Norma Legal Oficial del día 11 de marzo del año 2009 (11/03/2009)


Si dese vizualizar el documento entero como pdf click aqui.

TEXTO DE LA PÁGINA 22

392148

NORMAS LEGALES

El Peruano MORDAZA, miercoles 11 de marzo de 2009

Articulo 3º.- Los desembolsos de los recursos de la transferencia financiera aprobada por la presente Resolucion, solo se efectivizaran luego que la Municipalidad Provincial de Carabaya, departamento de MORDAZA, presente al Programa Agua Para Todos, las valorizaciones e informes del avance de ejecucion de obras, segun corresponda. El cronograma de desembolsos establecido en el Anexo B de la presente Resolucion podra ser modificado en funcion a los resultados de la ejecucion del Proyecto de Inversion Publica con Codigo SNIP Nº 60558, asi como por factores externos no previsibles. La modificacion del cronograma de desembolsos debera contar con la conformidad de la Entidad Ejecutora del Proyecto y del Director Ejecutivo del Programa Agua Para Todos, quien por parte del Ministerio queda autorizado para aprobar la modificacion del citado cronograma. Articulo 4º.- La Transferencia Financiera aprobada por la presente Resolucion se sujeta a los terminos y

condiciones establecidos en el Convenio Especifico de fecha 30 de enero de 2009, suscrito entre el Ministerio de Vivienda, Construccion y Saneamiento, la Municipalidad Provincial de Carabaya, departamento de MORDAZA, para el financiamiento del Proyecto de Inversion Publica con Codigo SNIP Nº 60558. Articulo 5º.- El Programa Agua Para Todos es responsable del cumplimiento de la presente Resolucion, de la ejecucion del Convenio Especifico senalado en el articulo 4 de la presente Resolucion, asi como del seguimiento y monitoreo del Proyecto de Inversion Publica con Codigo SNIP Nº 60558. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Ministra de Vivienda, Construccion y Saneameinto

ANEXO A PROYECTO DE INVERSION UNIDAD EJECUTORA : MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE CARABAYA
MORDAZA DE EJECUCION PRESUPUESTARIA INDIRECTA TRANSF. FINANCIERA HASTA POR S/. 3 555 587,00

COD SNIP

PROYECTO

MEJORAMIENTO Y AMPLIACION DEL SISTEMA DE DESAGUE EN LA LOCALIDAD DE 60558 MACUSANI - PROVINCIA DE CARABAYA - MORDAZA TOTAL

PPTO. PIM 2009 S/. 3 555 587,00

3 555 587,00

ANEXO B PROYECTO DE INVERSION UNIDAD EJECUTORA : MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE CARABAYA
MORDAZA DE EJECUCION PRESUPUESTARIA INDIRECTA TOTAL CRONOGRAMA DE DESEMBOLSOS PROYECTADOS S/. 01 MES 02 MES 03 MES 04 MES 05 MES 06 MES TRANSF. FINANC. HASTA POR S/. 3 555 587,00 3 555 587,00

COD SNIP

PROYECTO

MEJORAMIENTO Y AMPLIACION DEL SISTEMA DE DESAGUE 60558 EN LA LOCALIDAD DE MACUSANI - PROVINCIA DE CARABAYA - MORDAZA

2 133 352,00 284 447,00 284 446,00 284 447,00 284 447,00 284 448,00

320843-4

Crean la Defensoria del Usuario del Sector Vivienda, Construccion y Saneamiento
RESOLUCION MINISTERIAL Nº 106-2009-VIVIENDA
MORDAZA, 9 de marzo de 2009 CONSIDERANDO: Que, conforme lo prescribe el articulo 65 de la Constitucion Politica el Estado defiende el interes de los usuarios en la sociedad; Que, el Tribunal Constitucional en su condicion de MORDAZA interprete de la constitucionalidad de las leyes en el MORDAZA, en reiterada jurisprudencia ha senalado el "deber especial de proteccion" del Estado en la defensa del interes de los usuarios; Que, mediante Ley Nº 27658- Ley MORDAZA de Modernizacion de la Gestion del Estado, se busca que el Estado sea transparente en su gestion, y que sus trabajadores y servidores brinden al ciudadano un servicio imparcial, oportuno, confiable, predecible y de bajo costo, lo que implica el desempeno responsable y transparente de la funcion publica, con mecanismos de control efectivos que eviten afectar el derecho de los usuarios; Que, conforme al Decreto Supremo Nº 027-2007-PCMDecreto Supremo que define y establece las Politicas Nacionales de obligatorio cumplimiento para las entidades del Gobierno Nacional, se consignan las Politicas Nacionales en materia de Politica Anticorrupcion, entre las cuales se destaca el fomento de la participacion ciudadana en la vigilancia y control de la gestion publica;

Que, el primer objetivo del Plan Nacional de Lucha contra la Corrupcion del 23 de diciembre del 2008 es Institucionalizar en la administracion publica las practicas del buen gobierno, la etica, la transparencia y la lucha eficaz contra la corrupcion, lo cual concuerda con el fortalecimiento al derecho del usuario; Que, mediante Ley Nº 27815 ­Ley del Codigo de Etica de la Funcion Publica, se establecen un conjunto de disposiciones, principios, deberes y prohibiciones de naturaleza etica que rigen para todos los servidores publicos de las entidades de la Administracion Publica; Que, a fin de impulsar y defender el derecho e interes del usuario en el Sector, en concordancia con lo dispuesto por la Constitucion Politica, el Tribunal Constitucional, el Plan Nacional de Lucha Contra la Corrupcion y las disposiciones de la Ley del Codigo de Etica de la Funcion Publica, se hace necesario crear la Defensoria del Usuario del Sector Vivienda, Construccion y Saneamiento; De conformidad a lo establecido en la Ley Nº 27792-Ley de Organizacion y Funciones del Ministerio de Vivienda, Construccion y Saneamiento y su Reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 002-2002-VIVIENDA. SE RESUELVE: Articulo 1º.- Defensoria del Usuario Crease la Defensoria del Usuario del Sector Vivienda, Construccion y Saneamiento la misma que estara a cargo del Defensor del Usuario de Vivienda, Construccion y Saneamiento, quien dependera funcionalmente de la Secretaria General del MVCS. Articulo 2º.- De las Funciones del Defensor del Usuario El Defensor del Usuario del Sector Vivienda, Construccion y Saneamiento tiene las siguientes funciones:

Deseo borrar mis datos personales que aparecen en esta página.