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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 11 DE MARZO DEL AÑO 2009 (11/03/2009)

CANTIDAD DE PAGINAS: 72

TEXTO PAGINA: 48

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, miércoles 11 de marzo de 2009 392174 Precisan competencias de diversos órganos jurisdiccionales del Distrito Judicial de Lambayeque, para la adecuada aplicación del nuevo Código Procesal Penal RESOLUCIÓN ADMINISTRATIVA Nº 073-2009-CE-PJ Lima, 3 de marzo de 2009 CONSIDERANDO: Primero: Que, mediante Resolución Administrativa Nº 344-2008-CE-PJ, publicada en el Diario Ofi cial El Peruano el 20 de febrero del año en curso, se dispuso la conformación de los órganos jurisdiccionales que se encargarán de conocer los nuevos procesos bajo el Código Procesal Penal; así como los que realizarán la liquidación de expedientes, en el Distrito Judicial de Lambayeque; Segundo: En ese orden de ideas, y teniendo como política institucional este Poder Estado el dictar medidas en aras de un óptimo servicio de impartición de justicia, garantizando a su vez la tutela jurisdiccional efectiva; deviene en necesario dictar medidas complementarias a las ya impartidas; Por tales fundamentos, el Consejo Ejecutivo del Poder Judicial, en uso de sus atribuciones, en sesión ordinaria de la fecha, sin las intervenciones de los señores Consejeros Antonio Pajares Paredes y Javier Román Santisteban por encontrarse de vacaciones y haberse excusado de asistir, respectivamente, por unanimidad; RESUELVE: Artículo Primero.- Precisar las competencias de los siguientes órganos jurisdiccionales del Distrito Judicial de Lambayeque, para la adecuada aplicación del nuevo Código Procesal Penal: • El Segundo Juzgado Mixto de la Provincia de Cutervo en adición a sus funciones actuará como Juzgado de la Investigación Preparatoria, con competencia en la mencionada provincia. • Los Juzgados Mixto y de Paz Letrado, de la Provincia de Lambayeque aludidos en la Resolución Administrativa Nº 344-2008-CE-PJ, corresponden al Módulo Básico de Justicia de Motupe. Artículo Segundo.- Disponer que a partir del 16 de marzo de 2009 se remitan los expedientes tramitados bajo el régimen procesal penal anterior, a los órganos jurisdiccionales encargados de su liquidación. Artículo Tercero.- Los órganos jurisdiccionales encargados de la tramitación de procesos con las normas del nuevo Código Procesal Penal iniciarán sus funciones a partir del 01 de abril del año en curso. Artículo Cuarto.- Transcríbase la presente resolución a la Presidencia del Poder Judicial, Consejo Nacional de la Magistratura, Ministerio de Justicia, Ministerio Público, Ministerio de Economía y Finanzas, Equipo Técnico Institucional de Implementación del Código Procesal Penal, Ofi cina de Control de la Magistratura del Poder Judicial, Academia de la Magistratura, Corte Superior de Justicia de Lambayeque, y a la Gerencia General del Poder Judicial, para su conocimiento y fi nes consiguientes. Regístrese, publíquese, comuníquese y cúmplase. SS. JAVIER VILLA STEIN SONIA TORRE MUÑOZ WÁLTER COTRINA MIÑANO ENRIQUE RODAS RAMÍREZ 321487-2 Prorrogan funcionamiento de la Segunda Sala Penal Transitoria de la Corte Suprema de Justicia de la República RESOLUCIÓN ADMINISTRATIVA Nº 075-2009-CE-PJ Lima, 9 de marzo de 2009 VISTO: El Ofi cio Nº 39-2009-P-2da.SPT-CS, cursado por el Presidente de la Segunda Sala Penal Transitoria de la Corte Suprema de Justicia de la República; y, CONSIDERANDO: Primero: Que, este Órgano de Gobierno por Resolución Administrativa Nº 307-2008-CE-PJ, su fecha 3 de diciembre de 2008, prorrogó el funcionamiento de la Segunda Sala Penal Transitoria de la Corte Suprema de Justicia de la República por el término de tres (03) meses, a partir del 11 de diciembre del año próximo pasado; Segundo: Que, el Presidente de la Segunda Sala Penal Transitoria de la Corte Suprema, ha solicitado que se disponga la prórroga del funcionamiento de la citada Sala por el término de ley, a fi n de continuar con la descarga procesal; Tercero: Que, del informe estadístico remitido aparece que aún queda considerable número de causas pendientes de resolver, resultando necesario disponer la prórroga del funcionamiento del referido órgano jurisdiccional, por el término de tres (03) meses; El Consejo Ejecutivo del Poder Judicial, en uso de sus atribuciones, de conformidad con lo establecido en el artículo 82º, incisos 18 y 26, del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial, en sesión extraordinaria de la fecha, sin la intervención del señor Consejero Wálter Cotrina Miñano por haberse excusado de asistir, por unanimidad; RESUELVE: Artículo Primero.- Prorrogar por el término de tres (03) meses, a partir del 11 de marzo de 2009, el funcionamiento de la Segunda Sala Penal Transitoria de la Corte Suprema de Justicia de la República. Artículo Segundo.- Transcríbase la presente Resolución a la Presidencia del Poder Judicial, Fiscalía de la Nación, Ministerio de Justicia, Salas Penales de la Corte Suprema de Justicia de la República, y a la Gerencia General del Poder Judicial, para su conocimiento y fi nes pertinentes. Regístrese, publíquese, comuníquese y cúmplase. SS. JAVIER VILLA STEIN ANTONIO PAJARES PAREDES JAVIER ROMÁN SANTISTEBAN SONIA TORRE MUÑOZ ENRIQUE RODAS RAMÍREZ 321487-3 CORTES SUPERIORES DE JUSTICIA Suspenden el ingreso de nuevas denuncias y solicitudes de Hábeas Corpus en el turno del 34º Juzgado Penal de Lima hasta el último día hábil del mes de mayo de 2009 CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA DE LIMA Consejo Ejecutivo Distrital RESOLUCION ADMINISTRATIVA Nº 066-2009-CED-CSJLI-PJ Lima, 3 de marzo de 2009