Norma Legal Oficial del día 15 de mayo del año 2009 (15/05/2009)


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TEXTO DE LA PÁGINA 20

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NORMAS LEGALES
CONSIDERANDO:

El Peruano MORDAZA, viernes 15 de MORDAZA de 2009

VISTA, el Acta emitida por el Consejo Nacional Penitenciario, por la cual acordaron cambiar la denominacion del Establecimiento Penitenciario Tarapaca de Regimen Cerrado Ordinario. CONSIDERANDO: Que, mediante Resolucion Suprema Nº 101-2007JUS de fecha 19 de MORDAZA de 2007, se dispuso denominar a los Establecimientos Penitenciarios de la Republica en funcion a su ubicacion geografica; Que, mediante Resolucion Presidencial Nº 697-2008INPE/P de fecha 05 de diciembre de 2008, se dispuso autorizar la apertura y funcionamiento del Establecimiento Penitenciario Tarapaca de Regimen Cerrado Ordinario; Que, mediante Acta, el Consejo Nacional Penitenciario acordo cambiar la denominacion del Establecimiento Penitenciario Tarapaca de Regimen Cerrado Ordinario de acuerdo a su ubicacion geografica; Que, la Cuarta Disposicion Complementaria Final del Reglamento de Organizacion y Funciones del Instituto Nacional Penitenciario, aprobado mediante Decreto Supremo 009-2007-JUS, establece que "la apertura, clausura, cierre temporal y cambio de denominacion de los establecimientos penitenciarios se efectuara mediante Resolucion del Titular del Pliego, por acuerdo del Consejo Nacional Penitenciario"; Contandose con la visacion de la Secretaria General y de la Oficina de Asesoria Juridica, y; De conformidad con lo establecido en el Decreto Legislativo 654, Decreto Supremo Nº 015-2003-JUS, Resolucion Suprema Nº 101-2007-JUS, Decreto Supremo Nº 009-2007-JUS, y Resolucion Suprema Nº 064-2009JUS; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Cambiar la denominacion del Establecimiento Penitenciario Tarapaca, por el de Establecimiento Penitenciario de Chorrillos ­ Virgen de Fatima" de Regimen Cerrado Ordinario. Articulo 2º.- Dejar sin efecto toda mencion referida al Establecimiento Penitenciario Tarapaca de Regimen Cerrado Ordinario. Articulo 3º- Distribuir MORDAZA de la presente Resolucion a la Oficina Regional MORDAZA e instancias pertinentes para los fines de Ley. Registrese, publiquese y comuniquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA BALLEN Presidente Consejo Nacional Penitenciario 347406-1

Exoneran de MORDAZA de seleccion la adquisicion de raciones de alimentos preparados para el Establecimiento Penitenciario Chorrillos I
RESOLUCION PRESIDENCIAL INSTITUTO NACIONAL PENITENCIARIO N° 314-2009-INPE/P MORDAZA, 12 de MORDAZA de 2009 VISTO, el Oficio Nº 565-2009-INPE/18.04 de la Oficina Regional MORDAZA, recibido por la Oficina de Asesoria Juridica el 11 de MORDAZA de 2009, al que se adjunta el Informe Tecnico Nº 015-2009-INPE/18.04.EL de fecha 07 de MORDAZA de 2009, emitido por la Unidad de Administracion y el Jefe del Equipo de Logistica, Informe Legal Nº 0252009-INPE/18.03 de fecha 08 de MORDAZA de 2009, emitido por la Subdireccion de Asesoria Juridica, relacionado a la declaracion de situacion de desabastecimiento inminente del suministro de raciones de alimentos preparados para internas, ninos y personal de seguridad y salud del Establecimiento Penitenciario de Chorrillos I, e Informe Nº 138-2009-INPE/08-CVP de fecha 12 de MORDAZA de 2009 de la Oficina de Asesoria Juridica del Instituto Nacional Penitenciario.

