Norma Legal Oficial del día 15 de mayo del año 2009 (15/05/2009)


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TEXTO DE LA PÁGINA 18

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NORMAS LEGALES

El Peruano MORDAZA, viernes 15 de MORDAZA de 2009

que afecte o impida a la Entidad cumplir con sus actividades u operaciones y cuya formalidad se encuentra establecida en el articulo 21º del citado Decreto Legislativo, el cual indica que las contrataciones deben realizarse de manera directa, previa aprobacion mediante Resolucion del Titular de la Entidad, en funcion a los informes tecnico legal previos que obligatoriamente deberan emitirse. Asimismo, MORDAZA de la presente Resolucion y los informes que los sustentan deben remitirse a la Contraloria General de la Republica y publicarse en el SEACE, dentro de los diez (10) dias habiles de su aprobacion; Que, el articulo 22º del referido Decreto Legislativo establece que se considera desabastecimiento a aquella situacion inminente, extraordinaria e imprevisible en la que la ausencia del bien, servicio u obra compromete en forma directa e inminente la continuidad de las funciones, servicios, actividades u operaciones que la Entidad tiene a su cargo. Dicha situacion faculta a la Entidad a la contratacion de los bienes, servicios u obras solo por el tiempo o cantidad, segun sea el caso, necesario para resolver la situacion y llevar a cabo el MORDAZA de seleccion que corresponda; Que, conforme lo dispone el articulo 129º del Reglamento de la Ley de Contrataciones del Estado, aprobado por Decreto Supremo Nº 184­2008-EF, se debe disponer el inicio de las medidas conducentes al deslinde de las responsabilidades administrativas, civiles y/o penales de los funcionarios o servidores publicos involucrados; Que, en el articulo 135º de la normal legal acotada, se encuentra senalado el procedimiento para las contrataciones exoneradas, debiendo la Oficina Regional Nor Oriente San MORDAZA sujetarse estrictamente a la MORDAZA indicada; sin perjuicio de que se realice el MORDAZA de seleccion correspondiente para las adquisiciones definitivas; Estando a lo solicitado por la Oficina Regional Nor Oriente San MORDAZA, contandose con la visacion de la Secretaria General y de la Oficina de Asesoria Juridica; y, De conformidad con lo establecido en el Decreto Legislativo Nº 1017, Decreto Supremo Nº 184-2008EF, Decreto Supremo Nº 009-2007-JUS y Resolucion Suprema Nº 064-2009-JUS; SE RESUELVE: Articulo 1º.- DECLARAR, en situacion de desabastecimiento inminente el "Servicio de mensajeria para la Sede Regional y Establecimientos Penitenciarios de la Oficina Regional San Martin", a partir del 01 de MORDAZA de 2009, conforme a los fundamentos expuestos en la parte considerativa de la presente Resolucion. Articulo 2º.- EXONERAR, a la Oficina Regional Nor Oriente San MORDAZA del INPE del correspondiente MORDAZA de seleccion para la contratacion del servicio de mensajeria a que se refiere el articulo primero de la presente Resolucion. Articulo 3º.- AUTORIZAR, a la Oficina Regional Nor Oriente San MORDAZA del INPE para que a traves del Comite Especial Permanente de Menor Cuantia realice la contratacion del "Servicio de mensajeria para la Sede Regional y Establecimientos Penitenciarios de la Oficina Regional San Martin", de acuerdo al siguiente detalle:
Nº 1 DEPENDENCIAS SEDE REGIONAL PENITENCIARIOS TOTAL Y ESTABLECIMIENTOS PERIODO TOTAL S/. 50 DIAS 8 333,50 8 333,50

General de la Republica y se publiquen en el Sistema Electronico de Contrataciones del Estado (SEACE), dentro de los diez (10) dias habiles de su aprobacion. Articulo 5º.- REMITIR, MORDAZA al Organo de Control Institucional del INPE para el inicio de las medidas conducentes al deslinde de las responsabilidades administrativas, civiles y/o penales de los funcionarios o servidores publicos involucrados. Articulo 6º.- DISTRIBUIR, MORDAZA de la presente Resolucion a la Oficina Regional Nor Oriente San MORDAZA del INPE e instancias pertinentes para los fines de Ley. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA BALLEN Presidente Consejo Nacional Penitenciario 347981-1

