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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 15 DE MAYO DEL AÑO 2009 (15/05/2009)

CANTIDAD DE PAGINAS: 56

TEXTO PAGINA: 10

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, viernes 15 de mayo de 2009 395920 Artículo 3º.- La presente Resolución Ministerial, en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 67º del Reglamento de la Ley de Concesiones Eléctricas, será publicada en el Diario Ofi cial El Peruano por una sola vez y por cuenta del titular, dentro de los cinco (5) días calendario siguientes a su expedición, y entrará en vigencia a partir del día siguiente de su publicación. Regístrese, comuníquese y publíquese. PEDRO SÁNCHEZ GAMARRA Ministro de Energía y Minas 347425-1 Comunican sanciones administrativas de carácter temporal interpuestas a la empresa Ciencia y Tecnología para el Desarrollo Sostenible S.A.C. RESOLUCIÓN DIRECTORAL N° 099-2009-MEM/AAM Lima, 7 de mayo de 2009 Visto, la Resolución Directoral N° 076-2009-MEM/ AAM, sustentada en el Informe N° 346-2009-MEM-AAM/ FAC de fecha 01 de abril de 2009, la Dirección General de Asuntos Ambientales Mineros (DGAAM) resolvió INHABILITAR TEMPORALMENTE a la empresa CIENCIA Y TECNOLOGÍA PARA EL DESARROLLO SOSTENIBLE S.A.C. - CTDS S.A.C. en el Registro de Entidades autorizadas para realizar Estudios de Impacto Ambiental, para actividades mineras, del Ministerio de Energía y Minas; CONSIDERANDO: Que, conforme lo señala el artículo 9° de la Resolución Ministerial N° 580-98-EM/VMM, las faltas cometidas por las Entidades autorizadas a realizar Estudios de Impacto Ambiental, podrán motivar la inhabilitación temporal o cancelación defi nitiva de su autorización, la misma que deberá ser publicada en el Diario Ofi cial “El Peruano”; Que, con fecha 04 de mayo de 2009, precluyó el plazo señalado por Ley, para interponer el recurso administrativo que convenga pertinente el administrado, en contra de la Resolución Directoral N° 076-2009- MEM/AAM de fecha 01 de abril de 2009, que resolvió INHABILITAR TEMPORALMENTE a la empresa CIENCIA Y TECNOLOGÍA PARA EL DESARROLLO SOSTENIBLE S.A.C. por un período de cuatro (04) meses, en el Registro de Entidades autorizadas para realizar Estudios de Impacto Ambiental, por haber incurrido en la infracción administrativa tipifi cada en el literal b) artículo 10° de la Resolución Ministerial N° 580-98-EM/VMM; Que, en consecuencia el acto administrativo contenido en la Resolución Directoral antes citada, ha quedado fi rme, debido a que la empresa CIENCIA Y TECNOLOGÍA PARA EL DESARROLLO SOSTENIBLE S.A.C. no ha interpuesto dentro del plazo señalado por Ley, el recurso administrativo que contradiga el Acto Administrativo Sancionador, de conformidad con lo estipulado por el Decreto Supremo N° 014-92-EM – TUO de la Ley General de Minería y el artículo 212° de la Ley N° 27444 – Ley del Procedimiento Administrativo General; De conformidad con la Ley N° 27444 – Ley del Procedimiento Administrativo General, Decreto Supremo N° 014-92-EM – TUO de la Ley General de Minería y la Resolución Ministerial N° 580-98-EM/VMM y demás normas reglamentarias y complementarias; SE RESUELVE: Artículo 1°.- Publicar en el Diario Ofi cial “El Peruano”, la presente Resolución Directoral que comunica la sanción administrativa de carácter temporal interpuesta a la empresa CIENCIA Y TECNOLOGÍA PARA EL DESARROLLO SOSTENIBLE S.A.C., a través de la Resolución Directoral N° 076-2009-MEM/AAM de fecha 01 de abril de 2009, por haber incurrido en la infracción administrativa tipifi cada en el literal b) artículo 10° de la Resolución Ministerial N° 580-98-EM/VMM. Artículo 2°.