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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 27 DE JUNIO DEL AÑO 2009 (27/06/2009)

CANTIDAD DE PAGINAS: 84

TEXTO PAGINA: 59

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, sábado 27 de junio de 2009 398221 (MINSA) de Tarapoto, a cargo de la Jefatura Regional Tarapoto, a efectos de que además de las inscripciones de DNI a los recién nacidos y menores de edad, pueda efectuar inscripciones de hechos vitales de nacimientos ordinarios y defunciones ordinarias que ocurran en dicho nosocomio, a partir de la fecha de la expedición de la presente Resolución. Artículo Segundo.- Encargar a las Gerencias de Operaciones Registrales e Imagen Institucional, la implementación de lo dispuesto en la presente Resolución Jefatural, debiendo comunicar a los medios de comunicación del contenido de la misma para la publicidad a la población en general. Regístrese, publíquese y cúmplase. EDUARDO RUIZ BOTTO Jefe Nacional 366026-1 MINISTERIO PUBLICO Aprueban el Plan Antropológico Forense Casos: “Cuticsa, Chupacc, Mesaccocha, Puyhuan” RESOLUCIÓN DE LA FISCALÍA DE LA NACIÓN Nº 874-2009-MP-FN Lima, 25 de junio de 2009 VISTO Y CONSIDERANDO: Que mediante Ofi cio Nº 166-2009-MP-F-IML/JN, de 24 de febrero de 2009, el doctor Gino José Carlos Dávila Herrera, Jefe Nacional del Instituto de Medicina Legal y Ciencias Forenses, eleva el Plan Antropológico Forense Casos: “Cuticsa, Chupacc, Mesaccocha, Puyhuan”, elaborado por el Equipo Forense Especializado del Instituto de Medicina Legal y Ciencias Forenses del Ministerio Público, para su aprobación. Que, el Plan citado en el párrafo anterior ha sido elaborado a partir del análisis y diagnóstico de la etapa de investigación forense preliminar, que tuvo como resultado el registro de treinta y ocho (38) fi chas antemortem, así como la ubicación y evaluación de ochenta y un (81) fosas, donde se encontrarían depositados noventa y siete (97) individuos, presuntamente victimados, en la mayoría de los casos, por miembros de “Sendero Luminoso”, en eventos acaecidos ente los años 1983 a 1991, en los anexos de Cuticsa, Chupacc, Mesaccocha y Puyhuan del distrito de Santo Tomás de Pata, provincia de Angares, departamento de Huancavelica. Que, asimismo, el mencionado Plan tiene como objetivos la exhumación y/o recuperación e identifi cación de restos humanos y elementos asociados, además de la determinación de la causa, manera y agente causante de su muerte. Que, en virtud a lo antes expuesto, y teniendo en consideración que el presente Plan constituiría una operación forense a gran escala, y con ello se estaría cumpliendo con las recomendaciones efectuadas por la Comisión de la verdad y Reconciliación (CVR), respecto a la búsqueda de desaparecidos y la necesidad de desarrollar planes de intervención, resulta necesario expedir el resolutivo correspondiente. De conformidad con el artículo 64º del Decreto Legislativo Nº 052, Ley Orgánica del Ministerio Público; SE RESUELVE: Artículo Primero.- Aprobar el Plan Antropológico Forense Casos: “Cuticsa, Chupacc, Mesaccocha, Puyhuan”, elaborado por el Equipo Forense Especializado del Instituto de Medicina Legal y Ciencias Forenses del Ministerio Público. Artículo Segundo.- Disponer que la Gerencia General adopte las medidas necesarias para la adquisición de materiales y la contratación del personal, con la fi nalidad de disponer la ejecución del Plan Antropológico Forense citado en el Artículo Primero de la presente Resolución. Artículo Tercero.- Hacer de conocimiento la presente Resolución, a la Presidencia de las Junta de Fiscales Superiores de Huancavelica, a la Jefatura Nacional del Instituto de Medicina Legal y Ciencias Forenses; y a la Gerencia General. Regístrese, comuníquese y publíquese. PABLO WILFREDO SÁNCHEZ VELARDE Fiscal Supremo Titular Encargado del Despacho de la Fiscalía de la Nación 365700-1 SUPERINTENDENCIA DE BANCA, SEGUROS Y ADMINISTRADORAS PRIVADAS DE FONDOS DE PENSIONES Autorizan inscripción de LG Ajustadores de Seguros S.A.C. en el Registro del Sistema de Seguros RESOLUCIÓN SBS Nº 5718-2009 Lima, 12 de junio de 2009 EL SUPERINTENDENTE ADJUNTO DE SEGUROS VISTA: La solicitud presentada por el señor José Leandro Gutiérrez Altamirano para que se autorice la inscripción de la empresa LG AJUSTADORES DE SEGUROS S.A.C. en el Registro del Sistema de Seguros, Sección III: De los Ajustadores de Siniestros y/o Peritos de Seguros B: Personas Jurídicas; y, CONSIDERANDO: Que, por Resolución SBS Nº 816-2004 de fecha 27 de mayo de 2004, se estableció los requisitos formales para la inscripción de los Auxiliares de Seguros; Que, el solicitante ha cumplido con los requisitos formales exigidos por la citada norma administrativa; Que, la Superintendencia Adjunta de Seguros mediante Evaluación Interna de Expedientes Nº 004-2009-RESS celebrada el 20 de mayo de 2009 en concordancia con lo dispuesto en el artículo 11º del Reglamento del Registro del Sistema de Seguros ha califi cado y aprobado la inscripción respectiva en el indicado Registro; y, En uso de las atribuciones conferidas por la Ley General del Sistema Financiero y del Sistema de Seguros y Orgánica de la Superintendencia de Banca y Seguros - Ley Nº 26702 y sus modifi catorias; en virtud de la facultad delegada por la Resolución SBS Nº 1096-2005 del 25 de julio de 2005; RESUELVE: Artículo Primero.- Autorizar la inscripción en el Registro del Sistema de Seguros Sección III: De los Ajustadores de Siniestros y/o Peritos de Seguros B: Personas Jurídicas a la empresa LG AJUSTADORES DE SEGUROS S.A.C. con matrícula Nº AJ-0081 cuya representación será ejercida por el señor José Leandro Gutiérrez Altamirano con Nº de Registro AN-188, para operar como ajustadores marítimo transportes y ajustadores ramos generales. Artículo Segundo.- La presente Resolución entra en vigencia al día siguiente de su publicación en el Diario Ofi cial El Peruano. Regístrese, comuníquese y publíquese. ARMANDO CÁCERES VALDERRAMA Superintendente Adjunto de Seguros 365204-1