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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 27 DE JUNIO DEL AÑO 2009 (27/06/2009)

CANTIDAD DE PAGINAS: 84

TEXTO PAGINA: 58

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, sábado 27 de junio de 2009 398220 administrativas Nº 007-2007/DP, Nº 014-2007/DP, Nº 030-2007/DP, Nº 036-2007/DP, Nº 012-2008/DP, Nº 031-2008/DP, Nº 050-2008/DP, Nº 065-2008/DP y Nº 0036-2009/DP; Que, según se advierte en los documentos de Visto, en el proyecto de Cuadro para Asignación de Personal – CAP para la Defensoría del Pueblo no se ha incrementado el número de plazas ya existentes; sin embargo se han realizado algunos cambios como el reordenamiento de cargos; Que, el artículo 16º de los Lineamientos para la Elaboración y Aprobación del Cuadro para Asignación de Personal – CAP de las Entidades de la Administración Pública, dispone que cuando se verifi que la existencia de un reordenamiento de cargos que conlleve a una afectación de su Presupuesto Analítico de Personal – PAP, la Entidad se encuentra obligada a aprobar un nuevo Cuadro para Asignación de Personal – CAP; Que, el artículo 15º de los referidos Lineamientos establece que la aprobación del Cuadro para Asignación de Personal - CAP de la Defensoría del Pueblo corresponde a la Titular del pliego; Que, la propuesta analizada mediante el Informe Nº 047- 2009/OPPRE menciona que la aprobación del Cuadro para Asignación de Personal – CAP para la Defensoría del Pueblo correspondiente al año 2009, cuenta con el mismo número de plazas en el Cuadro para Asignación de Personal – CAP, aprobado por la Resolución Defensorial Nº 020-2009/DP; Que, es procedente aprobar el Cuadro para Asignación de Personal – CAP de la Defensoría del Pueblo para el año 2009, conforme a lo dispuesto en los Lineamientos para la Elaboración y Aprobación del Cuadro para Asignación de Personal – CAP de las Entidades de la Administración Pública; Con los visados de la Primera Adjuntía, Secretaría General y de las ofi cinas de Planifi cación, Presupuesto, Racionalización y Estadística, Gestión de Recursos Humanos y Asesoría Jurídica; En uso de las atribuciones y facultades conferidas por los artículos 5º y 9º de la Ley Orgánica de la Defensoría del Pueblo, Ley Nº 26520; de acuerdo con lo establecido en los literales d) y n) del artículo 8º del Reglamento de Organización y Funciones de la Defensoría del Pueblo, aprobado por la Resolución Defensorial Nº 029-2008/DP, y su modificatoria, aprobada por la Resolución Defensorial Nº 019-2009/ DP; en las disposiciones referidas a la transferencia de funciones desempeñadas por el Instituto Nacional de Administración Pública – INAP, aprobado por Decreto Supremo Nº 074-95-PCM y conforme a lo dispuesto en los artículos 15º y 16º de los Lineamientos para la Elaboración y Aprobación del Cuadro para Asignación de Personal – CAP de las Entidades de la Administración Pública, aprobado por el Decreto Supremo Nº 043-2004-PCM y conforme a lo dispuesto en el numeral 3) del artículo 10º del Reglamento que establece disposiciones relativas a la publicidad, publicación de Proyectos Normativos y difusión de Normas Legales de Carácter General, aprobado por el Decreto Supremo Nº 001-2009-JUS; SE RESUELVE: Artículo Primero.- APROBAR el Cuadro para Asignación de Personal – CAP de la Defensoría del Pueblo, que consta de treinta y seis (36) páginas y que forma parte integrante de la presente resolución. Artículo Segundo.