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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, viernes 15 de mayo de 2009 395918 Artículo 4º.- La presente Resolución Suprema será refrendada por el Ministro de Defensa. Regístrese, comuníquese y publíquese. ALAN GARCÍA PÉREZ Presidente Constitucional de la República ANTERO FLORES ARÁOZ E. Ministro de Defensa 348362-4 ECONOMIA Y FINANZAS Ratifican Acuerdo de PROINVERSIÓN que aprobó el Plan de Promoción de la Inversión Privada de la empresa Inmobiliaria Milenia S.A. - INMISA RESOLUCIÓN SUPREMA Nº 052-2009-EF Lima, 14 de mayo de 2009 CONSIDERANDO: Que, mediante Resolución Suprema Nº 043-2009-EF publicada con fecha 24 de abril de 2009, se ratifi có el acuerdo de Consejo Directivo de la Agencia de Promoción de la Inversión Privada - PROINVERSIÓN, adoptado en sesión de fecha 11 de marzo de 2009, por el cual se acordó incorporar a la empresa Inmobiliaria Milenia S.A. - -INMISA al proceso de promoción de la inversión privada, bajo los mecanismos y procedimientos establecidos en el Decreto Legislativo Nº 674, sus normas complementarias, reglamentarias y conexas; Que, mediante la resolución a que se refi ere el considerando precedente, se ratifi có el acuerdo del Consejo Directivo de PROINVERSIÓN adoptado en sesión de fecha 11 de marzo de 2009, por el cual se aprobó la defi nición de la modalidad para llevar adelante el proceso de promoción de la inversión privada de la empresa Inmobiliaria Milenia S.A. - INMISA, siendo la prevista en el Literal a) del Artículo 2º del Decreto Legislativo Nº 674; encargándole a su vez la conducción del referido proceso al Comité de PROINVERSIÓN en Saneamiento y Proyectos del Estado; Que, de conformidad con lo establecido en el Numeral 3 del Artículo 4º del Decreto Legislativo Nº 674, el Consejo Directivo de PROINVERSIÓN, en su sesión de fecha 15 de abril de 2009, aprobó el Plan de Promoción de la Inversión Privada de la empresa Inmobiliaria Milenia S.A. - INMISA, sujeto a la ratifi cación de la resolución suprema del acuerdo adoptado en sesión de Consejo Directivo de fecha 11 de marzo de 2009; Que, acorde con lo dispuesto en el último párrafo del Artículo 4º del Decreto Legislativo Nº 674, el acuerdo a que se refi ere el considerando precedente debe ser ratifi cado por resolución suprema; De conformidad con lo dispuesto por el Artículo 4º del Decreto Legislativo Nº 674, modifi cado por la Ley Nº 28488, y la Ley Nº 28660 que determina la naturaleza jurídica de la Agencia de Promoción de la Inversión Privada - PROINVERSIÓN; Estando a lo acordado; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Ratifi car el acuerdo del Consejo Directivo de PROINVERSIÓN adoptado en su sesión de fecha 15 de abril de 2009, mediante el cual se acordó aprobar el Plan de Promoción de la Inversión Privada de la empresa Inmobiliaria Milenia S.A. - INMISA. Artículo 2º.- La presente resolución suprema será refrendada por el Ministro de Economía y Finanzas. Regístrese, comuníquese y publíquese. ALAN GARCÍA PÉREZ Presidente Constitucional de la República LUIS CARRANZA UGARTE Ministro de Economía y Finanzas 348362-2 Modifican artículos 2º, 5º y 11º del Reglamento Operativo del Fondo de Garantía Empresarial - FOGEM RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 240-2009-EF/15 Lima, 13 de mayo de 2009 CONSIDERANDO: Que, mediante el Decreto de Urgencia Nº 024-2009 se creó el Fondo de Garantía Empresarial – FOGEM cuyo objetivo es garantizar los créditos que las entidades del Sistema Financiero Nacional, otorguen a favor de la micro y pequeña empresa productiva, de servicios y comercio, así como de la mediana empresa que realiza actividades de producción y/o de servicios dentro de las cadenas de exportación no tradicional, así como garantizar de manera integral o complementaria a otros programas, pólizas de seguros de crédito a la exportación de pre y post embarque; Que, por Resolución Ministerial Nº 159-2009-EF/15, el Ministerio de Economía y Finanzas aprobó el Reglamento Operativo del FOGEM, por medio del cual se regulan la emisión, administración, pago y recuperación de las Garantías que otorga el FOGEM; Que, dentro del marco del Plan de Estímulo Económico (PEE) y medidas complementarias para sostener el crecimiento y el empleo en el Perú, así como promover e impulsar el desarrollo de las MYPES, es necesario modifi car el Reglamento Operativo del FOGEM; De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo, y el Decreto de Urgencia Nº 024-2009; SE RESUELVE: Artículo Único.- Modifíquese la defi nición de MYPE y mediana empresa contenida en el artículo 2º así como los artículos 5º y 11º del Reglamento Operativo del Fondo de Garantía Empresarial – FOGEM, aprobado por Resolución Ministerial Nº 159-2009-EF/15, los que tendrán el siguiente texto: “Artículo 2º.- Defi niciones (…) MYPE : Micro y Pequeña empresa de acuerdo con lo dispuesto en el Artículo 5° del TUO de la Ley MYPE, o de aquella norma que la sustituya, modifi que o complemente. Mediana empresa : Empresa que realiza actividades de producción y/o de servicios dentro de las diferentes etapas de las cadenas de exportación no tradicional de acuerdo a lo establecido en el presente Reglamento Operativo. (…)” “Artículo 5º.- Administración de los Recursos del FOGEM COFIDE, en su calidad de Fiduciario de los recursos del FOGEM, tendrá las siguientes funciones: a) Suscribir los Contratos de Garantía con las IFIS. b) Emitir los Certifi cados de Garantía del FOGEM a favor de las IFIS. c) Efectuar la cobranza de la Comisión de Garantía. d) Atender los Requerimientos de Pago de las IFIS, de acuerdo con el procedimiento establecido en el presente Reglamento Operativo. e) Mantener los recursos del FOGEM, en una cuenta denominada en dólares americanos y otra cuenta denominada en nuevos soles abiertas ambas a nombre de FOGEM en el Banco de la Nación. f) Las demás previstas en el Contrato de Fideicomiso.” “Artículo 11º.- Criterios de Elegibilidad de los Prestatarios 11.1 Podrán ser elegibles como Benefi ciarios del FOGEM los Prestatarios que: