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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, viernes 8 de mayo de 2009 395612 En caso que la empresa autorizada no presente el correspondiente “Certifi cado de Inspección del Taller” vigente al vencimiento de los plazos antes indicados, se procederá conforme a lo establecido en el numeral 6.6 de la Directiva Nº 001-2005-MTC/15 referida a la caducidad de la autorización. Artículo 3º.- La empresa TORE AUTOS GNV S.A.C., bajo responsabilidad, debe presentar a la Dirección General de Transporte Terrestre del Ministerio de Transportes y Comunicaciones la renovación de la póliza de seguro de responsabilidad civil extracontractual contratada antes del vencimiento de los plazos que a continuación se señalan: ACTO Fecha máxima de presentación Primera renovación o contratación de nueva póliza 13 de marzo del 2010 Segunda renovación o contratación de nueva póliza 13 de marzo del 2011 Tercera renovación o contratación de nueva póliza 13 de marzo del 2012 Cuarta renovación o contratación de nueva póliza 13 de marzo del 2013 Quinta renovación o contratación de nueva póliza 13 de marzo del 2014 En caso que la empresa autorizada, no cumpla con presentar la renovación o contratación de una nueva póliza al vencimiento de los plazos antes indicados, se procederá conforme a lo establecido en el numeral 6.6 de la Directiva Nº 001-2005-MTC/15 referida a la caducidad de la autorización. Artículo 4º.- Remitir a la Dirección de Supervisión, Fiscalización y Sanciones, copia de la presente Resolución Directoral para las acciones de control conforme a su competencia. Artículo 5º.- La presente Resolución Directoral entrará en vigencia al día siguiente de su publicación en el Diario Ofi cial El Peruano. Regístrese, publíquese y cúmplase. JOSÉ LUIS CASTAÑEDA NEYRA Director General Dirección General de Transporte Terrestre 344627-1 VIVIENDA Exoneran de proceso de selección la contratación del servicio de arrendamiento del local institucional del Ministerio para el año 2009 RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 140-2009/VIVIENDA Lima, 6 de mayo de 2009 VISTOS: El Memorándum Nº 010-2009-VIVIENDA-OGA-UA- SSGG, del Área de Servicios Generales; el Memorándum Nº 901-2009/VIVIENDA-OGPP, de la Ofi cina General de Planifi cación y Presupuesto y el Informe Técnico Legal Nº 031-2009/VIVIENDA-OGA-UA, de la Unidad de Abastecimiento de la Ofi cina General de Administración; CONSIDERANDO: Que, a través del Memorándum Nº 010-2009/VIVIENDA- OGA-UA-SSGG, el Área de Servicios Generales solicitó al Órgano Encargado de las Contrataciones la realización de las gestiones necesarias para contratar el servicio de arrendamiento de un inmueble para las ofi cinas del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento; Que, con fecha 19 de enero de 2009, la Entidad aprobó el Plan Anual de Contrataciones 2009, mediante Resolución de Secretaría General Nº 003-2009/VIVIENDA- SG y modifi catorias, consignándose con número de referencia 33, la realización de un Concurso Público para la contratación del “Servicio de arrendamiento de las ofi cinas del MVCS”, por un monto referencial ascendente a S/. 960,000.00 (Novecientos sesenta mil con 00/100 Nuevos Soles); Que, el Órgano Encargado de las Contrataciones en la Entidad, elaboró su Informe de estudio de posibilidades que brinda el mercado, expuesto a través del Informe Nº 030- 2009/VIVIENDA-OGA-UA, recomendando que al amparo del artículo 20º literal e) de la Ley de Contrataciones del Estado, aprobado por Decreto Legislativo Nº 1017, concordante con el artículo 131º de su Reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 184-2008-EF modifi cado por Decreto Supremo Nº 021-2009-EF, se efectúe la exoneración del Concurso Público para la contratación del servicio de arrendamiento de las ofi cinas de la Entidad, bajo la causal de proveedor único de servicios que no admiten sustitutos, por lo que se debería contratar directamente con la empresa Petróleos del Perú – PETROPERU S.A., toda vez que, se ha determinado que en el mercado este proveedor es el único que cumple con ofrecer un inmueble conforme a las necesidades que exige la Entidad, para el año 2009; Que, el inciso e) del artículo 20º de la Ley de Contrataciones del Estado, aprobado mediante Decreto Legislativo Nº 1017, establece que “Están exoneradas de los procesos de selección las contrataciones que se realicen: Cuando exista proveedor único de bienes o servicios que no admiten sustitutos, o cuando por razones técnicas o relacionadas con la protección de derechos, se haya establecido la exclusividad del proveedor”; Que, el primer párrafo del artículo 131º del Reglamento indicado, prescribe que “En los casos que no existan bienes o servicios sustitutos a los requeridos por el área usuaria, y siempre que exista un solo proveedor en el mercado nacional, la Entidad podrá contratar directamente”: Que, a través del Informe Técnico Legal Nº 031-2009/ VIVIENDA-OGA-UA, la Unidad de Abastecimiento de la Ofi cina General de Administración considera procedente efectuar la contratación del servicio de arrendamiento para las ofi cinas de la Entidad, hasta por la suma de S/. 923,784.74, incluido IGV; omitiéndose el proceso de selección de Concurso Público, al existir único proveedor de servicio que no admite sustituto, advirtiéndose la necesidad de proporcionar una óptima cobertura a las ofi cinas al Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, y por contar con la disponibilidad presupuestal, según lo confi rma la Ofi cina General de Planifi cación y Presupuesto, a través del Memorándum Nº 901-2009/VIVIENDA-OGPP; hasta por el monto referido; Con la visación de las Directoras de las Ofi cina Generales de Administración, de Planifi cación y Presupuesto, y de Asesoría Jurídica; De conformidad con lo dispuesto por la Ley Nº 27792, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, el Decreto Supremo Nº 002- 2002-VIVIENDA modifi cado por el Decreto Supremo Nº 045-2006-VIVIENDA, el Decreto Legislativo Nº 1017 - Ley de Contrataciones del Estado y su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo Nº 184-2008-EF modifi cado por Decreto Supremo Nº 021-2009-EF; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Aprobar la exoneración del proceso de Concurso Público que tendrá como objeto contratar el servicio de arrendamiento del local institucional del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, de propiedad de la empresa Petróleos del Perú – PETROPERU S.A., por el área de 5,869.08 m2, bajo la causal de único proveedor de servicio que no admite sustituto, para el año 2009, ubicado en Av. Paseo de la República Nº 3361, San Isidro, provincia y departamento de Lima, por el valor referencial de S/. 923,784.74 (Novecientos Veintitrés Mil Setecientos Ochenta y Cuatro con 74/100 Nuevos Soles), incluido IGV, suma que incluye el pago de la merced conductiva y del arrendamiento de cincuenta (50) estacionamientos. Artículo 2º.- La contratación cuya exoneración se aprueba en el artículo precedente será fi nanciada con recursos de la fuente de fi nanciamiento 1 – Recursos Ordinarios. Artículo 3º.- Disponer que la Ofi cina General de Administración realice las acciones correspondientes para la contratación del servicio objeto de la citada exoneración, según el procedimiento establecido en el artículo 135º del Reglamento de la Ley de Contrataciones del Estado, aprobado por Decreto Supremo 184-2008-EF, modifi cado por el Decreto Supremo Nº 021-2009-EF. Artículo 4º.- Disponer que la Ofi cina General de Administración remita la presente Resolución, los Informes y documentos que la sustentan a la Contraloría General de la República y al Organismo Supervisor de las Contrataciones del Estado - OSCE, así como su publicación en el Diario