Armadas Peruanas o para realizar visitas de coordinacion o protocolares con autoridades militares y/o del Estado Peruano es autorizado por el Ministro de Defensa mediante Resolucion Ministerial, con conocimiento del Presidente del Consejo de Ministros, quien da cuenta al Congreso de la Republica por escrito en un plazo de veinticuatro (24) horas tras la expedicion de la resolucion, bajo responsabilidad. La Resolucion Ministerial de autorizacion debe especificar los motivos, la relacion del personal militar, la relacion de equipos transeuntes y el tiempo de permanencia en el territorio peruano. En los casos en que corresponda se solicitara opinion previa del Ministerio de Relaciones Exteriores"; y, Con la opinion favorable del Comando Conjunto de las Fuerzas Armadas del Peru y de conformidad con la Ley N° 27856 y la Ley Nº 28899; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Autorizar el ingreso al territorio de la Republica del personal militar de las Fuerzas Armadas de Bolivia que se detalla a continuacion, del 21 al 27 de junio de 2009, para participar en la "XVII Ronda de Conversaciones entre los Altos Mandos Militares de Bolivia y Peru": General de Division Contralmirante General de Brigada Gral. Brig. Ae. Contralmirante Capitan de Navio DAEN MORDAZA DAEN Capitan de Navio DEMN MORDAZA MORDAZA Ferrufino MORDAZA MORDAZA Ibanez MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA GANDARILLAS MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA QUIPILDOR MORDAZA Olver MORDAZA Lordeman MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA

o para realizar visitas de coordinacion o protocolares con autoridades militares y/o del Estado Peruano es autorizado por el Ministro de Defensa mediante Resolucion Ministerial, con conocimiento del Presidente del Consejo de Ministros, quien da cuenta al Congreso de la Republica por escrito en un plazo de veinticuatro (24) horas tras la expedicion de la resolucion, bajo responsabilidad. La Resolucion Ministerial de autorizacion debe especificar los motivos, la relacion del personal militar, la relacion de equipos transeuntes y el tiempo de permanencia en el territorio peruano.En los casos en que corresponda se solicitara opinion previa del Ministerio de Relaciones Exteriores"; y Con la opinion favorable del MORDAZA de MORDAZA del Peru y de conformidad con la Ley N° 27856 y la Ley Nº 28899; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Autorizar el ingreso al territorio de la Republica del personal militar de la Armada Boliviana que se detalla a continuacion, del 16 al 19 de junio de 2009, para participar en la "VIII Reunion Bilateral de Comandos Navales Fronterizos" entre el Peru y Bolivia: Capitan de Navio Capitan de Fragata Capitan de Fragata Capitan de Fragata Capitan de Corbeta MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA JARJURI MORDAZA MORDAZA MORDAZA ALCONZ MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA Jhonny MORDAZA Terceros

Articulo 2º.- Poner en conocimiento del Presidente del Consejo de Ministros la presente resolucion, a fin que de cuenta al Congreso de la Republica en el plazo a que se contrae el articulo 5° de la Ley N° 27856, modificado por Ley Nº 28899. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA ARAOZ E. Ministro de Defensa

360678-4 RESOLUCION MINISTERIAL Nº 546-2009-DE/SG
MORDAZA, 15 de junio de 2009 CONSIDERANDO: Que, con Facsimil (DGS) Nº 635 de fecha 11 de junio de 2009, el Director General para Asuntos de Seguridad y Defensa del Ministerio de Relaciones Exteriores, solicita se expida la autorizacion para el ingreso de personal militar de la Republica de Colombia sin MORDAZA de guerra; Que, la visita del mencionado personal tiene como proposito continuar con la realizacion de los entrenamientos conjuntos y visitar centros de entrenamiento de la MORDAZA de MORDAZA del Peru ubicados en Iquitos y MORDAZA, respectivamente; Que, el articulo 5° de la Ley N° 27856, modificado por Ley Nº 28899, establece que "el ingreso de personal militar extranjero sin MORDAZA de MORDAZA para realizar actividades relacionadas a las medidas de fomento de la confianza, actividades de asistencia civica, de planeamiento de futuros ejercicios militares, academicas, de instruccion o entrenamiento con personal de las Fuerzas Armadas Peruanas o para realizar visitas de coordinacion o protocolares con autoridades militares y/o del Estado Peruano es autorizado por el Ministro de Defensa mediante Resolucion Ministerial, con conocimiento del Presidente del Consejo de Ministros, quien da cuenta al Congreso de la Republica por escrito en un plazo de veinticuatro (24) horas tras la expedicion de la resolucion, bajo responsabilidad. La Resolucion Ministerial de autorizacion debe especificar los motivos, la relacion del personal militar, la relacion de equipos transeuntes y el tiempo de permanencia en el territorio peruano.En los casos en que corresponda se solicitara opinion previa del Ministerio de Relaciones Exteriores"; y Con la opinion favorable del MORDAZA de MORDAZA del Peru y de conformidad con la Ley N° 27856 y la Ley Nº 28899; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Autorizar el ingreso al territorio de la Republica del MORDAZA MORDAZA MORDAZA M. COTE y el Mayor MORDAZA C. MORDAZA, pertenecientes a la Armada Nacional de Colombia, del 17 al 23 de junio de 2009, para visitar

Articulo 2º.- Poner en conocimiento del Presidente del Consejo de Ministros la presente resolucion, a fin que de cuenta al Congreso de la Republica en el plazo a que se contrae el articulo 5° de la Ley N° 27856, modificado por Ley Nº 28899. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA ARAOZ E. Ministro de Defensa

360678-3 RESOLUCION MINISTERIAL Nº 542-2009-DE/SG
MORDAZA, 12 de junio de 2009 CONSIDERANDO: Que, con Facsimil (DGS) Nº 612 de fecha 8 de junio de 2009, el Director General para Asuntos de Seguridad y Defensa del Ministerio de Relaciones Exteriores, solicita se expida la autorizacion para el ingreso de personal militar de la Republica de Bolivia sin MORDAZA de guerra; Que, en el mes de setiembre de 2008, se realizo la "VII Reunion Bilateral de Comando Navales Fronterizos Bolivia-Peru", llevada a cabo en la MORDAZA de La Paz­ Bolivia, suscribiendose el Acta correspondiente, en la que mediante el Entendimiento Decimo se establecio la realizacion de la "VIII Reunion Bilateral de Comandos Navales Fronterizos Bolivia-Peru", a llevarse a cabo en la MORDAZA de MORDAZA entre el 16 al 19 de junio de 2009; Que, el articulo 5° de la Ley N° 27856, modificado por Ley Nº 28899, establece que "el ingreso de personal militar extranjero sin MORDAZA de MORDAZA para realizar actividades relacionadas a las medidas de fomento de la confianza, actividades de asistencia civica, de planeamiento de futuros ejercicios militares, academicas, de instruccion o entrenamiento con personal de las Fuerzas Armadas Peruanas

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