Exoneran de MORDAZA de seleccion la contratacion de suministro de alimentos para el Establecimiento Penitenciario de Tarapoto y personal de seguridad de la sede de la Oficina Regional Nor Oriente San MORDAZA
RESOLUCION PRESIDENCIAL INSTITUTO NACIONAL PENITENCIARIO Nº 294-2009-INPE/P MORDAZA, 4 de MORDAZA de 2009 VISTO, el Oficio Nº 233-2009-INPE/21 de la Oficina Regional Nor Oriente San MORDAZA, recibido por la Oficina de Asesoria Juridica el 04 de MORDAZA de 2009, al que se adjunta el Informe Tecnico Legal Nº 010-2009INPE/21.04 de fecha 28 de MORDAZA de 2009, suscrito por el Subdirector de la Unidad de Administracion y el Asesor Juridico, por el cual solicitan que se declare en situacion de desabastecimiento inminente la adquisicion de alimentos preparados para internos, internas y ninos del Establecimiento Penitenciario de Tarapoto y personal de seguridad de la Sede Regional, e Informe Nº 123-2009INPE/08-CVP de fecha 04 de MORDAZA de 2009, emitido por la Oficina de Asesoria Juridica del Instituto Nacional Penitenciario. CONSIDERANDO: Que, mediante Informe Tecnico Legal Nº 010-2009INPE/21.04 de fecha 28 de MORDAZA de 2009, el Subdirector de la Unidad de Administracion y el Asesor Juridico senalan que con fecha 17 de enero de 2008 se suscribio el Contrato Nº 004-2008-INPE/19, para el "Suministro de alimentos preparados para internos y personal INPE que labora 24X48 horas del Establecimiento Penitenciario de Tarapoto y Sede Regional de la Oficina Regional Nor Oriente San Martin", correspondiente al periodo fiscal 2008. Asimismo, indican que el 07 de diciembre de 2008 culmino dicho contrato por haberse ejecutado el monto adjudicado, por lo que se procedio a realizar una contratacion complementaria; Que, asimismo refieren que en el Plan Anual de Adquisiciones y Contrataciones de la Oficina Regional Oriente San MORDAZA se contemplo realizar la Licitacion Publica Nº 001-2009-INPE/21 para el "Suministro de alimentos preparados para internos y personal INPE que labora 24X48 horas del Establecimiento Penitenciario de Tarapoto y Sede Regional de la Oficina Regional Nor Oriente San Martin", correspondiente al periodo fiscal 2009, cuyas bases se aprobaron a traves del Memorandum Nº 120-2009-INPE/21 de fecha 05 de marzo de 2009, realizandose la convocatoria el 06 de marzo de 2009. Sin embargo, dicho MORDAZA fue observado por el Organismo Supervisor de Contrataciones del Estado ­ OSCE, por haberse publicado el Resumen Ejecutivo en forma inadecuada, por lo que a traves de la Resolucion Presidencial Nº 229-2009-INPE/P de fecha 06 de MORDAZA de 2009, se declaro de oficio la nulidad del referido MORDAZA de seleccion; Que, de otro lado, senalan que a traves de la Resolucion Presidencial Nº 072-2009-INPE/P de fecha 06 de marzo de

Dicha autorizacion es por el periodo de cincuenta (50) dias calendario, con cargo a la Fuente de Financiamiento Recursos Ordinarios, debiendose efectuar la contratacion del servicio en forma directa mediante acciones inmediatas bajo responsabilidad, con estricta observancia a las disposiciones establecidas en el Decreto Legislativo Nº 1017, que aprueba la Ley de Contrataciones del Estado y el Decreto Supremo Nº 184-2008-EF, que aprueba el Reglamento de la Ley de Contrataciones del Estado, adoptando todas las providencias que permitan asegurar la transparencia del proceso. Articulo 4º.- DISPONER, que la Oficina General de Administracion del INPE remita MORDAZA de la presente Resolucion y los informes que lo sustentan a la Contraloria

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