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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 20 DE MARZO DEL AÑO 2009 (20/03/2009)

CANTIDAD DE PAGINAS: 112

TEXTO PAGINA: 54

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, viernes 20 de marzo de 2009 392732 valorizadas en la suma de S/. 153 846,54 (Ciento Cincuenta y Tres Mil Ochocientos Cuarenta y Seis y 54/100 Nuevos Soles), a favor de la Asociación de Mecánicos y Servidores Similares de Ayacucho, Distrito de Jesús Nazareno, Provincia de Huamanga, Departamento de Ayacucho, a ¿ n de implementar el “Instituto Nacional de Tecnología Mecánica”; Que, con Informe Nº 007-2008/VIVIENDA-OC-AD de fecha 30 de setiembre de 2008, la Jefatura del Órgano de Control Institucional del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento concluye entre otros, que el módulo de mecánica automotriz donado a favor de la Asociación de Mecánicos y Servidores Similares de Ayacucho, se encuentra instalado en el domicilio del señor Virgilio Canchari Chuchón, Presidente de la referida Asociación Civil, ubicado en la Manzana “C” del Lote 16, Distrito de Jesús Nazareno, Provincia de Huamanga, Departamento de Ayacucho, precisando que se vendría usando en bene¿ cio personal, incumpliéndose con la ¿ nalidad establecida en la Resolución Ministerial Nº 152- 2004-VIVIENDA; como ha quedado consignado en el Acta de Constatación Caso Nº 328-08 de fecha 16 de junio de 2008, suscrita por el Fiscal Provincial (T) de la Fiscalía Especial de Prevención del Delito de Huamanga, el Procurador Público Regional de Ayacucho, así como el señor Virgilio Canchari Chuchón; la Resolución Nº 01 de fecha 27 de junio de 2008, emitida por el Fiscal Provincial (T) de la Fiscalía Especial de Prevención del Delito de Huamanga; en el O¿ cio Nº 622- 2008-GRA-PPRA-P de fecha 18 de agosto de 2008, emitida por el Procurador Público Regional de Ayacucho; y en los Informes Nº 01-2006-MDJN-SGAT/MCR de fecha 10 de febrero de 2006 y Nº 0015-2007-RMDJN/AY de fecha 16 de noviembre de 2007, remitidos al Procurador Público Regional de Ayacucho, por el Alcalde del Distrito de Jesús Nazareno, Provincia de Huamanga, Departamento de Ayacucho; Que, mediante el Memorándum Nº 812-2008/VIVIENDA- VMCS-DNC de fecha 06 de octubre de 2008, el Director Nacional de Construcción remite el Informe Nº 018-2008/ VIVIENDA-VMCS-DNC-RPL, en el cual se concluye haberse veri¿ cado el uso indebido de las máquinas donadas, las que están siendo utilizadas en forma particular por el señor Virgilio Canchari Chuchón, obteniendo lucros y bene¿ cios personales, no cumpliéndose con el objetivo de la donación, cual es la implementación del “Instituto Nacional de Tecnología Mecánica”, a ¿ n de brindar la capacitación técnica a la población, recomendando dejar sin efecto la Resolución Ministerial Nº 152-2004-VIVIENDA; Que, mediante el Informe Nº 016-2009/VIVIENDA-VMCS- DNC de fecha 17 de febrero de 2009, el Director Nacional de Construcción, mani¿ esta entre otros, que el señor Virgilio Canchari Chuchón ha instalado las máquinas donadas en su domicilio, lugar donde realiza la actividad comercial de reparación de motores y otros servicios mecánicos; asimismo señala que la referida persona no ha acreditado las gestiones que a¿ rma haber realizado ante el Ministerio de Educación para la creación e implementación del “Instituto Nacional de Tecnología Mecánica”; por lo que concluye dejar sin efecto la Resolución Ministerial Nº 152-2004-VIVIENDA; Que, mediante el Informe Técnico-Legal del visto, la Unidad de Abastecimiento de la Dirección General de Administración, opina por la procedencia para dejar sin efecto la Resolución Ministerial Nº 152-2004-VIVIENDA, precisando que habiendo transcurrido más de cuatro (04) años, la Asociación de Mecánicos y Servidores Similares