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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, sábado 27 de junio de 2009 398223 EL SUPERINTENDENTE DE BANCA, SEGUROS Y ADMINISTRADORAS PRIVADAS DE FONDOS DE PENSIONES (a.i.) VISTA: La convocatoria cursada por la Asociación de Supervisores Bancarios de las Américas (ASBA) a la Superintendencia de Banca, Seguros y Administradoras Privadas de Fondos de Pensiones, con el fi n de participar en el Curso “Modelos Avanzados de Gestión del Riesgo de Crédito”, organizado por el Banco de España, el mismo que se llevará a cabo del 29 de junio al 3 de julio de 2009 en la ciudad de Madrid, España; CONSIDERANDO: Que, el mencionado evento está dirigido especialmente a los representantes de las autoridades supervisoras y reguladores de las entidades del sistema fi nanciero y tiene como principal objetivo ampliar el conocimiento técnico de los participantes sobre aspectos relacionados con la gestión, control y medición del riesgo de crédito utilizando modelos avanzados bajo la óptica de Basilea II. Asimismo, se revisarán y desarrollarán temas sobre los sistemas de califi cación: scoring y rating, los enfoques IRB para el cálculo regulatorio mínimo por riesgo de crédito, los procesos de validación y las consideraciones sobre los parámetros de riesgo, entre otros; Que, en tanto los temas a tratar en el curso antes señalado serán de utilidad y aplicación directa para la mejora y fortalecimiento del marco de regulación, supervisión y procesos internos de la SBS, así como en el proceso de implementación del Acuerdo de Capital de Basilea II que viene llevando a cabo nuestra Institución, se ha designado en esta oportunidad, al señor Manuel Armando Luy Molinié, Analista Principal del Departamento de Investigación Económica de la Superintendencia Adjunta de Estudios Económicos y miembro del grupo de trabajo técnico de la Comisión Especial del Nuevo Acuerdo de Capital Basilea II – Solvencia II de la SBS que viene preparando los reglamentos fi nales de Riesgo de Crédito, Mercado y Operacional, para participar en el referido evento; Que, la Superintendencia de Banca, Seguros y Administradoras Privadas de Fondos de Pensiones, mediante Directiva SBS-DIR-ADM-085-12, ha dictado una serie de Medidas Complementarias de Austeridad en el Gasto para el ejercicio 2009, estableciéndose en el Numeral 4.2.1., que se autorizarán los viajes al exterior de los funcionarios de la SBS para participar en eventos de interés para la institución; Que, en consecuencia es necesario autorizar el viaje del citado funcionario para participar en el indicado evento, cuyos gastos por concepto de pasajes aéreos, hasta un máximo de 500 Euros vía reembolso, alojamiento, desayunos y almuerzos por los días de la duración del curso, serán fi nanciados por el Banco de España, debiendo asumir esta Superintendencia los gastos por concepto de la diferencia del costo de los pasajes aéreos, viáticos complementarios y Tarifa CORPAC con cargo al Presupuesto correspondiente al ejercicio 2009; y, En uso de las facultades que le confi ere la Ley Nº 26702 “Ley General del Sistema Financiero y del Sistema de Seguros y Orgánica de la Superintendencia de Banca y Seguros” y la Resolución SBS N° 5601-2009, y de conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 27619, el Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM y en virtud a la Directiva Nº SBS-DIR-ADM-085-12, sobre Medidas Complementarias de Austeridad en el Gasto para el ejercicio 2009; RESUELVE: Artículo Primero.- Autorizar el viaje del señor Manuel Armando Luy Molinié, Analista Principal del Departamento de Investigación Económica de la Superintendencia Adjunta de Estudios Económicos, a la ciudad de Madrid, España del 27 de junio al 4 de julio de 2009, para los fi nes expuestos en la parte considerativa de la presente Resolución. Artículo Segundo.- El citado funcionario, dentro de los 15 (quince) días calendario siguientes a su reincorporación, deberá presentar ante el Superintendente de Banca, Seguros y Administradoras Privadas de Fondos de Pensiones un informe detallado describiendo las acciones realizadas y los resultados obtenidos durante el viaje autorizado. Artículo Tercero.- Los gastos que irrogue el cumplimiento de la presente autorización por concepto de pasajes aéreos, hasta un máximo de 500 Euros vía reembolso, alojamiento, desayunos y almuerzos por los días de la duración del curso, serán fi nanciados por el Banco de España, en tanto que los gastos por concepto de diferencia en el costo de pasajes, viáticos complementarios y Tarifa CORPAC serán cubiertos por esta Superintendencia con cargo al Presupuesto correspondiente al ejercicio 2009, conforme a lo establecido por la Directiva SBS Nº SBS-DIR-ADM-031- 07, de acuerdo al siguiente detalle: Pasajes US$ 1182,61 (de los cuales el Banco de España reembolsará 500 Euros) Viáticos complementarios US$ 390,00 Tarifa CORPAC US$ 31,00 Artículo Cuarto.- La presente Resolución no otorga derecho a exoneración o liberación de impuestos de Aduana de cualquier clase o denominación a favor del funcionario cuyo viaje se autoriza. Regístrese, comuníquese y publíquese. LORENA MASIAS QUIROGA Superintendente de Banca, Seguros y Administradoras Privadas de Fondos de Pensiones (a.i.) 365470-1 UNIVERSIDADES Conceden duplicados de grados académicos de bachilleres y de título profesional de la Universidad Nacional de San Cristóbal de Huamanga UNIVERSIDAD NACIONAL DE SAN CRISTÓBAL DE HUAMANGA RESOLUCIÓN DEL CONSEJO UNIVERSITARIO Nº 071-2009-UNSCH-CU Ayacucho, 29 de enero de 2009 Visto el expediente promovido por el bachiller Otto Enrique Sulca Carrasco sobre expedición del duplicado del Grado Académico de Bachiller en Ciencias Contables; y, CONSIDERANDO: Que, con expediente de registro Nº 10446 del 05 de setiembre de 2008, don Otto Enrique Sulca Carrasco ha solicitado la expedición del duplicado del Grado Académico de Bachiller en Ciencias Contables conferido por la Universidad Nacional de San Cristóbal de Huamanga, por causal de deterioro de dicho diploma, conforme acredita con la original presentada. Que, de autos se establece que la Universidad Nacional de San Cristóbal de Huamanga con fecha 26 de diciembre de 1997 confi rió al recurrente el Grado Académico de Bachiller en Ciencias Contables, aprobado por la Resolución Rectoral Nº 1257-97 y registrado en el Libro II, folio 021 de registro de Grado de Bachiller de la Facultad de Ciencias Económicas, Administrativas y Contables. Que, para la expedición del duplicado de diploma solicitado, el recurrente ha satisfecho los requisitos establecidos por el artículo 8º del Reglamento para la Expedición del Duplicado de Diplomas de Grado Académico y/o Título Profesional de la Universidad Nacional de San Cristóbal de Huamanga, aprobado por la Resolución del Consejo Universitario Nº 1118-2006- UNSCH-CU;