Norma Legal Oficial del día 08 de mayo del año 2009 (08/05/2009)


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TEXTO DE LA PÁGINA 44

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NORMAS LEGALES

El Peruano MORDAZA, viernes 8 de MORDAZA de 2009

de Universidades y Escuelas de Postgrado bajo competencia del CONAFU, "Las Universidades bajo competencia del CONAFU son publicas o privadas, segun se creen por iniciativa del Estado o de Particulares. Las Primeras son personas juridicas de derecho publico interno; y las segundas son personas juridicas de derecho privado con o sin fines de lucro, de acuerdo al regimen legal adoptado". Que, de conformidad con el Articulo 10º inciso t) del Estatuto del CONAFU, son atribuciones del Pleno del CONAFU: "Cumplir las funciones que por Ley, Estatuto o Reglamentos corresponda al Pleno del CONAFU"; Que, por Resolucion Nº 217-2008-CONAFU de fecha 30 de Junio de 2008, se resuelve suspender la aplicacion de los articulos 25º y 26º del Reglamento de Funcionamiento, Evaluacion y Certificacion Institucional de Universidades y Escuelas de Postgrado bajo competencia del CONAFU, aprobado por Resolucion Nº 100-2005-CONAFU de fecha 23 de Marzo del 2005; Que, en sesion de fecha 06 de MORDAZA de 2009, el Pleno del CONAFU por Acuerdo Nº 138-2009-CONAFU acuerdan por UNANIMIDAD: dejar sin efecto la Resolucion Nº 2172008-CONAFU; En atencion a lo expuesto en los considerandos precedentes; SE RESUELVE: Articulo Unico.- DEJAR SIN EFECTO la Resolucion Nº 217-2008-CONAFU de fecha 30 de Junio de 2008; y en consecuencia LEVANTESE la suspension de la aplicacion de los articulos 25º y 26º del Reglamento de Funcionamiento, Evaluacion y Certificacion Institucional de Universidades y Escuelas de Postgrado bajo competencia del CONAFU, aprobado por Resolucion Nº 100-2005-CONAFU de fecha 23 de Marzo del 2005. Registrese, comuniquese, publiquese y archivese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA ASCUNA Presidente MORDAZA MORDAZA TIO MORDAZA Secretaria General

344679-2

Aprueban Proyecto de Desarrollo Institucional del Proyecto de Universidad Autonoma de MORDAZA
RESOLUCION Nº 173-2009-CONAFU
MORDAZA, 7 de MORDAZA de 2009 "Universidad Autonoma de Lima" VISTOS: El Escrito recibido con fecha 03 de diciembre del 2008, la Resolucion Nº 114-2009-CONAFU de fecha 11 de marzo del 2009, la Resolucion Nº 141-2009-CONAFU de fecha 11 de marzo del 2009, el Escrito recibido con fecha 02 de febrero de 2009, el Oficio Nº 298-2009-CONAFU-P de fecha 20 de febrero de 2009, el Escrito recibido con fecha 25 de marzo de 2009, El Escrito recibido con fecha 30 de Marzo del 2009, y el Acuerdo Nº 140-2009-CONAFU de la Sesion del Pleno del CONAFU de fecha 06 de MORDAZA de 2009, y; CONSIDERANDO: Que, por Ley Nº 26439, se crea el Consejo Nacional para la Autorizacion de Funcionamiento de Universidades CONAFU, como organo MORDAZA de la Asamblea Nacional de Rectores, teniendo como una de sus atribuciones: Evaluar los proyectos y solicitudes de autorizacion de funcionamiento de las nuevas universidades a nivel nacional, emitiendo resoluciones autorizando o denegando el funcionamiento provisional, previa verificacion de los requisitos y condiciones establecidos; en concordancia con el Articulo 3° Inciso a) del Estatuto del CONAFU, aprobado por Resolucion N° 189-2006-CONAFU de fecha 13 de MORDAZA del 2006; Que, por Resolucion Nº 196-2004-CONAFU de fecha 7 de Octubre de 2004, se aprueba el Reglamento para la Autorizacion de Funcionamiento de Universidades y Escuelas de Postgrado no Pertenecientes a Universidades