- La sanción administrativa impuesta corresponde a la INHABILITACIÓN TEMPORAL, por un periodo de cuatro (04) meses, en el Registro de Entidades autorizadas para realizar Estudios de Impacto Ambiental, para las actividades mineras, del Ministerio de Energía y Minas, el mismo que será computado desde el día siguiente de su publicación en el Diario Ofi cial “El Peruano”. Artículo 3°.- Notifíquese la presente Resolución Directoral a la empresa CIENCIA Y TECNOLOGÍA PARA EL DESARROLLO SOSTENIBLE S.A.C. Regístrese, notifíquese y publíquese. CLARA GARCÍA HIDALGO Directora General (e) Asuntos Ambientales Mineros 347424-1 RESOLUCIÓN DIRECTORAL N° 100-2009-MEM/AAM Lima, 7 de mayo de 2009 Visto, la Resolución Directoral N° 075-2009-MEM/ AAM, sustentada en el Informe N° 345-2009-MEM-AAM/ AQM de fecha 01 de abril de 2009, la Dirección General de Asuntos Ambientales Mineros (DGAAM) resolvió INHABILITAR TEMPORALMENTE a la empresa CIENCIA Y TECNOLOGÍA PARA EL DESARROLLO SOSTENIBLE S.A.C. - CTDS S.A.C. en el Registro de Entidades autorizadas para realizar Estudios de Impacto Ambiental, para actividades mineras, del Ministerio de Energía y Minas; CONSIDERANDO: Que, conforme lo señala el artículo 9° de la Resolución Ministerial N° 580-98-EM/VMM, las faltas cometidas por las Entidades autorizadas a realizar Estudios de Impacto Ambiental, podrán motivar la inhabilitación temporal o cancelación defi nitiva de su autorización, la misma que deberá ser publicada en el Diario Ofi cial “El Peruano”; Que, con fecha 04 de mayo de 2009, precluyó el plazo señalado por Ley, para interponer el recurso administrativo que convenga pertinente el administrado, en contra de la Resolución Directoral N° 075-2009- MEM/AAM de fecha 01 de abril de 2009, que resolvió INHABILITAR TEMPORALMENTE a la empresa CIENCIA Y TECNOLOGÍA PARA EL DESARROLLO SOSTENIBLE S.A.C. por un período de tres (03) meses, en el Registro de Entidades autorizadas para realizar Estudios de Impacto Ambiental, por haber incurrido en la infracción administrativa tipifi cada en el literal b) artículo 10° de la Resolución Ministerial N° 580-98-EM/VMM; Que, en consecuencia el acto administrativo contenido en la Resolución Directoral antes citada, ha quedado fi rme, debido a que la empresa CIENCIA Y TECNOLOGÍA PARA EL DESARROLLO SOSTENIBLE S.A.C. no ha interpuesto dentro del plazo señalado por Ley, el recurso administrativo que contradiga el Acto Administrativo Sancionador, de conformidad con lo estipulado por el Decreto Supremo N° 014-92-EM – TUO de la Ley General de Minería y el artículo 212° de la Ley N° 27444 – Ley del Procedimiento Administrativo General; De conformidad con la Ley N° 27444 – Ley del Procedimiento Administrativo General, Decreto Supremo N° 014-92-EM – TUO de la Ley General de Minería y la Resolución Ministerial N° 580-98-EM/VMM y demás normas reglamentarias y complementarias; SE RESUELVE: Artículo 1°.- Publicar en el Diario Ofi cial “El Peruano”, la presente Resolución Directoral que comunica la sanción administrativa de carácter temporal interpuesta a la empresa CIENCIA Y TECNOLOGÍA PARA EL DESARROLLO SOSTENIBLE S.A.C., a través de la Resolución Directoral N° 075-2009-MEM/AAM de fecha 01 de abril de 2009, por haber incurrido en la infracción administrativa tipifi cada en el literal b) artículo 10° de la Resolución Ministerial N° 580-98-EM/VMM. Artículo 2°.- La sanción administrativa impuesta corresponde a la INHABILITACIÓN TEMPORAL, por