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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 15 DE MAYO DEL AÑO 2009 (15/05/2009)

CANTIDAD DE PAGINAS: 56

TEXTO PAGINA: 18

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, viernes 15 de mayo de 2009 395928 que afecte o impida a la Entidad cumplir con sus actividades u operaciones y cuya formalidad se encuentra establecida en el artículo 21º del citado Decreto Legislativo, el cual indica que las contrataciones deben realizarse de manera directa, previa aprobación mediante Resolución del Titular de la Entidad, en función a los informes técnico legal previos que obligatoriamente deberán emitirse. Asimismo, copia de la presente Resolución y los informes que los sustentan deben remitirse a la Contraloría General de la República y publicarse en el SEACE, dentro de los diez (10) días hábiles de su aprobación; Que, el artículo 22º del referido Decreto Legislativo establece que se considera desabastecimiento a aquella situación inminente, extraordinaria e imprevisible en la que la ausencia del bien, servicio u obra compromete en forma directa e inminente la continuidad de las funciones, servicios, actividades u operaciones que la Entidad tiene a su cargo. Dicha situación faculta a la Entidad a la contratación de los bienes, servicios u obras sólo por el tiempo o cantidad, según sea el caso, necesario para resolver la situación y llevar a cabo el proceso de selección que corresponda; Que, conforme lo dispone el artículo 129º del Reglamento de la Ley de Contrataciones del Estado, aprobado por Decreto Supremo Nº 184–2008-EF, se debe disponer el inicio de las medidas conducentes al deslinde de las responsabilidades administrativas, civiles y/o penales de los funcionarios o servidores públicos involucrados; Que, en el artículo 135º de la normal legal acotada, se encuentra señalado el procedimiento para las contrataciones exoneradas, debiendo la Ofi cina Regional Nor Oriente San Martín sujetarse estrictamente a la norma indicada; sin perjuicio de que se realice el proceso de selección correspondiente para las adquisiciones defi nitivas; Estando a lo solicitado por la Ofi cina Regional Nor Oriente San Martín, contándose con la visación de la Secretaría General y de la Ofi cina de Asesoría Jurídica; y, De conformidad con lo establecido en el Decreto Legislativo Nº 1017, Decreto Supremo Nº 184-2008- EF, Decreto Supremo Nº 009-2007-JUS y Resolución Suprema Nº 064-2009-JUS; SE RESUELVE: Artículo 1º.- DECLARAR, en situación de desabastecimiento inminente el “Servicio de mensajería para la Sede Regional y Establecimientos Penitenciarios de la Ofi cina Regional San Martín”, a partir del 01 de mayo de 2009, conforme a los fundamentos expuestos en la parte considerativa de la presente Resolución. Artículo 2º.- EXONERAR, a la Ofi cina Regional Nor Oriente San Martín del INPE del correspondiente proceso de selección para la contratación del servicio de mensajería a que se refi ere el artículo primero de la presente Resolución. Artículo 3º.- AUTORIZAR, a la Ofi cina Regional Nor Oriente San Martín del INPE para que a través del Comité Especial Permanente de Menor Cuantía realice la contratación del “Servicio de mensajería para la Sede Regional y Establecimientos Penitenciarios de la Ofi cina Regional San Martín”, de acuerdo al siguiente detalle: Nº DEPENDENCIAS PERIODO TOTAL S/. 1 SEDE REGIONAL Y ESTABLECIMIENTOS PENITENCIARIOS 50 DIAS 8 333,50 TOTAL 8 333,50 Dicha autorización es por el período de cincuenta (50) días calendario, con cargo a la Fuente de Financiamiento Recursos Ordinarios, debiéndose efectuar la contratación del servicio en forma directa mediante acciones inmediatas bajo responsabilidad, con estricta observancia a las disposiciones establecidas en el Decreto Legislativo Nº 1017, que aprueba la Ley de Contrataciones del Estado y el Decreto Supremo Nº 184-2008-EF, que aprueba el Reglamento de la Ley de Contrataciones del Estado, adoptando todas las providencias que permitan asegurar la transparencia del proceso. Artículo 4º.