Norma Legal Oficial del día 16 de mayo del año 2009 (16/05/2009)


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TEXTO DE LA PÁGINA 54

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NORMAS LEGALES
TITULO II DE LA MESA DE LUCHA CONTRA LA CORRUPCION

El Peruano MORDAZA, sabado 16 de MORDAZA de 2009

Articulo 4º.- Mesa de Lucha Contra la Corrupcion Regional Constituyase la Mesa de Lucha Contra la Corrupcion en la Region MORDAZA (en adelante La Mesa), la misma que estara integrada por: - El Presidente del Consejo Regional; - Un Representante de la Oficina Regional de la Defensoria del Pueblo; - Un Representante del Colegio de Abogados de Arequipa; - Un Representante del Ministerio Publico; - Un Representante de las Universidades de la Region; - Un Representante de la Camara de Comercio e Industrias de Arequipa; - Un Representante de la Federacion Departamental de Trabajadores de Arequipa; - Un delegado local de la Pro-Etica - Un delegado local del Consejo de la Prensa Peruana. Articulo 5º.- Funciones Son funciones de la Mesa de Lucha Contra la Corrupcion las siguientes: a) Analizar los lineamientos y recomendaciones del Plan Nacional Anticorrupcion para, en base a ellas, elaborar propuestas de politicas y lineamientos regionales, asi como de dispositivos legales y medidas concretas para fomentar la etica publica y la lucha contra la corrupcion en la Region Arequipa. b) Generar espacios de concertacion entre representantes de organismos publicos, la sociedad civil y los actores politicos, para discutir temas relacionados con la etica publica y senalar estrategias de solucion. c) Recepcionar y evaluar los casos de quejas y denuncias que pudieran presentarse ante la Mesa cuando se advierta en ellos actos de corrupcion, asi como cuando por algun integrante de la Mesa MORDAZA conocimiento de dichos actos. d) Tomar decisiones sobre el inicio de procedimientos sancionadores y demas acciones necesarias para la lucha efectiva contra la corrupcion. e) Requerir informes orales y/o escritos sobre procedimientos disciplinarios y sancionadores que la Mesa considere relevantes. f) Ejercitar mecanismos de seguimiento de las decisiones asumidas. g) Promover los mecanismos necesarios para fomentar en la sociedad una cultura de valores. h) Fomentar y promover el uso de buenas practicas gubernamentales, bajo los principios axiologicos de transparencia, responsabilidad y probidad de la funcion publica. i) Recomendar el otorgamiento de incentivos para fomentar buenas practicas en los funcionarios y servidores publicos. j) Las demas necesarias para el cumplimiento de sus funciones. Articulo 6º.- Principios de actuacion La Mesa ejercera sus funciones en atencion a los principios de inmediacion, celeridad y eficacia. Podra guardar reserva temporal, por acuerdo mayoritario de sus miembros, sobre la informacion que forme parte de sus indagaciones, si su divulgacion pudiera afectarlas o lesionar derechos fundamentales, en concordancia con lo dispuesto por la Ley de Transparencia y Acceso a la Informacion Publica. Articulo 7º.- De los recursos de la Mesa El Gobierno Regional proporcionara los recursos necesarios para el funcionamiento de La Mesa. Articulo 8º.- Obligacion de implementar recomendaciones Las decisiones de La Mesa, que adopte por mayoria simple de los miembros, obligatoriamente deben ser implementadas por el Gobierno Regional.

Articulo 9º.- De la Secretaria Tecnica La Mesa contara con un Secretario Tecnico, cargo que sera desempenado por un funcionario o servidor quien asumira tales labores en adicion a sus funciones organicas, el mismo que sera propuesto por la Mesa y designado por el Presidente Regional. a) Implementar los acuerdos de La Mesa; b) Llevar el Libro de Actas de La Mesa; c) Realizar las labores de secretaria y relatoria en la sesiones de La Mesa; d) Centralizar la informacion cursada a La Mesa por sus miembros y otros organismos, asi como de su custodia; e) Organizar, coordinar y prestar apoyo administrativo a La Mesa; f) Otros que le encargue La Mesa o el Presidente de La Mesa Articulo 10º.- Deber de proporcionar informacion. Todos los servidores del Gobierno Regional tienen obligacion de proporcionar, salvo las excepciones de ley, en el termino de 5 dias habiles, toda la informacion que requiera La Mesa para el ejercicio de sus funciones. La omision de esta obligacion sera considerada como falta disciplinaria grave. DISPOSICIONES COMPLEMENTARIAS FINALES PRIMERA.- Instalacion y eleccion del Presidente de La Mesa Al dia siguiente de que entre en vigencia la presente, el Presidente Regional se dirigira a las instituciones que son miembros de La Mesa para que acrediten a sus respectivos representantes, hecho esto, el Presidente Regional los convocara para la instalacion de La Mesa en acto publico. El dia de su instalacion, los miembros de La Mesa elegiran entre ellos a su Presidente quien convocara las siguientes sesiones. SEGUNDA.- Aprobacion del Reglamento Interno La Mesa aprobara su Reglamento Interno por acuerdo de la mayoria simple de sus miembros. TERCERA.- Vigencia Normativa La presente Ordenanza Regional entrara en vigencia a partir del dia siguiente de su publicacion en el Diario Oficial El Peruano. Comuniquese al senor Presidente del Gobierno Regional de MORDAZA para su promulgacion. JEISTER MORDAZA MORDAZA MORDAZA Presidente del Consejo Regional de MORDAZA En MORDAZA, a los veintiocho dias del mes de MORDAZA del dos mil nueve. POR TANTO: Mando se publique y cumpla. Dada en la Sede Central del Gobierno Regional de MORDAZA, a los ocho dias del mes de MORDAZA del dos mil nueve. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA Presidente del Gobierno Regional MORDAZA 347926-1

Dictan disposiciones para la lucha contra la corrupcion en la Region MORDAZA
ORDENANZA REGIONAL Nº 080-AREQUIPA El Consejo Regional de Arequipa;

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