bajo competencia del CONAFU; el mismo que regula el procedimiento y los requisitos que deben cumplir las Promotoras con la finalidad de Aprobar el Proyecto de Desarrollo Institucional de los Proyectos de Universidades que promueven; Que, en el Articulo 32º inciso a) del Reglamento, se establece que: "Las recomendaciones para el pronunciamiento del CONAFU, se ajustaran a cualquiera de las alternativas siguientes: a) Aprobar el Proyecto de Desarrollo Institucional presentado por la Promotora..."; Que, en el Articulo 34º del Reglamento, se establece que: "El Pleno del CONAFU se pronunciara, en el termino de quince (15) dias calendario a partir de la recepcion del Informe Final de la Comision de Evaluacion y Consolidacion, sobre el Proyecto de Desarrollo Institucional presentado, aprobando, condicionando la aprobacion o desaprobando el Proyecto de Universidad o de Escuela de Postgrado Particular. Analizando los informes y el expediente podra adoptar cualquiera de las recomendaciones senaladas en el articulo 32º"; Que, mediante Escrito recibido con fecha 03 de diciembre del 2008, el Doctor MORDAZA MORDAZA Brena Turco, a nombre de la Asociacion Promotora AFOBISO GRP, presenta el Proyecto de Desarrollo institucional del Proyecto de Universidad Autonoma de MORDAZA, para su aprobacion y autorizacion correspondiente; Que, por Resolucion Nº 114-2009-CONAFU de fecha 11 de marzo del 2009, se resuelve admitir a tramite el Proyecto de Desarrollo Institucional del Proyecto de Universidad Autonoma de MORDAZA, presentado por la Asociacion Promotora AFOBISO GRP, debidamente representada por el Doctor MORDAZA MORDAZA Brena Turco; con las siguientes Carreras Profesionales: 1) Ingenieria de Sistemas e Informatica, 2) Contabilidad y Gestion Financiera, 3) Administracion y Negocios, 4) Derecho y Ciencia Politica, 5) Gerencia de Turismo y Hoteleria; bajo el Regimen Legal del Decreto Legislativo Nº 882; Que, por Resolucion Nº 141-2009-CONAFU de fecha 11 de marzo del 2009; se resuelve conformar la Comision Calificadora encargada de evaluar el Proyecto de Desarrollo Institucional del Proyecto de la Universidad Autonoma de Lima; la cual esta integrada por MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, Ludovina MORDAZA MORDAZA y Tula MORDAZA MORDAZA, en calidad de Presidente, Secretario y Vocal respectivamente; Que, mediante Escrito recibido con fecha 02 de febrero de 2009, el Doctor MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, en calidad de Presidente de la Comision encargada de evaluar el PDI del Proyecto Universitario de la Universidad Autonoma de MORDAZA, remite el Informe preliminar, realizado por la Comision, sugiriendo se traslade las observaciones encontradas en el Proyecto universitario; Que Por Oficio Nº 298-2009-CONAFU-P de fecha 20 de febrero de 2009, el Presidente del CONAFU, remite el Informe Preliminar del Proyecto de Desarrollo Institucional del Proyecto de la Universidad Autonoma de MORDAZA, para su debida subsanacion; Que, mediante Escrito recibido con fecha 25 de marzo de 2009, el Doctor MORDAZA MORDAZA Brena Turco, en calidad de Responsable del Proyecto de "Universidad Autonoma de Lima", remite el levantamiento de observaciones de su Proyecto de Desarrollo Institucional; Que, mediante Escrito recibido con fecha 30 de Marzo del 2009, el Doctor MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, en calidad de Presidente de la Comision encargada de evaluar el PDI del Proyecto Universitario de la Universidad Autonoma de MORDAZA, remite el Informe Final realizado por la Comision, Aprobar el Proyecto de Desarrollo Institucional del referido Proyecto Universitario, con las siguientes Carreras Profesionales: 1) Ingenieria de Sistemas e Informatica, 2) Contabilidad y Gestion Financiera, 3) Administracion y Negocios, 4) Derecho y Ciencia Politica, 5) Gerencia de Turismo y Hoteleria; bajo el Regimen Legal del Decreto Legislativo Nº 882; Que, en sesion de fecha 06 de MORDAZA de 2009, el Pleno del CONAFU por Acuerdo Nº 140-2009-CONAFU acuerda Aprobar el Proyecto de Desarrollo Institucional del Proyecto de Universidad Autonoma de MORDAZA, presentado por el Doctor MORDAZA MORDAZA Brena Turco, a nombre de la Asociacion Promotora AFOBISO GRP con las siguientes Carreras Profesionales: 1) Ingenieria de Sistemas e Informatica, 2) Contabilidad y Gestion Financiera, 3) Administracion y Negocios, 4) Derecho y Ciencia Politica, 5) Gerencia de Turismo y Hoteleria; bajo el Regimen Legal del Decreto Legislativo Nº 882;

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