- ENCARGAR a la Oficina de Tecnología de la Información de la Defensoría del Pueblo la publicación de la presente resolución y su anexo que contiene el Cuadro para Asignación de Personal – CAP, en el Portal Institucional de la entidad. Regístrese, comuníquese y publíquese. BEATRIZ MERINO LUCERO Defensora del Pueblo 366305-1 REGISTRO NACIONAL DE IDENTIFICACION Y ESTADO CIVIL Autorizan a la Oficina Registral Auxiliar en el Hospital II-1 de la red del Ministerio de Salud de Tarapoto a efectos de que además de las inscripciones de DNI de recién nacidos y menores de edad, pueda efectuar otras inscripciones RESOLUCIÓN JEFATURAL Nº 374-2009/JNAC/RENIEC Lima, 25 de junio de 2009 VISTOS: El Ofi cio N° 931-2009/JR3TAR/GOR/RENIEC, (20MAY2009) de la Jefatura Regional 3, San Martín (Tarapoto), el Ofi cio N° 02200-2009/GOR/RENIEC, (01JUN2009) de la Gerencia de Operaciones Registrales y el Informe N° 000703-2009/GAJ/RENIEC, (11JUN2009) de la Gerencia de Asesoría Jurídica; CONSIDERANDO: Que, el artículo 11° de la Ley N° 26497, Ley Orgánica del Registro Nacional de Identifi cación y Estado Civil (RENIEC), establece que el Jefe Nacional del RENIEC tiene la facultad de designar las ofi cinas registrales en todo el país. Asimismo, está autorizado para efectuar las modifi caciones convenientes para el mejor servicio a la población, creando o suprimiendo las dependencias que fueren necesarias; Que, de igual modo los artículos 11° y 13° del Reglamento de Inscripciones del RENIEC, aprobado mediante Decreto Supremo N° 015-98-PCM, señalan que cada ofi cina registral estará dotada de los mecanismos sufi cientes para atender a la población, facultando al Jefe Nacional la decisión sobre la creación, supresión de las mismas, atendiendo a las circunstancias, densidad de la población, y otros; Que, mediante Resolución Jefatural N° 439-2007/ JEF/RENIEC, publicada en el Diario Ofi cial El Peruano (16MAY2007), se dispuso autorizar la implementación de Ofi cinas Registrales en los hospitales del MINSA y EsSalud, donde se efectúan las inscripciones de los nacimientos y defunciones que ocurren en los nosocomios a cargo de dichas instituciones; así, como la tramitación del DNI a los recién nacidos y menores de edad; Que, a través de la Resolución Jefatural N° 0012-2009/ JNAC/RENIEC, (12ENE2009), se resolvió continuar con las inscripciones de los nacimientos y defunciones en las Ofi cinas Registrales Auxiliares RENIEC en los hospitales del MINSA y EsSalud; así, como la tramitación del DNI a los recién nacidos y menores de edad; Que, de acuerdo a los documentos del visto, emitidos por la Gerencia de Operaciones Registrales y la Jefatura Regional 3, San Martín (Tarapoto), al encontrarse en funcionamiento una Ofi cina Registral Auxiliar implementada en el Hospital II – 1 de la red del Ministerio de Salud (MINSA) en la ciudad de Tarapoto, de la Región San Martín, la cual, sólo realiza trámites de DNI a los recién nacidos y menores de edad, la Gerencia de Operaciones Registrales propone que corresponde ampliar sus funciones para la inscripción de hechos vitales de nacimientos ordinarios y defunciones ordinarias que ocurran en dicho nosocomio; De conformidad con lo dispuesto en la Ley N° 26497, Ley Orgánica del RENIEC, el Reglamento de Inscripciones del RENIEC, aprobado con Decreto Supremo N° 015-98- PCM y el Reglamento de Organización y Funciones del RENIEC, aprobado mediante Resolución Jefatural N° 273- 2009/JNAC/RENIEC (20MAY2009); SE RESUELVE: Artículo Primero.- Autorizar a la Ofi cina Registral Auxiliar en el Hospital II – 1 de la red del Ministerio de Salud