Norma Legal Oficial del día 31 de marzo del año 2009 (31/03/2009)


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TEXTO DE LA PÁGINA 48

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NORMAS LEGALES

El Peruano MORDAZA, martes 31 de marzo de 2009

Registro de Jueces y Fiscales del Consejo Nacional de la Magistratura para los fines consiguientes. Registrese, comuniquese, publiquese y archivese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA GARDELLA MORDAZA DEL CONSEJERO MORDAZA VEGAS GALLO DE ACUERDO A LOS FUNDAMENTOS SIGUIENTES: PRIMERO: Que, el MORDAZA de evaluacion y ratificacion determina si un magistrado debe continuar o no en el cargo a traves de un MORDAZA distinto al disciplinario, esto es, evaluando si se justifica o no su permanencia bajo los parametros de continuar observando debida conducta e idoneidad, acorde a lo establecido en el articulo 146º inciso 3 de la Constitucion Politica del Peru, el cual dispone que el Estado garantiza a los magistrados su permanencia en el servicio mientras observen conducta e idoneidad propias de su funcion; SEGUNDO: Que, en cuanto a la conducta observada del Fiscal MORDAZA Tupayachi MORDAZA, no registra antecedentes policiales, judiciales ni penal, registra una (01) amonestacion impuesta por el Ministerio Publico, la que se encuentra rehabilitada; registra treinta (30) denuncias de las cuales diez (10) han concluido por no ha lugar, diez (10) han sido declarados improcedentes, cuatro (04) infundadas, cinco (5) se encuentran en tramite y una (01) extinguida por prescripcion; registra seis (06) denuncias via participacion ciudadana, sobre las cuales ha cumplido con efectuar el descargo respectivo y absolver las preguntas sobre su patrimonio a satisfaccion del Colegiado; acredita expresiones de apoyo al ejercicio funcional que viene desarrollando, de personas representativas de la sociedad civil y de entidades publicas como del Colegio de Abogados del MORDAZA, del Gobierno Regional del MORDAZA, de la Sociedad de Beneficencia Publica del MORDAZA, del Gobernador Regional del MORDAZA, de la Federacion Departamental de Trabajadores del MORDAZA y de la Municipalidad Distrital de Wanchaq-Cusco; en cuanto a su asistencia y puntualidad en el desarrollo de sus labores fiscales, el evaluado no registra tardanzas ni ausencias sin aviso o inmotivadas, registrando solo licencias por motivo de salud, concedidas durante el periodo de evaluacion que hacen un total de sesenta (60) dias; lo que demuestra buena asistencia y puntualidad en su centro de trabajo, respeto y cumplimiento a la Ley Organica del Ministerio Publico y demas normas laborales vigentes. Respecto al Referendum 2007 sobre la conducta de magistrados del Poder Judicial y Ministerio Publico, efectuada por el Ilustre Colegio de Abogados del MORDAZA, el 14 de septiembre de 2007, el Fiscal evaluado obtuvo un resultado "deficiente" y en el Referendum 2006, efectuado el 11 de agosto de 2006, obtuvo como resultado una calificacion de "regular". Es necesario precisar, que el Colegiado evalua con ponderacion y en conjunto con los demas parametros, los resultados obtenidos. En relacion a la informacion patrimonial recibida, no evidencia signos de desbalance patrimonial y su patrimonio es compatible con sus ingresos y obligaciones. TERCERO: Con relacion al rubro idoneidad, el fiscal sujeto a evaluacion ha observado una produccion jurisdiccional al cien por ciento ademas de haber sido Fiscal Superior Decano del Distrito Judicial del MORDAZA, siendo reelecto actualmente; al absolver las preguntas al respecto, demostro sus conocimientos sobre la organizacion y disciplina en el manejo de la carga funcional. Respecto a la calidad de los dictamenes emitidos, el evaluado presento catorce (14) documentos que corresponden a su periodo de evaluacion y en merito al analisis e informe emitido por el especialista y que este Colegiado asume con ponderacion, se advierte que once (11) fueron calificadas como buenas, dos (02) como aceptable y una (01) como deficiente. Al respecto, preguntado en su entrevista sobre cuestiones de derecho, el Fiscal evaluado, absolvio las preguntas con versacion juridica corroborandose de este modo el resultado de su actualizacion academica MORDAZA y del trabajo efectuado. Con relacion a su capacitacion se ha

podido establecer que el doctor Tupayachi MORDAZA, durante el periodo de evaluacion, ha realizado estudios de Maestria en la especialidad de Derecho de la Empresa en la Universidad Catolica de MORDAZA MORDAZA y se encuentra estudiando el MORDAZA semestre del Doctorado en Derecho e Investigacion, en la Universidad Nacional San MORDAZA de MORDAZA ­ Sede MORDAZA, no obteniendo aun el grado de maestro exhortandole para que concluya con la obtencion de dicho grado. Registra haber participado como ponente en tres (03) eventos, asi como tambien en calidad de panelista u organizador en once (11) certamenes. Tambien acredita haber participado en cuarenta y dos (42) eventos academicos. Tambien asistio a once (11) diplomados desde el ano 2004. De igual modo asistio a ocho (08) cursos dictados por la Academia de la Magistratura. Preguntado en su entrevista respecto a los diplomados, indico que estos son a distancia lo que le permite el estudio fuera del horario de trabajo. Esta capacitacion que se observa sostenida es coherente con las respuestas a las preguntas efectuadas respecto a cuestiones de derecho referidas a los documentos evaluados por el especialista. CUARTO: Que, atendiendo a las consideraciones precedentes, en el MORDAZA de evaluacion y ratificacion del doctor MORDAZA Tupayachi MORDAZA, Fiscal Superior en lo Penal ante la Corte Superior de Justicia del Cuzco y MORDAZA de MORDAZA, en el periodo sujeto a evaluacion, observa conducta e idoneidad acorde con la delicada funcion fiscal; por tales consideraciones MI MORDAZA, es por renovar la confianza al Fiscal Superior MORDAZA Tupayachi MORDAZA, y en consecuencia, ratificarlo en el cargo de Fiscal Superior en lo Penal ante la Corte Superior de Justicia del Cuzco y MORDAZA de Dios. MORDAZA VEGAS GALLO

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DEFENSORIA DEL PUEBLO
Aprueban el Informe Defensorial Nº 141 "Hacia una descentralizacion al servicio de las personas: recomendaciones en torno al MORDAZA de transferencia de competencias a los Gobiernos Regionales"
RESOLUCION DEFENSORIAL Nº 014-2009/DP
MORDAZA, 27 de marzo de 2009 VISTO: El Informe Defensorial Nº 141, denominado "Hacia una descentralizacion al servicio de las personas: recomendaciones en torno al MORDAZA de transferencia de competencias a los Gobiernos Regionales", elaborado por el Programa de Descentralizacion y Buen Gobierno de la Adjuntia para la Administracion Estatal de la Defensoria del Pueblo. CONSIDERANDO: Primero.- La descentralizacion como reforma del Estado y su diseno constitucional. La descentralizacion constituye una de las reformas del Estado mas importantes en nuestro MORDAZA, pues implica una modificacion en la estructura politico­administrativa del Estado, cuyos objetivos son contribuir a la mejora de la calidad en la prestacion de los servicios a la poblacion, atender sus demandas e impulsar el desarrollo local y regional articulado al desarrollo nacional. Con la Ley Nº 27680, Ley de Reforma Constitucional del Capitulo sobre Descentralizacion,1 se inicio una nueva

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Ley Nº 27680, publicada en el Diario Oficial El Peruano el 7 de marzo del 2002.

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