Que, mediante Informe Tecnico Nº 015-2009-INPE/18.04. EL, e Informe Legal Nº 025-2009-INPE/18.03, de fechas 07 y 08 de MORDAZA de 2009, respectivamente, los funcionarios de la Oficina Regional MORDAZA indican que con fecha 20 de febrero de 2009, se suscribio el Contrato Nº 007-2009INPE/18 con la empresa MORDAZA MORDAZA EIRL, por el monto total de cuatrocientos cincuenta y cuatro mil cinco con 00/100 nuevos soles (S/. 454 005,00), para el suministro de alimentos preparados para el Establecimiento Penitenciario de Chorrillos I, por el periodo de ochenta y uno (81) dias calendario o hasta ejecutar la totalidad del monto contratado o hasta la firma del contrato del correspondiente MORDAZA de seleccion del ano fiscal 2009; Que, tambien senalan a traves de la Resolucion Directoral Nº 071-2009-INPE/18 de fecha 16 de enero de 2009, la Oficina Regional MORDAZA aprueba el Plan Anual de Contratacion correspondiente al Ejercicio Fiscal 2009, dentro del cual se encuentra aprobado el MORDAZA de seleccion de Licitacion Publica "SUMINISTRO DE RACIONES DE ALIMENTOS PREPARADOS PARA LOS E.P. TARAPACA, CHORRILLOS I, CHORRILLOS II, MORDAZA MORDAZA MORDAZA Y ANCON DE LA ORL DEL INPE"; habiendose convocado la Licitacion Publica Nº 004-2009-INPE/18, la cual se encuentra en la etapa de Integracion de Bases y cuyo MORDAZA de seleccion incluye en el Item II "Suministro de Raciones de Alimentos preparados para el E.P. Chorrillos I"; Que, mediante Informe Nº 012-2009-INPE/18.04-ELADQ-ALIM de fecha 17 de MORDAZA de 2009, el encargado de alimentos de la Oficina Regional MORDAZA, comunica que el Contrato Nº 007-2009-INPE/18, culminaria el 12 de MORDAZA de 2009, en tal sentido sugiere que se adopte las acciones necesarias para seguir suministrando alimentos preparados a la dependencia en mencion, toda vez que a partir del 13 de MORDAZA de 2009 se podria entrar en un desabastecimiento inminente; Que, mediante Oficio Nº 144-2009-INPE/18.02 de fecha 08 de MORDAZA de 2009, el Director de la Oficina de Planificacion de la Oficina Regional MORDAZA comunica sobre la existencia de disponibilidad presupuestal para realizar el correspondiente MORDAZA de seleccion; Que, teniendo en cuenta que el correspondiente MORDAZA de seleccion para el periodo fiscal 2009 aun no culmina y encontrandose proximo a vencer el Contrato Nº 007-2009INPE/18, la Oficina Regional MORDAZA senala que estos hechos constituyen acontecimientos imprevisibles y extraordinarios, por lo tanto, eventos inesperados para la entidad, por lo que resulta necesario declarar en situacion de desabastecimiento inminente el suministro de raciones de alimentos preparados para internas, ninos y personal de seguridad y salud del Establecimiento Penitenciario de Chorrillos I, conforme a lo senalado en el Cuadro Demostrativo Nº 02 del Informe Tecnico Nº 015-2009INPE/18.04-EL de fecha 07 de MORDAZA de 2009, emitido por la Unidad de Administracion y el Jefe del Equipo de Logistica, por el periodo de treinta y ocho (38) dias calendario y por un monto de doscientos veinticuatro mil quinientos cuarenta y dos con 00/100 nuevos soles (S/. 224 542,00), importe que servira para cubrir los gastos de alimentos preparados mientras se desarrolla el correspondiente MORDAZA de seleccion y se perfecciona el contrato respectivo, evitando asi el desabastecimiento de los servicios esenciales que presta el Instituto Nacional Penitenciario, teniendo en cuenta que el suministro de alimentos no puede ser suspendido porque su ausencia puede ocasionar grave deterioro en la salud de la poblacion penal, asi como actos de violencia, reclamos y protestas que comprometerian directa e inminentemente, tanto la seguridad de los internos como la del Establecimiento Penitenciario; Que, asimismo, mediante Informe Nº 138-2009INPE/08-CVP de fecha 12 de MORDAZA de 2009, la Oficina de Asesoria Juridica del INPE manifiesta que la situacion expuesta por la Oficina Regional MORDAZA constituye un hecho extraordinario e imprevisible que origina la ausencia de un servicio esencial que venia prestandose, lo que permite concluir que se ha configurado la situacion de desabastecimiento inminente, causal prevista en el literal c) del articulo 20º de la Ley de Contrataciones del Estado, aprobado por Decreto Legislativo Nº 1017; Que, el citado dispositivo legal exonera de los procesos de seleccion las contrataciones que se realicen ante una situacion de desabastecimiento debidamente

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