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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, viernes 20 de marzo de 2009 392788 EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE LA PERLA POR CUANTO: Visto en Sesión ordinaria de Concejo de fecha,14 de marzo del 2009, La Moción de Orden del día presentada por la Señora Presidenta de la Comisión de Administración, Economía y Presupuesto, sobre el Proyecto de Ordenanza de Ampliación de la fecha de vencimiento de pago de los tributos municipales para el año 2009 y; CONSIDERANDO: Que, en el artículo 194º de la Constitución Política del Estado señala que “Las Municipalidades Provinciales y Distritales son órganos de gobierno local tienen autonomía económica y administrativa en los asuntos de su competencia” asimismo, se atribuye a los Concejos Municipales las funciones normativas que se establecen en el artículo 9º de la Ley 27972 Ley Orgánica de Municipalidades, la que se ejerce mediante Ordenanzas; Que, de acuerdo a lo establecido en el artículo 15° del T.U.O de la Ley de Tributación Municipal, la fecha de vencimiento de pago del impuesto predial anual, y del primer trimestre del pago fraccionado de dicho tributo es el último día útil del mes de febrero; Que, el artículo 36° del T.U.O del Código Tributario aprobado por D.S 135-99 EF establece la facultad de aplazamiento del vencimiento de pago de la deuda tributaria; Que, la economía de los hogares Perleños se ha visto afectada por los gastos escolares, por tal motivo es difícil que los contribuyentes puedan cumplir con sus obligaciones tributarias dentro de la fecha de vencimiento ( 31-03-2009); Además como es de público conocimiento la crisis económica es de tal magnitud que el Gobierno ha denominado al año 2009 como el “Año de la Unión Nacional Frente a la Crisis Externa”; Ante la grave crisis externa que tiene incidencia directa en nuestro país y por ende en los hogares Perleños, por lo cual se debe otorgar a nuestros contribuyentes las mayores facilidades para el pago del impuesto predial y arbitrios municipales – 2009; Que, mediante memorándum Nº 049-2009- GAT/ MDLP la Gerencia de Administración Tributaria remite a la Gerencia de Asesoría Jurídica el Proyecto de Ordenanza de ampliación de plazo para el pago del impuesto predial y arbitrios municipales 2009; Que, mediante Informe Nº 061-2009- GAJ/MDLP la Gerencia de Asesoría Jurídica emite opinión que debe elevarse el proyecto de ampliación de plazo para el pago del impuesto predial y arbitrios municipales 2009 al pleno del Concejo Municipal para su aprobación, conforme al proyecto propuesto por la Gerencia de Administración Tributaria de la Municipalidad Distrital de la Perla en concordancia de los incisos 8) y 9) del artículo 9º de la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 27972 establece la facultad del concejo municipal de aprobar, modifi car o derogar las ordenanzas; Que, mediante Informe Nº 027-2009-GM-MDLP, La Gerencia Municipal, remite los actuados al Despacho de Alcaldía para ser elevado al Pleno del Concejo Municipal; Que mediante Ofi cio Nº 119-2009-ALC-MDLP, el Despacho de Alcaldía remite la documentación antes señalada a la Presidenta de la Comisión de Administración, Economía y Presupuesto para que emita el dictamen respectivo; Que, la Presidenta de la Comisión de Administración, Economía y Presupuesto presenta como Moción de Orden del Día el Proyecto de Ordenanza de Ampliación de la fecha de vencimiento de pago de los tributos municipales para el año 2009 manifestando que hace suya la propuesta de la Gerencia de Administración Tributaria emitida mediante el Memorándum Nº 049 -2009-GAT/MDLP, y en conformidad a la opinión de la Gerencia de Asesoría Jurídica mediante Informe Nº 061-2009-GAJ-MDLP y de la Gerencia Municipal mediante Informe Nº 027 -2009-GM-MDLP; Que, de conformidad con el artículo 34º del Reglamento Interno de Concejo Municipal aprobado mediante Ordenanza Nº 007-2006- MDLP donde dice expresamente “que solo los proyectos que cuenten con Informes o Dictámenes de comisiones o hayan sido dispensados del trámite de comisiones pasarán a la estación de orden del día para su discusión y votación”; Que, habiendo el Pleno del Concejo Municipal dispensado el Dictamen de la Comisión Ordinaria de Administración, Economía y Presupuesto, pase a Orden del día para su discusión y votación; Que, habiéndose sometido a debate y a la deliberación ante el Pleno del Concejo Municipal, el mismo ha emitido su pronunciamiento fi nal; Estando a los fundamentos expuestos, y, en uso de las facultades conferidas por el inciso 8) del artículo 9º de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, con el voto UNÁNIME de los Señores (as) Regidores (as), con la dispensa de Lectura y aprobación del acta se ha dado la siguiente: ORDENANZA AMPLIACIÓN DE LA FECHA DE VENCIMIENTO DE LOS TRIBUTOS MUNICIPALES Artículo Primero.- Aplazar el vencimiento de pago del impuesto predial total anual, y la primera cuota trimestral del pago fraccionado del impuesto predial hasta el 30 abril del 2009. Artículo Segundo.- Aplazar el pago de arbitrios municipales correspondientes a los meses de Enero, Febrero y marzo hasta el 30 de abril del 2009. Artículo Tercero.- Prorrogar hasta el 30 de abril del 2009 los benefi cios señalados en el artículo Cuarto de la Ordenanza N° 002-2009-MDLP. Artículo Cuarto.- Encargar a la Gerencia de Administración Tributaria y la Sub Gerencia de Relaciones Públicas el cumplimiento de la presente Ordenanza. Regístrese, publíquese y cúmplase PEDRO JORGE LOPEZ BARRIOS Alcalde 325761-1 Aprueban Reglamento de la Escuela Deportiva Municipal La Perla DECRETO DE ALCALDÍA N° 001-2009-MDLP-ALC La Perla, 09 de marzo del 2009 EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE LA PERLA POR CUANTO: Visto, la Ordenanza Nº 004-2009-MDLP, que aprueba la Creación de la Escuela Deportiva Municipal La Perla; y CONSIDERANDO: Que, el artículo 194º de la Constitución Política del Perú, establece que “las Municipalidades Distritales y Provinciales, son órganos de gobierno local, tienen autonomía económica, política y administrativa en los asuntos de su competencia”; Que, la Ley Nº 28036 – Ley de Promoción y Desarrollo del Deporte, tiene por objeto normar, desarrollar y promover el deporte como actividad física de la persona, en sus diferentes disciplinas y modalidades, a través de sus componentes básicos, la educación física, la recreación y el deporte en forma descentralizada, a nivel del ámbito local, regional y nacional; fomentando la masifi cación del deporte como instrumento para la recreación y esparcimiento de la población y en especial de los niños y los jóvenes; Que, la Ley Nº 27972 Ley Orgánica de Municipalidades en su artículo 82º, inciso 18 establece que “las municipalidades tienen como competencia y función normar, coordinar y fomentar el deporte y la recreación, de manera permanente, en la niñez, juventud y el vecindario en general mediante escuelas comunales de deporte, la construcción de campos deportivos recreacionales o el empleo temporal de zonas urbanas apropiadas para los fi nes antes indicados; coordinan con las entidades publicas responsables y convocan la participación del sector privado”; Que, el artículo tercero de la Ordenanza Nº 004- 2009-MDLP, señala: “Facultar al señor Alcalde para que mediante Decreto de Alcaldía apruebe el Reglamento de la Escuela Deportiva Municipal La Perla”; Que, el artículo 42º de la Ley Orgánica de Municipalidades, Ley Nº 27972, señala que “los Decretos de Alcaldía, establecen normas reglamentarias de aplicación a las Ordenanzas, sancionan los procedimientos