- DISPONER, que la Ofi cina General de Administración del INPE remita copia de la presente Resolución y los informes que lo sustentan a la Contraloría General de la República y se publiquen en el Sistema Electrónico de Contrataciones del Estado (SEACE), dentro de los diez (10) días hábiles de su aprobación. Artículo 5º.- REMITIR, copia al Órgano de Control Institucional del INPE para el inicio de las medidas conducentes al deslinde de las responsabilidades administrativas, civiles y/o penales de los funcionarios o servidores públicos involucrados. Artículo 6º.- DISTRIBUIR, copia de la presente Resolución a la Ofi cina Regional Nor Oriente San Martín del INPE e instancias pertinentes para los fi nes de Ley. Regístrese, comuníquese y publíquese. JORGE ALEJANDRO LEÓN BALLÉN Presidente Consejo Nacional Penitenciario 347981-1 Exoneran de proceso de selección la contratación de suministro de alimentos para el Establecimiento Penitenciario de Tarapoto y personal de seguridad de la sede de la Oficina Regional Nor Oriente San Martín RESOLUCIÓN PRESIDENCIAL INSTITUTO NACIONAL PENITENCIARIO Nº 294-2009-INPE/P Lima, 4 de mayo de 2009 VISTO, el Ofi cio Nº 233-2009-INPE/21 de la Ofi cina Regional Nor Oriente San Martín, recibido por la Ofi cina de Asesoría Jurídica el 04 de mayo de 2009, al que se adjunta el Informe Técnico Legal Nº 010-2009- INPE/21.04 de fecha 28 de abril de 2009, suscrito por el Subdirector de la Unidad de Administración y el Asesor Jurídico, por el cual solicitan que se declare en situación de desabastecimiento inminente la adquisición de alimentos preparados para internos, internas y niños del Establecimiento Penitenciario de Tarapoto y personal de seguridad de la Sede Regional, e Informe Nº 123-2009- INPE/08-CVP de fecha 04 de mayo de 2009, emitido por la Ofi cina de Asesoría Jurídica del Instituto Nacional Penitenciario. CONSIDERANDO: Que, mediante Informe Técnico Legal Nº 010-2009- INPE/21.04 de fecha 28 de abril de 2009, el Subdirector de la Unidad de Administración y el Asesor Jurídico señalan que con fecha 17 de enero de 2008 se suscribió el Contrato Nº 004-2008-INPE/19, para el “Suministro de alimentos preparados para internos y personal INPE que labora 24X48 horas del Establecimiento Penitenciario de Tarapoto y Sede Regional de la Ofi cina Regional Nor Oriente San Martín”, correspondiente al período fi scal 2008. Asimismo, indican que el 07 de diciembre de 2008 culminó dicho contrato por haberse ejecutado el monto adjudicado, por lo que se procedió a realizar una contratación complementaria; Que, asimismo refi eren que en el Plan Anual de Adquisiciones y Contrataciones de la Ofi cina Regional Oriente San Martín se contempló realizar la Licitación Pública Nº 001-2009-INPE/21 para el “Suministro de alimentos preparados para internos y personal INPE que labora 24X48 horas del Establecimiento Penitenciario de Tarapoto y Sede Regional de la Ofi cina Regional Nor Oriente San Martín”, correspondiente al período fi scal 2009, cuyas bases se aprobaron a través del Memorándum Nº 120-2009-INPE/21 de fecha 05 de marzo de 2009, realizándose la convocatoria el 06 de marzo de 2009. Sin embargo, dicho proceso fue observado por el Organismo Supervisor de Contrataciones del Estado – OSCE, por haberse publicado el Resumen Ejecutivo en forma inadecuada, por lo que a través de la Resolución Presidencial Nº 229-2009-INPE/P de fecha 06 de abril de 2009, se declaró de ofi cio la nulidad del referido proceso de selección; Que, de otro lado, señalan que a través de la Resolución Presidencial Nº 072-2009-INPE/P de fecha 06 de marzo de