de Ayacucho, no cumplió con la implementación del “Instituto Nacional de Tecnología Mecánica”, ¿ nalidad por la cual se aprobó la donación; Que, mediante el O¿ cio Nº 2352-2008-ME-GRA/DREA- DGI de fecha 15 de julio de 2008, el Director Regional de Educación del Gobierno Regional de Ayacucho informó que el “Instituto Nacional de Tecnología Mecánica” no se encuentra inscrito ni autorizado para su funcionamiento como una Institución Educativa Técnica; adicionalmente de los antecedentes del expediente se acredita que habiendo transcurrido más de cuatro (04) años, la Asociación de Mecánicos y Servidores Similares de Ayacucho, no cumplió con la ¿ nalidad para la cual se aprobó la donación, generando además reclamos por parte de la población y la intervención de las autoridades de la jurisdicción; Que, por los fundamentos expuestos, resulta necesario dejar sin efecto la Resolución Ministerial No.152-2004- VIVIENDA de fecha 18 de junio de 2004, a ¿ n que el Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento proceda conforme a lo establecido en los dispositivos que dieron origen a su adquisición, para contribuir al mejoramiento de los niveles de ingreso de la población y al de su capacitación técnico profesional; De conformidad con lo dispuesto por la Ley Nº 27792, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, y su Reglamento de Organización y Funciones, aprobado por el Decreto Supremo Nº 002-2002-VIVIENDA, modi¿ cado por el Decreto Supremo Nº 045-2006-VIVIENDA; SE RESUELVE: Artículo 1.- Dejar sin efecto, la Resolución Ministerial Nº 152-2004-VIVIENDA de fecha 18 de junio de 2004, que aprobó la donación efectuada por el Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento a favor de la Asociación de Mecánicos y Servidores Similares de Ayacucho, Distrito de Jesús Nazareno, Provincia de Huamanga, Departamento de Ayacucho, para la implementación del “Instituto Nacional de Tecnología Mecánica” consistente en máquinas detalladas en el Anexo 1 que forma parte de la citada Resolución, cuyo valor asciende a la suma de S/. 153 846,54 (Ciento Cincuenta y Tres Mil Ochocientos Cuarenta y Seis y 54/100 Nuevos Soles), por los fundamentos expuestos en la parte considerativa de la presente Resolución; Artículo 2.- Transcribir la presente Resolución Ministerial a la Asociación de Mecánicos y Servidores Similares de Ayacucho, a la Superintendencia Nacional de Bienes Estatales, y a la Contraloría General de la República, dentro del término de Ley. Regístrese, comuníquese y publíquese. NIDIA VILCHEZ YUCRA Ministra de Vivienda, Construcción y Saneamiento ANEXO R.M. Nº 118-2009-VIVIENDA MODULO DE MECANICA AUTOMOTRIZ Descripción de Maquinarias Modelo Cantidad N/Soles Total Rectifi cadora de Bocina de bielas T8210 1 13,756.03 13,756.03 Accesorios T8210 1 - - Alineador Portátil de Bielas LCX-20 1 1,631.40 1,631.40 Rectifi cadora de asiento y válvula 3M9460 1 1,355.01 1,355.01 Rectifi cadora de válvula 3M9390A 1 2,344.54 2,344.54 Pulidora de cilindros 3M9814 1 13,649.60 13,649.60 Rectifi cadora vertical de Prec. P/cilindro de motor T716B 1 41,508.34 41,508.34 Accesorios T716B 1 - - Barrenadota de metales de Bancada T8115-1 1 21,224.02 21,224.02 Accesorios T8115-1 1 - - Banco de pruebas para Bombas de inyección 12PSD100 1 42,875.90 42,875.90 Probador de Inyectores PJ-40 1 451.81 451.81 Rectifi cadora portátil de cilindros T808A 1 4,744.26 4,744.26 Accesorios T808A 1 - - Rectifi cadora portátil de cilindros T8014A 1 3,696.11 3,696.11 Set de Herramientas Manuales / p Mecánica Automotriz 3 1,589.21 4,767.63 Portadora de Motores ES1250 2 211.90 423.80 Grúa para motores EH075 2 619.74 1,239.48 Medidor de Comprensión para Motor Diesel YT-601 1 116.48 116.48 Medidor de Comprensión para Motor a Gasolina YT-6 1 62.13 62.13 SUB TOTAL 24 S/. 153,846.54 325993-2